La CNMV elimina las ‘trampas’ contables en la fotovoltaica

Nueva advertencia de la CNMV a la fotovoltaica. La Comisión Nacional del Mercado de Valores pone orden en la contabilidad de estas empresas y unifica un mismo criterio para todas. El regulador presidido por Rodrigo Buenaventura pone orden en las cuentas para evitar que unas empresas puedan computar activo el exceso de ingresos que deberán devolver al mercado retributivo. Algunas grandes compañías, como Acciona Energía e Iberdrola, consideraban que no estaban obligadas a ello y esquivaban seguir los principios de prudencia contable.

Para ello, ha establecido el criterio más prudente a la hora de consignar este exceso de ingresos sobre la rentabilidad fijada de las plantas fotovoltaicas y eólicas enganchadas al sistema retributivo.

Las energéticas deberán señalar si han procedido a abandonar el régimen retributivo o tienen intención de hacerlo en el corto plazo

El organismo regulador ha dado a conocer sus nuevos criterios contables para evitar inflar los balances con ingresos que no se corresponden como tales. La CNMV ha advertido las diferencias en los criterios contables que llevan a cabo las eléctricas y por esta razón trata de eliminarla por completo. Una ‘trampa‘ contable y que esquiva el obligado principio de prudencia en todo libro contable que se precie.

DISTINTOS CRITERIOS PARA IMPUTAR LOS EXCEDENTES DE INGRESOS COMO PASIVO

En particular, los distintos criterios se centran en el valor de ajuste por desviaciones en el precio del mercado. Este concepto recoge las desviaciones producidas en cada ejercicio entre los ingresos por venta de energía al precio estimado. Esta estimación se determina al inicio de cada semiperíodo regulatorio trianual, y los ingresos por venta al precio medio real de mercado en dicho ejercicio.

Rodrigo Buenaventura, presidente de la CNMV
Rodrigo Buenaventura, presidente de la CNMV

Para regularizar estas desviaciones a través de la compensación en el sistema eléctrico, las eléctricas deberán a partir de ahora elaborar los ajustes positivos o negativos en el valor neto ajustado (VAN).

Este valor determina la base para calcular la compensación que fija la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en los siguientes semiperiodos «en la medida que los precios de mercado estimados no permitiesen obtener la rentabilidad garantizada para cada instalación de generación eléctrica».

UN CAMBIO DE CRITERIO DEBIDO A LOS CAMBIOS EN EL SECTOR ELÉCTRICO

De esta forma, las eléctricas con estas instalaciones deberán recoger en sus balances las desviaciones positivas y negativas sobre la rentabilidad pactada, fijada en el 7,398% hasta 2030. Así, una rentabilidad menor computa como ingreso debido a la compensación que otorga la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Por contra, un aumento obliga a ubicar el exceso en el «debe» dentro del balance de situación. Es decir, contabilizarla como una deuda.

Hasta ahora no había problemas en la contabilidad, pero la situación en el mercado eléctrico ha cambiado por completo. Las ventas al mercado en la situación actual superan con creces la rentabilidad fijada. Y es en este punto donde la CNMV ha puesto el foco. Las empresas en su mayoría realizaban la corrección del exceso de ingresos, aumentando el pasivo. Sin embargo, otras evitaban hacerlo, como son los casos de Iberdrola y Acciona Energía.

LAS ELÉCTRICAS DEBERÁN AVISAR DE LAS DESCONEXIONES ANTES DE TIEMPO

El nuevo cambio de criterio estipula, además, que las eléctricas deberán divulgar al mercado si una instalación de generación de energía puede ser susceptible de abandonar el sistema regulatorio antes del cierre del semiperiodo. «Deberán indicar expresamente este hecho y el impacto que tendrá en los estados financieros», ha aclarado el regulador.

La CNMV comenzó a tomar cartas en este asunto el pasado mes de julio. Buenaventura reunió a las ‘big four’ y a las eléctricas para asentar y unificar los criterios. El regulador exige que impere el principio de prudencia en los balances y que se compensen ese exceso de ingresos. Acciona Energía indicó este hecho como uno de sus «riesgos» en su folleto de salida a Bolsa, aprobado por el regulador días antes de estos encuentros.

«No estamos obligados ni nos comprometemos a divulgar públicamente ninguna revisión o actualización de estas declaraciones prospectivas para reflejar eventos, circunstancias o imprevistos que ocurran después de la fecha de este folleto«, afirmó la compañía y apuntó que no estaba obligada a devolver al sistema los ingresos extras obtenidos. No obstante, admitía que la norma contable estaba sujeta a una revisión. Por tanto, nada le exigía aplicar la prudencia debida. En el mismo sentido operaba de forma contable Iberdrola, bestia negra del Gobierno en esta nueva regulación.

ACCIONA ENERGÍA LO ADVIRTIÓ EN SU OPV, PERO NO SIGUIÓ EL CRITERIO

«Se debería anotar que activemos las desviaciones positivas producidas a pesar de que en los años anteriores se habían acumulado desviaciones negativas por montos superiores», indicó Acciona Energía en su folleto. De esta forma, la empresa controlada por la familia Entrecanales computó los ingresos extras con otras desviaciones producidas en años anteriores, sin ejecutar un pasivo en el balance.

«Con carácter general, deben reconocerse en el balance de situación cada una de las desviaciones del mercado, positivas y negativas«, ha anunciado la CNMV. Las firmas deberán aplicar de forma estricta las definiciones de activos y pasivos para cumplir con el nuevo criterio.

Por otro lado, la CNMV ha indicado que las energéticas deberán «detallar la metodología utilizada para estimar los precios de mercado a lo largo del plazo remanente de vida útil regulatoria, la fuente de tales estimaciones, si han utilizado el informe de un experto, y si consideran que las
estimaciones están en línea con el consenso de mercado». En caso contrario, deberán justificar sus discrepancias respecto al consenso del mercado.

Además, «deberán señalar si han procedido a abandonar el régimen retributivo o tienen intención de hacerlo en el corto plazo«. Una muestra de dar total transparencia sobre sus próximos pasos y una información que tendrán en cuenta el resto de eléctricas a la hora de realizar sus planes e inversiones en España, si es que procede.

SIN CONSECUENCIAS ECONÓMICAS SIGNIFICATIVAS

Pero no todo son advertencias veladas para las eléctricas que no aplican estos principios de prudencia. En este sentido, ha destacado que obtener rentabilidades superior al 7,398% «no tendría consecuencias económicas significativamente más adversas» respecto a mantenerse en el régimen retributivo.

Estas empresas, por otra parte, deberán contabilizar como «cero» el activo si los importes acumulados por desviaciones negativas generadas en un semiperiodo y en todos los semiperiodos anteriores son superiores a los importes acumulados por desviaciones positivas generadas en dicho semiperiodo y en todos los semiperiodos anteriores.

En sentido opuesto, deberán reducir el valor neto ajustado hasta un nivel igual al acumulado neto de las desviaciones negativas y positivas que se ha generado desde que se enganchó al sistema regulatorio y hasta la fecha de cierre.

De esta forma, la CNMV evita que unas energéticas puedan jugar con ventajas al contabilizar los excedentes de ingresos. Este veredicto no tiene una clara incidencia en las cuentas, pero sí que puede afectar a aquellas que no han seguido unos criterios de prudencia.

Álvaro J. Medina
Álvaro J. Medina
Madrileño en Barcelona. Apasionado de la actualidad política, la Economía y empresas. He pasado por el grupo Intereconomía y Vozpópuli. Ahora, en MERCA2.es, INVERSIÓN.es y MONCLOA.com para seguir informando. "Si no lo puedes explicar, es que no lo sabes". Si tienes algo que contarme: alvaro.medina@merca2.es