DGT: adelantar sin cumplir las nuevas normas desde octubre 2026 te costará 200 euros y 4 puntos

El Real Decreto 518/2026 convierte en obligación diversas recomendaciones al adelantar a ciclistas, rebasar vehículos detenidos o circular en nieve. La velocidad deberá reducirse 20 km/h y la separación lateral mínima será de 1,5 metros.

Desde octubre de 2026, la DGT sancionará con 200 euros y cuatro puntos por no respetar las nuevas normas de adelantamiento.

Qué cambia y a quién afecta

El Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE el 25 de junio, modifica el Reglamento General de Circulación para convertir en obligatorias prácticas que hasta ahora eran meras recomendaciones. La norma busca reforzar la seguridad vial en situaciones donde ciclistas, vehículos averiados, retenciones o nieve generan un mayor riesgo.

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En primer lugar, al adelantar a un ciclista en vía interurbana será obligatorio reducir la velocidad en al menos 20 km/h con respecto al límite de la vía. Si la carretera está limitada a 90 km/h, deberás circular a un máximo de 70 km/h durante la maniobra y mantener una distancia lateral de 1,5 metros. Cuando la calzada tenga dos carriles por sentido, tendrás que ocupar por completo el carril adyacente.

En ciudad se refuerza la protección: los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril y los vehículos que vayan detrás deberán guardar una distancia mínima de cinco metros.

Estas exigencias se aplican también al rebasar vehículos inmovilizados por avería, accidente o asistencia. En estos casos habrá que dejar el mismo margen de 1,5 metros y reducir la velocidad 20 km/h, siempre que se pueda completar la maniobra con seguridad.

Con nieve en autopistas y autovías, no estará permitido cambiar de carril; los conductores deberán mantenerse en el carril derecho para dejar libres los demás, facilitando el paso de las máquinas quitanieves y los servicios de emergencia.

En atascos, cuando el tráfico esté detenido o avance muy lento, los vehículos tendrán que desplazarse hacia los extremos de la calzada para formar un pasillo central reservado a ambulancias, bomberos y policía. Las motocicletas podrán circular por el arcén derecho en los tramos habilitados, a un máximo de 30 km/h y cediendo la prioridad a bicicletas y vehículos agrícolas.

La DGT convierte en obligación lo que antes era una recomendación: reducir 20 km/h al adelantar a un ciclista y dejar 1,5 metros de distancia. No cumplirlo supone 200 euros y cuatro puntos.

Cuándo entra en vigor y qué excepciones contempla la norma

La fecha clave es el 1 de octubre de 2026, momento en que las nuevas obligaciones serán exigibles. El texto legal contempla algunas excepciones y plazos adicionales.

Las motocicletas solo podrán usar el arcén durante retenciones en los tramos expresamente señalizados por la autoridad de tráfico, y siempre que circulen en fila y respeten el límite de 30 km/h. Los ayuntamientos podrán permitir, además, que las bicicletas circulen en ambos sentidos por calles de un único carril limitadas a 30 km/h, aunque esta medida no será automática y requerirá señalización específica.

Asimismo, el real decreto retrasa hasta el 1 de octubre de 2027 la entrada en vigor de las disposiciones relativas a los vehículos de movilidad personal (VMP) y al equipamiento de los motoristas, que se abordarán en otra fase.

Cómo evitar la multa: claves para cumplir con la nueva normativa

Cumplir con las reglas es sencillo si interiorizas cuatro gestos al volante:

  • Al adelantar a un ciclista o a un vehículo detenido, reduce la velocidad al menos 20 km/h y deja 1,5 metros de separación.
  • En ciudad, mantén cinco metros de distancia con la bicicleta que te precede.
  • Con nieve, no cambies de carril y quédate en el derecho.
  • En retenciones, oríllate para crear el pasillo central de emergencia.

Estas pautas no solo evitan la multa, sino que reducen notablemente el riesgo de accidente. La DGT ha anunciado que desplegará controles específicos en los primeros meses para comprobar que los conductores aplican la norma.

¿Son proporcionales las sanciones? Un análisis desde la seguridad vial

La medida endurece de forma significativa la protección de los usuarios más vulnerables, y eso es positivo. Las cifras de siniestralidad con ciclistas implicados siguen siendo altas: en 2025, según datos de la DGT, fallecieron 41 ciclistas en vías interurbanas, la mayoría por alcances o adelantamientos indebidos. Convertir la recomendación en obligación con una sanción económica y puntos refuerza la concienciación del conductor.

Sin embargo, surgen dudas. La reducción de 20 km/h puede provocar frenazos bruscos si el conductor no calcula bien la distancia. Además, en vías de alta densidad, la maniobra de ocupar el carril contiguo podría generar conflictos con el tráfico. La DGT deberá acompañar la norma con campañas pedagógicas claras para que no se convierta en una trampa recaudatoria.

En el ámbito urbano, la distancia de cinco metros con el ciclista parece razonable, pero en calles congestionadas puede resultar una invitación a que otros conductores se cuelen por el hueco, aumentando el riesgo. La clave estará en la vigilancia y en que los ayuntamientos adapten la señalización.

En definitiva, la nueva regulación eleva el estándar de seguridad, pero los conductores deberán acostumbrarse rápido. La multa y los puntos son contundentes, y no habrá periodo de gracia más allá del verano.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: No reducir la velocidad en 20 km/h al adelantar a ciclistas o vehículos detenidos; no mantener la distancia lateral de 1,5 metros; cambiar de carril con nieve; no formar pasillo de emergencia en retenciones.
  • Sanción económica: 200 euros.
  • Puntos del carnet: Hasta 4 puntos.
  • Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026.

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