La CNMC ha impuesto una multa de 209.250 euros a Telefónica Audiovisual Digital, filial de Telefónica propietaria de Movistar Plus, por el incumplimiento continuado de sus obligaciones de accesibilidad en el canal de pago M+ LaLiga TV. La sanción, confirmada por la Sala de Supervisión Regulatoria el 20 de julio de 2026, cierra un expediente que evidencia la ausencia sistemática de subtitulado, audiodescripción y lengua de signos durante 18 meses.
La sanción: importe final y descuento por pago anticipado
La resolución redujo un 40% el importe inicial de la multa. El regulador había fijado una propuesta de 348.750 euros, que quedó rebajada a 209.250 euros después de que la filial de Telefónica admitiera su responsabilidad administrativa y efectuara el pago de forma anticipada. La rebaja se articula a través del artículo 85 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común: un 20% por el reconocimiento explícito de la falta y otro 20% adicional por pronto pago.
El abono se formalizó el 14 de julio de 2026, una vez emitido el documento de pago el 26 de junio. El pago anticipado conllevó la terminación del procedimiento en vía administrativa y la renuncia obligatoria de la empresa a presentar recursos en esa misma vía. La calificación de la infracción es la de grave y continuada, conforme al artículo 158.12 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
Cero horas de audiodescripción y de lengua de signos durante 18 meses

El periodo analizado abarca desde el 1 de enero de 2024 hasta el 29 de junio de 2025. La CNMC considera probado que el canal emitió cero horas de programas audiodescritos y cero horas de programas interpretados en lengua de signos en los 18 meses analizados. Una ausencia total que el regulador califica como omisión sistemática de los mínimos legales para garantizar el acceso a los contenidos audiovisuales.
Respecto al subtitulado, la presencia fue igualmente nula en todo el periodo, con una única excepción: en enero de 2025 se registraron 68 horas subtituladas, lo que representó solo un 9,46% del total emitido ese mes. El detalle no es menor, porque la normativa exige mucho más.
La LGCA, en su artículo 103.1, obliga a los prestadores de televisión lineal de acceso condicional a reservar un mínimo del 30% de la programación al subtitulado desde el inicio del servicio, garantizar al menos cinco horas semanales de audiodescripción y aplicar la incorporación gradual de la lengua de signos. Las obligaciones eran plenamente exigibles desde el 9 de julio de 2023.
Cero horas de audiodescripción y una única ventana de subtitulado del 9,46% en dieciocho meses: el incumplimiento es estructural, no técnico.
La investigación se remonta al 16 de noviembre de 2023, cuando la CNMC recibió un informe del Gabinete de Estudios de la Comunicación Audiovisual (GECA) que analizó 168 horas de emisión entre el 6 y el 12 de noviembre de 2023 y ya detectó una ausencia total de herramientas de accesibilidad. Ese hallazgo dio origen a sucesivos requerimientos de información a TAD y a la incoación del expediente sancionador el 15 de octubre de 2025.
| Requisito legal | Exigencia LGCA | Real en M+ LaLiga TV |
|---|---|---|
| Subtitulado | Mínimo 30% de la programación | 0% (excepto 9,46% en enero 2025) |
| Audiodescripción | 5 horas semanales | 0 horas en 18 meses |
| Lengua de signos | Incorporación gradual | 0 horas en 18 meses |
Las alegaciones de Telefónica y la respuesta de la CNMC
En sus alegaciones presentadas el 17 de noviembre de 2025, Telefónica sostuvo que había comunicado periódicamente los datos de accesibilidad al regulador sin recibir objeciones ni advertencias previas, lo que a su juicio generó la confianza legítima de actuar conforme a derecho. Argumentó también que la naturaleza de los partidos de fútbol en directo permite el seguimiento de la emisión mediante la la locución de los comentaristas o la imagen en sí.
La compañía destacó además que ofrece altos porcentajes de accesibilidad en sus catálogos bajo demanda, con niveles del 76,1% en subtitulado y 11,7% en audiodescripción, y apuntó a la inmadurez técnica del mercado de herramientas para subtitular retransmisiones deportivas en directo. Telefónica indicó haber iniciado pruebas técnicas en octubre de 2025 para desplegar la funcionalidad en diciembre de ese mismo año.
La CNMC desestimó la totalidad de las alegaciones y recordó que la accesibilidad busca la autonomía del usuario con discapacidad sin depender de recursos externos. Además, subrayó que la parrilla del canal incluye redifusiones, programas de debate y resúmenes grabados a los que se podía aplicar el subtitulado sin los condicionantes del tiempo real.
Calendario administrativo y posible recurso ante la Audiencia Nacional
El expediente arrancó con diligencias previas en 2024, pero el hito relevante llegó el 15 de octubre de 2025 con la incoación formal del sancionador. Tras las alegaciones, la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual notificó la propuesta de resolución el 2 de junio de 2026, con una multa de 348.750 euros. El 22 de junio de 2026, TAD formalizó la aceptación voluntaria de su responsabilidad y solicitó acogerse a los beneficios del artículo 85.
El pago efectivo de 209.250 euros se acreditó el 14 de julio, y la resolución de la Sala de Supervisión Regulatoria llegó el 20 de julio. Pese a la renuncia a la vía administrativa, la resolución abre la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses desde la notificación. Ni Telefónica ni Movistar Plus han confirmado públicamente si ejercerán esa opción.
El precedente regulatorio para el audiovisual deportivo español
La sanción abre la puerta a una revisión del cumplimiento de accesibilidad en todo el ecosistema de canales deportivos de pago. La LGCA impacta por igual a operadores que compiten con Movistar Plus en la emisión de fútbol en directo, como Orange o DAZN, y este expediente confirma que la CNMC no aceptará la inmadurez técnica como justificación para eludir los mínimos legales.
El precedente construye una doctrina clara: el regulador exige que las herramientas de accesibilidad se incorporen desde el inicio del servicio, y que los directos deportivos no constituyen una excepción. La multa de 209.250 euros es modesta en términos absolutos, pero el coste reputacional y la obligación de corregir las deficiencias en la emisión pueden resultar más relevantes para la estrategia de producto de Movistar Plus.
📊 Las Claves para el Inversor
- Qué vigilar: Si Telefónica presenta recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional dentro de los dos meses desde la notificación.
- Reacción del valor: La sanción es marginal para la cotización de Telefónica, pero la obligación de inversión en accesibilidad puede sumar presión al negocio de televisión de pago.
- Precedente sectorial: La CNMC envía una señal a Orange y DAZN: la accesibilidad en los canales deportivos de pago no es diferible por razones técnicas.




