
La campaña del Impuesto de Sociedades para el ejercicio 2025 arranca el 1 de julio y la gran novedad para autónomos con sociedad y pymes es la subida de la deducción por destinar beneficios a reservas. Hacienda eleva del 15% al 20% la minoración fiscal por aumentar los fondos propios, según la orden ministerial que aprueba el modelo 200 de este año. La deducción ya era el principal incentivo para no sacar el dinero de la empresa y ahora lo es todavía más.
¿En qué se traduce esto? Si tu empresa decide no repartir dividendos y aumentar sus fondos propios, podrás deducirte el 20% de la cantidad reservada. Eso sí, con dos topes claros: la deducción no puede superar el 20% de la base imponible del impuesto y, si facturas menos de un millón de euros (micropyme), el límite sube al 25%. A efectos prácticos, si una pyme reserva 50.000 euros de sus beneficios, se ahorra 10.000 euros en la cuota de Sociedades ese año.
Para aplicar el incentivo hay un requisito clave: la empresa debe mantener esas reservas durante tres años. Si en ese periodo las reduce, Hacienda regularizará la deducción con los intereses de demora correspondientes. Aquí es donde muchos se despistan: la reserva no puede tocarse ni para repartir dividendos ni para compensar pérdidas, salvo causa justificada.
El atractivo fiscal no termina ahí. Si además de reforzar los fondos propios amplías plantilla, la deducción crece. Un aumento de trabajadores de entre un 2% y un 5% eleva la deducción al 23%; entre el 5% y el 10%, al 26,5%; y por encima del 10%, alcanza el 30%. Todo ello, siempre que la mayor plantilla se mantenga otros tres años. Un aliciente perfecto para empresas que están creciendo y necesitan músculo financiero sin endeudarse.
Este incentivo premia no repartir beneficios y reinvertir en la propia empresa, y el ahorro fiscal puede superar los 5.000 euros anuales para una pyme media.
La mecánica es sencilla de resumir: reservas beneficios → te aplicas hasta el 20% de ese importe (o más, si contratas) → mantienes las reservas y el empleo tres años. El modelo 200 se presenta íntegramente por vía telemática, con certificado electrónico o Cl@ve, en la sede electrónica de la AEAT.
¿Y si ya lo tenías previsto en 2025? La deducción aplica para los beneficios de ese ejercicio, aunque la campaña se presente ahora. Si tu sociedad cerró con ganancias y decidiste reservar, el ahorro es de este año fiscal. Si estás a punto de formular las cuentas, aún puedes decidir la política de reservas.
Cómo se aplica la deducción en la práctica
El aumento de fondos propios se calcula comparando el patrimonio neto al cierre del ejercicio con el del ejercicio anterior. La cantidad que excede, siempre que provenga de beneficios no distribuidos, es la base de la deducción. Un apunte técnico: las aportaciones de los socios no computan a estos efectos; solo cuenta la reserva voluntaria generada por beneficios retenidos.
El ejemplo típico: una SL cierra 2025 con un beneficio de 60.000 euros. La junta decide reservar 40.000 y repartir 20.000 como dividendos. La base de la deducción es 40.000 euros y el ahorro fiscal sube a 8.000 euros (20%). Si además la plantilla creció un 5%, la deducción asciende al 26,5%, es decir, 10.600 euros de ahorro.
El incentivo se complementa con la rebaja gradual de tipos para pymes y micropymes, pero esa es otra historia. Aquí lo que cuenta es que la deducción por fondos propios se consolida como la más rentable para las pymes, según el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF‑CGE).
Por qué es el incentivo estrella para las pymes en 2026
La subida del 15% al 20% marca un salto importante. En los anteriores ejercicios, el tipo ya se había incrementado ligeramente, pero ahora se equipara al umbral que muchos asesores consideraban óptimo. La medida busca incentivar la autofinanciación y reducir la dependencia del crédito bancario, sobre todo en un contexto de tipos al alza. Para una pyme que factura entre uno y diez millones, la deducción por elevar fondos propios puede suponer una rebaja en cuota equivalente a dos o tres meses de cuotas de autónomo.
La clave de su atractivo es que no exige una inversión concreta en activos, sino una decisión financiera: guardar beneficios. Cualquier pyme que no necesite repartir todo el dividendo puede aprovecharla. Y si al mismo tiempo puede ampliar plantilla, el retorno fiscal aún es mayor. El aviso del REAF es rotundo: «Es el incentivo fiscal más importante que pueden aplicar las pymes en la actualidad».
El contexto no es menor: con la inflación persistente y unos costes operativos altos, retener beneficios y reducir la factura fiscal puede ser la estrategia que marque la diferencia entre crecer o estancarse. Además, el modelo 200 de este año recoge por primera vez el nuevo tipo reducido para las micropymes en sus dos tramos, pero esa bajada se materializa en cuota, no como deducción en base, lo que hace aún más interesante la deducción por fondos propios.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: Presentación del modelo 200 para el ejercicio 2025 del 1 al 25 de julio de 2026 (cierre del año natural).
- ✅ Requisitos clave: Empresa que destine beneficios a reservas, sin repartirlos como dividendos; mantener esas reservas y, en su caso, la plantilla ampliada durante tres años; no superar el 20% (25% micropymes) de la base imponible.
- 🌐 Dónde solicitarlo: Sede electrónica de la AEAT con certificado digital o Cl@ve. La presentación es exclusivamente telemática. Más información en la página del Impuesto sobre Sociedades y en la guía del modelo 200.
- 💰 Importe o coste: Deducción del 20% del aumento de fondos propios, que puede llegar al 30% si se contrata personal (con topes). El ahorro depende de la base reservada y de la base imponible, pero para una pyme media puede superar los 10.000 euros anuales.
- ⚠️ Error a evitar: No reducir las reservas voluntarias en los tres años siguientes; si se reparte dividendo o se compensan pérdidas, Hacienda regularizará la deducción con intereses.




