sábado, 14 diciembre 2024

La subida del SMI a 1.134 euros al mes se aprueba este martes

El Consejo de Ministros aprobará este martes la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2024 en un 5%, desde los 1.080 euros mensuales por catorce pagas hasta los 1.134 euros. Esta subida se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.

Así lo anunció el pasado sábado el propio presidente de Gobierno, Pedro Sánchez, quien enfatizó que esta subida del 5%, que supone 54 euros más al mes, es una nueva prueba de que España «va en la buena dirección con más empleo, más derechos y más convivencia que nunca».

Este incremento del SMI responde al acuerdo que alcanzaron a mediados de enero el Ministerio de Trabajo y CCOO y UGT, sin el concurso de las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme, que decidieron no apoyarlo porque no atendieron sus demandas de indexar el SMI a los contratos públicos y de establecer bonificaciones para el sector del campo.

Según Trabajo, esta subida del SMI beneficiará a más de 2,5 millones de personas, el equivalente a uno de cada siete asalariados, de los que un tercio serán mujeres y jóvenes.

De hecho, el aumento de 2024, que no ha sido respaldado por CEOE y Cepyme, beneficiará a más de 2,5 millones de personas, de las que un tercio son mujeres y jóvenes. De hecho, el perfil tipo del perceptor de esta renta mínima es mujer, joven, con contrato temporal y que trabaja en sectores como el comercio, la hostelería o en los sectores agroalimentarios.

«Nadie que trabaje a jornada completa en España puede cobrar menos de 1.134 euros mensuales en 14 pagas, lo que equivale a un salario medio anual de 15.876 euros», apuntó la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, cuando firmó con CCOO y UGT el acuerdo de subida del SMI, el pasado 17 de enero.

Desde que se inició la senda ascendente del SMI, esta renta mínima se ha revalorizado más de un 50%, lo que ha contribuido a reducir la pobreza salarial en un 25%, de acuerdo con los datos del Ministerio que dirige Yolanda Díaz.

A principios del año pasado, el Gobierno acordó, sólo con los sindicatos, una subida del SMI del 8% para 2023. Su compromiso para esta legislatura es fijar, por ley, que esta renta mínima siempre debe ser equivalente al 60% del salario medio.

La CEOE tampoco se sumó a las subidas del SMI de 2022 y 2021 acordadas por el Gobierno de Pedro Sánchez con CCOO y UGT, pero sí pactó con ellos el incremento de 2020, cuando aumentó desde los 900 a los 950 euros mensuales.

HACIENDA ELEVARÁ EL MÍNIMO EXENTO EN EL IRPF POR LA SUBIDA DEL SMI

Como consecuencia de la subida del SMI para 2024, el Gobierno incrementará al mismo tiempo el mínimo exento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en 2024 desde los 15.000 euros hasta los 15.876 euros.

De este modo, el salario mínimo interprofesional no quedaría sujeto a retención dado que el mínimo exento se situará en la misma cuantía anual que el SMI. Así, se evita que los contribuyentes afectados soporten retención o ingreso a cuenta.

Igualmente, con la finalidad de evitar el correspondiente «error de salto», la medida se extenderá a contribuyentes con rendimiento netos del trabajo de hasta 19.747,5 euros anuales, los cuales verán reducidas sus retenciones o ingresos a cuenta.

Así, los salarios próximos a dicho salario mínimo interprofesional también se ven afectados por la mejora en la reducción a practicar a tal efecto, ya que en caso contrario se produciría «un claro error de salto» y tendrían que pagar retenciones mucho más elevadas.

Según los cálculos de Hacienda, este aumento del mínimo exento y la rebaja de retención de salarios cercanos al mismo tendrá un impacto recaudatorio en términos de caja de 1.385 millones de euros, aunque dada la naturaleza del IRPF como tributo parcialmente cedido a las administraciones territoriales, se distribuiría entre estas y la Administración General del Estado.

Esta normativa sobre el cambio en las retenciones en el IRPF que implicará el aumento del mínimo exento se aprobará también este martes en el Consejo de Ministros. Posteriormente se modificará la normativa del IRPF.

La modificación del reglamento del IRPF eleva los ingresos sin retención al SMI, pero en función de si el contribuyente está casado o tiene hijos, el mínimo exento de retención se incrementa. Por ejemplo, para un contribuyente casado, y no separado legalmente, cuyo cónyuge obtenga rentas superiores a 1.500 euros, excluidas las exentas, con un hijo el mínimo exento será de 16.342 euros y con dos o más hijos, de 16.867 euros.

El mínimo exento para un contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente con un hijo será de 17.644 euros y con dos hijos o más, de 18.694 euros.

En el caso de un contribuyente sin hijos cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas, el mínimo será de 17.197 euros. Si tiene un hijo, el mínimo sería de 18.130 euros y si tiene dos hijos o más será de 19.262 euros.

De acuerdo con los cálculos de Hacienda, se estima que esta modificación en el Reglamento del Impuesto sobre las Personas Físicas podría beneficiar a algo más de 5,2 millones de contribuyentes.


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