Glovo ha podido respirar con algo más de calma tras una buena noticia de los tribunales, algo cada vez menos común para la empresa. La plataforma de delivery de alimentos ha conseguido una victoria en Italia, donde el juez de instrucción del Tribunal de Milán, Roberto Crepaldi, rechazó la solicitud del fiscal Paolo Storari de que se contratara a los repartidores tras el juicio que puso a la empresa en territorio italiano bajo el control del poder judicial.
El juez ha considerado que no se puede tomar una decisión general como la que se tomó en España, donde sí hay una «Ley Rider», y que el Tribunal Laboral de la ciudad italiana debe revisar cada uno de los casos para definir la situación laboral del repartidor, siempre que este haga una solicitud. Es un paso importante para la empresa española en el país vecino, que sienta un precedente positivo para situaciones similares en el futuro.
Lo cierto es que esta decisión permite a la empresa ahorrarse una situación tan caótica como la de España. Aunque todavía siguen afinando puntos clave, desde los convenios hasta la situación sindical de los riders, la empresa asume el proceso de contratación en todo el país, incluyendo el coste del cambio de modelo de negocio que conlleva, las sanciones previas y la deuda con la Seguridad Social. De hecho, su matriz actual, Delivery Hero, puso en duda que pudiesen seguir funcionando sin una inyección de capital, y su fundador y consejero delegado, Óscar Pierre, sigue bajo investigación por parte de los tribunales.
«Esta decisión forma parte de un proceso en el que Glovo ya ha adoptado medidas importantes para fortalecer las condiciones económicas y la protección de sus repartidores. Al mismo tiempo, continúan las conversaciones entre los interlocutores sociales para la renovación del convenio colectivo del sector en sus respectivos órganos», anunció la empresa. «Seguiremos, como hasta ahora, cooperando plenamente con el administrador judicial y todas las autoridades competentes, continuando el trabajo iniciado en los últimos meses con el objetivo de completar las medidas previstas en materia de remuneración, seguridad y cumplimiento», sentencia la compañía en declaraciones recogidas por Il Fatto Quotidiano.

Es cierto que la empresa ya se encontraba tomando medidas en territorio italiano. Había elevado el salario mínimo por entrega de los riders hasta los 3 euros, y el salario bruto mínimo por hora a los 14 euros. Aun así, el fiscal escribió en un dictamen del 18 de agosto que Foodinho-Glovo opera en una «situación ilegal en materia salarial», pues, a pesar de este aumento, a estos repartidores aún no se les paga por el 30% de su trabajo. A esto se suma que los contratos no cumplen con la tipología contractual italiana, pues los repartidores en bicicleta se consideran trabajadores subordinados.
Glovo defiende su posición sobre los riders y asegura que son autónomos
Sin embargo, la empresa defiende, como lo hizo durante años en España, que sus repartidores no pueden ser empleados, pues no operan como tales, solo que esta vez los jueces le han dado la razón. «Una ‘clasificación generalizada’ de todos los repartidores como trabajadores subordinados, ‘independientemente de la frecuencia’ de su trabajo y de si tienen uno o más clientes, tendría un ‘impacto económico y organizativo’ no solo en la empresa de reparto de comida, sino también en los propios trabajadores, que se verían obligados a trabajar de forma mucho más rígida (en cuanto a horarios y número de clientes) de lo que lo hacen actualmente», argumenta el juez instructor.
Para él, la «cuestión central» que debe abordar la medida de revisión judicial «concierne exclusivamente a la cuestión de otorgar a los repartidores un salario que cumpla con el mínimo garantizado por la Constitución, lo cual es totalmente distinto de la cuestión de si el contrato de trabajo es subordinado o no, lo que afecta a otras variables de la relación laboral (duración del trabajo, horas extra, vacaciones, permisos, etc.)».

Lo cierto es que la resolución que rechaza la posición del fiscal respecto al empleo por cuenta ajena aclara que muchos repartidores tienen dos clientes, es decir, trabajan para las dos grandes empresas de reparto del mercado (Deliveroo también está bajo control judicial) y no todos, además, lo hacen como su trabajo principal. Por lo tanto, el foro apropiado para verificar el cumplimiento contractual es un tribunal laboral en caso de un posible litigio.
¿Un buen antecedente para Glovo y Uber Eats en Europa?
La realidad es que la empresa puede celebrar cualquier victoria que llegue en los tribunales. Su mercado principal, España, sigue en crisis tras la obligación de aplicar la «Ley Rider» y contratar a los repartidores, por lo que un cambio de tendencia continental sería una buena noticia. Además, tienen que replantear su futuro, pues la venta de Delivery Hero los deja fuera, por lo que ya no podrán depender del respaldo de la empresa alemana en caso de sanciones.
Sin embargo, no todos los países tienen las mismas leyes que España y, dado que la Directiva europea sobre el trabajo en plataformas digitales no tiene el alcance esperado por Yolanda Díaz, es posible que la empresa pueda conseguir más sentencias a favor en otros territorios europeos.




