Un juez de Nueva York acaba de añadir varios millones de dólares a la factura que David Nahmad, uno de los marchantes de arte más poderosos del mundo, tendrá que afrontar por la restitución de un Modigliani expoliado por los nazis. La decisión, dictada el pasado martes por el juez Joel M. Cohen, reconoce el derecho de los herederos de Oscar Stettiner a percibir intereses previos a la sentencia por el tiempo que han estado privados de la obra Hombre sentado con bastón. Una indemnización que se suma a la orden de devolución del cuadro —emitida en junio— y que podría multiplicar el coste final del litigio.
El fallo no modifica la titularidad de la pintura, ya establecida a favor del patrimonio de Stettiner, el marchante judío que la dejó atrás al huir de París en 1940. Lo que hace es cuantificar el peaje financiero de la retención. La cifra exacta se determinará en una vista probatoria fijada para septiembre de 2026, donde el tribunal evaluará el valor de la obra en el momento en que se presentó la demanda, en 2014. Los herederos sostienen que rondaba los 20 millones de dólares; la defensa de Nahmad lo sitúa en apenas 6,5 millones. Esa horquilla de 13,5 millones define el rango posible de los intereses acumulados durante más de una década.
Intereses que la ley impone, no la discreción judicial
El juez Cohen no ocultó su incomodidad con la decisión. En su escrito, señala que no hay prueba de que Nahmad supiera del origen ilícito del cuadro al adquirirlo en una subasta de 1996, y que los herederos recuperarán una obra cuyo valor de mercado probablemente supera con creces el de 2014. “Si la ley me diera la opción, bien podría reducir o incluso eliminar la condena de intereses”, escribió. Pero la legislación de Nueva York y los precedentes vinculantes, añadió, no le dejan margen.
Este automatismo es relevante: la condena a intereses no penaliza la mala fe, sino la privación del disfrute del activo. Equivale a un coste de oportunidad retroactivo que crece con las apelaciones. Y el caso no ha terminado: un tribunal de apelación concedió una suspensión cautelar que permite a la familia retener la custodia mientras se resuelve el recurso.
El abogado de los Nahmad, Luke Nikas, ya ha anunciado que el fallo plantea “serias cuestiones de apelación”. Su argumento es que el tribunal impuso responsabilidad sin juicio pleno y sin considerar pruebas que, a su juicio, demostrarían que el Hombre sentado con bastón no es el mismo cuadro que perteneció a Stettiner. Pero mientras el recurso se sustancia, el reloj de los intereses sigue corriendo.
La restitución de una obra de arte ya no es solo una cuestión de propiedad: es un pasivo financiero con intereses compuestos que ningún coleccionista puede ignorar.
Un aviso para el mercado: la procedencia como variable de coste
El episodio Nahmad tiene implicaciones que van más allá del caso concreto. Los inversores en arte —family offices, coleccionistas privados o fondos especializados— evalúan la rentabilidad esperada en función de la apreciación estética y la demanda. Pero la sentencia introduce una variable adicional de riesgo: la procedencia incompleta puede generar un pasivo contingente décadas después de la compra, aunque esta se realizara en una sala de subastas de primer nivel y de buena fe.
Ese riesgo no solo afecta a la devolución. Los intereses previos a la sentencia pueden erosionar por completo la plusvalía acumulada. Si prospera la valoración de 20 millones, la indemnización podría superar los 10 millones de dólares. Para Nahmad, la compra de 1996 —cuyo precio no se ha revelado— se convertiría en una pérdida neta significativa, a pesar de décadas de revalorización del mercado.
El precedente puede enfriar el apetito por obras de artistas como Modigliani, cuyo catálogo está salpicado de historiales de expolio. Las casas de subastas refuerzan la investigación de procedencia, pero el fallo sugiere que ni siquiera una verificación razonable blinda al comprador frente a reclamaciones futuras. La carga de la prueba se desplaza hacia el poseedor actual.
Lo que la sentencia enseña sobre la diligencia debida en el arte
He seguido el mercado del arte como clase de activo durante años y pocas veces un fallo judicial ilustra con tanta claridad el peligro de ignorar la procedencia. La mayoría asume que el riesgo de restitución es remoto, pero el caso Nahmad demuestra que una compra en subasta en 1996 no es inmune. La cadena de propiedad del Hombre sentado con bastón saltó de Stettiner a un marchante colaboracionista y, de ahí, a colecciones posteriores; la sentencia valida que ese salto no purga el vicio de origen.
Como asesor de patrimonio, la lección es clara: cualquier obra del periodo 1933-1945 con vacíos en su historial debe tratarse como activo de alto riesgo. No basta con los certificados de las casas de subastas; la due diligence exige hoy investigación independiente de archivos y consultas a bases de arte expoliado. Unos pocos miles de euros en diligencia son insignificantes frente a una reclamación multimillonaria décadas después.
La vista de septiembre fijará la cuantía exacta de los intereses y dará un mensaje al mercado: el precio del riesgo de procedencia tendrá por fin una cifra concreta.
💎 Veredicto Wealth
La restitución con intereses convierte al arte con procedencia dudosa en un activo de alto riesgo para la preservación de capital. Los inversores conservadores deben excluir obras sin un historial documentado impecable anterior a 1945 o asumir que el horizonte de inversión incluye litigios prolongados que pueden erosionar la rentabilidad.




