Mascarilla obligatoria: ¿Cuándo puedo quitármela sin que me multen?

Seguimos a vueltas con las mascarillas, que cobran cada vez más protagonismo y relevancia en nuestro día a día. ¿Quién nos iba a decir cuándo estábamos comiéndonos las uvas que pasaríamos todo el 2020 con la cara tapada? En las primeras semanas de la pandemia, cuando comenzó el Estado de Alarma eran opcionales, recomendadas pero no obligatorias, ni siquiera para ir a hacer la compra al supermercado. A partir de mayo se convirtieron en un elemento obligatorio en espacios comunes en los que no se pudiese garantizar la distancia de seguridad, siempre como complemento a las demás normas de prevención de contagio, como aforos, higiene, etc.

Esta semana aún se ha dado una vuelta de tuerca más al tema y las mascarillas ya son completamente obligatorias en nueve comunidades autónomas y con posibilidades de que se sume alguna más. De momento las comunidades afectadas son Extremadura, Cataluña, Baleares, Murcia, Andalucía, Aragón, Asturias, La Rioja y Navarra.

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TRABAJO Y COCHE

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En el entorno laboral también es obligatorio el uso de mascarilla, pero se contemplan dos excepciones. La primera se refiere a los casos en los que la persona disponga de un despacho propio, individual y con puerta cerrada. La segunda hacer referencia a los puestos de trabajo que se realicen en el exterior y requieran un importante esfuerzo físico. En cuanto al transporte privado, la norma no cambia, y solamente se podrá viajar sin mascarilla si los usuarios que comparten coche son convenientes.  

Noemi A.
Noemi A.
Soy una apasionada de internet, las nuevas tecnologías y las redes sociales, adicta a la información y a aprender y descubrir algo nuevo cada día.