Hacienda actualiza la lista de paraísos fiscales 2026: Gibraltar, Barbados y Samoa salen

Gibraltar, Barbados y Samoa abandonan la lista de jurisdicciones que Hacienda considera no cooperativas, con efectos prácticos para los autónomos que operan en estos territorios. La salida alivia sus obligaciones informativas de cara a próximas declaraciones. Por el contrario, Ru

santander autonomos

Gibraltar, Barbados y Samoa abandonan desde ayer la lista de jurisdicciones no cooperativas de Hacienda. Junto a Dominica, Seychelles y Trinidad y Tobago, salen del catálogo de territorios que hasta ahora estaban sujetos a requisitos fiscales reforzados. Para los autónomos y pequeñas empresas que operan con estos países, el cambio alivia las obligaciones de información y puede ahorrarles algún quebradero de cabeza en sus próximas declaraciones.

Qué países salen y cuáles entran en la lista

La Agencia Tributaria ha revisado la relación de jurisdicciones no cooperativas que se aplica desde el 28 de junio. Salen seis territorios: Gibraltar, Barbados Dominica, Samoa, Seychelles y Trinidad y Tobago. En el caso de Gibraltar y Samoa, la exclusión se circunscribe al régimen fiscal perjudicial (el llamado offshore business), según la nota de la AEAT. En la práctica, eso significa que ya no se les aplica el etiquetado de paraíso fiscal a efectos de impuestos como el IRPF, el IVA o las obligaciones informativas.

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Al mismo tiempo, Hacienda mete en la lista a Rusia, por su régimen de sociedades holding internacionales. Pero ojo: su entrada en vigor no es inmediata. Se aplicará dentro de seis meses, exactamente el 28 de diciembre de 2026. Para quienes tengan operaciones con empresas rusas, hay un margen para revisar contratos y adaptar las declaraciones.

Consecuencias prácticas para autónomos y pymes

Para la mayoría de autónomos, el principal impacto está en el modelo 720, la declaración sobre bienes y derechos en el extranjero. Hasta ahora, si tenías cuentas, inmuebles o participaciones en alguno de los países que salen de la lista, la obligación de declarar se activaba con umbrales más bajos. Al dejar de ser jurisdicciones no cooperativas, muchos contribuyentes pueden quedar eximidos de presentar ese modelo siempre que no posean otros bienes en países que sigan en la lista.

También se simplifica la declaración de operaciones vinculadas (modelo 232) y las relaciones comerciales con proveedores o clientes de estos territorios. Ya no será necesario identificar esas transacciones como efectuadas con un paraíso fiscal. Para negocios con cierta actividad transfronteriza —por ejemplo, un autónomo que vende servicios a una empresa de Gibraltar— el papeleo se reduce.

La salida es automática: desde el 28 de junio, tus operaciones con Gibraltar ya no se consideran con un paraíso fiscal.

Eso sí, hay que evitar dos errores típicos. El primero, seguir marcando esas operaciones como si el país siguiera en la lista negra; se puede incurrir en declaraciones incorrectas que despierten una comprobación. El segundo, ignorar por completo la actualización y mantener registros internos desfasados, lo que a la larga puede provocar discrepancias entre facturas emitidas y lo declarado.

Una decisión con antecedentes: el debate sobre Gibraltar

Gibraltar llevaba años en la diana por su fiscalidad ventajosa y la opacidad de algunas de sus sociedades. La decisión de Hacienda no es un movimiento aislado. Desde 2021, tras acuerdos de intercambio de información con el Reino Unido y la propia colonia, se había empezado a negociar su salida. La exclusión de la lista refleja que la Agencia Tributaria considera ahora que el intercambio de datos es suficiente, algo que las empresas que trabajan con Gibraltar agradecerán.

El caso de Rusia es distinto. Su inclusión se debe al régimen de international holding companies, un esquema que, según Hacienda, facilita la planificación fiscal agresiva. El plazo de seis meses hasta la entrada en vigor permite a las empresas con intereses en ese país preparar la documentación necesaria. Quien tenga previsto facturar a o desde Rusia debería aprovechar estos meses para analizar su situación con un asesor.

A efectos prácticos, el autónomo medio que solo opera en España notará poco este baile de nombres. Pero si tienes algún cliente, proveedor o inversión en los países afectados, conviene que revises cuanto antes cómo los tenías catalogados y actualices tus plantillas de facturación y los registros contables. El ahorro en tiempo y en riesgo de sanción bien merece una tarde de revisión.

Guía rápida del cambio

  • 📅 Plazos: La exclusión ya está en vigor desde el 28 de junio de 2026. La inclusión de Rusia entra en vigor el 28 de diciembre de 2026.
  • Requisitos clave: Autónomos con operaciones, cuentas o inmuebles en Gibraltar, Barbados, Dominica, Samoa, Seychelles o Trinidad y Tobago deben dejar de tratarlos como jurisdicciones no cooperativas. Revisar el modelo 720 y las facturas con terceros en esas jurisdicciones es el primer paso.
  • 🌐 Dónde informarse: La nota oficial en la sede electrónica de la AEAT detalla el cambio. Para una consulta concreta, lo prudente es acudir a un asesor fiscal.
  • 💰 Coste: Ninguno. El principal impacto es el ahorro de obligaciones informativas. Si la exclusión reduce las declaraciones a presentar, puede suponer un ahorro significativo en costes de gestoría.
  • ⚠️ Error a evitar: No actualizar los sistemas de facturación ni los registros internos. Seguir emitiendo facturas con la calificación de paraíso fiscal para un territorio que ya no lo es puede generar inconsistencias y comprobaciones.

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