Ocultar la matrícula y otras multas de la DGT que no tienen pronto pago

Por norma general, las multas de la DGT tienen una cuantía que puede verse reducida gracias al pronto pago. Eso consiste en no recurrir y pagar en un corto espacio de tiempo (generalmente de 20 días), con un gran descuento que suele ser del 50%. Gracias a esta medida, se evitan recursos y el conductor consigue un gran descuento en la sanción.

Eso sí, algunas sanciones son tan graves que no tienen pronto pago, es decir, que pagarás lo mismo si lo haces en pocos días o si lo haces al límite del plazo. Vamos a ver todas las sanciones que no tienen pronto pago, además de la cuantía que tendrías que abonar si te pillasen cometiendo la infracción en cuestión.

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Circulación con la ITV negativa

DGT

La inspección técnica de vehículos o ITV es un mecanismo de la DGT para asegurarse de que el coche está en perfecto estado. Esta inspección, que suele ser cada 2 años o cada año dependiendo de la antigüedad del coche, puede ser favorable, desfavorable o negativa. Si circulas con ella desfavorable, la multa es de 300 euros con pronto pago, pudiendo circular la marcha si hace menos de dos meses e inmovilizando el vehículo después de esos dos meses.

En el caso de que esté caducada, tendrás una sanción de 200 euros con pronto pago y continuarías la marcha, salvo si hay deficiencias graves evidentes. Cundo la DGT anula el pronto pago es cuando se circula con la ITV negativa, es decir, con deficiencias graves evidentes.

En este caso, son 500 euros de sanción sin pronto pago, junto con la inmovilización inmediata del vehículo. Tendrás que llevarlo al taller con una grúa que corra de tu bolsillo, repararlo, llevarlo otra vez a la ITV con la grúa y tener una inspección favorable para poder circular.

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