DGT avisa: multas de 200 euros a motoristas por la nueva reforma del Reglamento de Circulación

La reforma del Reglamento General de Circulación, en vigor desde el 1 de octubre, obliga a llevar guantes en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier vía. La Guardia Civil ya sanciona a los motoristas que incumplen.

Las multas a motoristas de la DGT ya se aplican: 200 euros por circular sin el equipamiento obligatorio. La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil ha lanzado un aviso expreso al colectivo.

‘Si te mueves en moto esto te interesa’. Así arranca el vídeo que los agentes han difundido en sus redes sociales para recordar que la reforma del Reglamento General de Circulación está en vigor y que los controles ya sancionan a quien no la cumple.

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El texto persigue un objetivo declarado: incrementar la seguridad de los usuarios vulnerables de la vía y adaptar la norma a veinte años de cambios en la movilidad. El foco ya no está en la carretera y el vehículo, sino en las personas y en cómo se desplazan.

Qué cambia en la moto: del casco certificado al guante obligatorio

El primer bloque afecta al cuerpo del motorista. Desde el 1 de octubre es obligatorio el uso de guantes de protección en vías interurbanas y de calzado cerrado en cualquier tipo de vía, también en ciudad. No es una recomendación de manual: forma parte del equipamiento exigible y su ausencia se castiga con sanción económica.

El casco cambia de estatus. Hasta ahora bastaba con que estuviera certificado; con el nuevo texto tiene que estar homologado. La Guardia Civil lo resume con una frase que no deja margen: es el elemento que más marca la diferencia cuando realmente importa.

Llevar casco no basta si no está homologado: la sanción llega igual y la protección real es la que falla.

El chaleco reflectante deja de ser un accesorio de maletero. Hay que ponérselo cuando el conductor baja de la moto y ocupa la calzada o el arcén de una vía interurbana, una situación que en una avería nocturna es la norma y no la excepción.

Para quienes trabajan sobre dos ruedas el listón sube. Los repartidores que usan bicicleta, VMP, ciclomotor o motocicleta deben llevar casco y chaleco reflectante en todo momento, no solo cuando se bajan del vehículo. El incumplimiento entra en el mismo saco de multas de 200 euros, una cifra que puede variar según la infracción concreta.

Cuándo entra en vigor y qué excepciones recoge el Reglamento

La reforma está vigente desde el 1 de octubre de 2026. No hay periodo de gracia ni prórroga: los agentes de la Agrupación de Tráfico ya controlan el equipamiento en los dispositivos habituales de vigilancia. El texto consolidado puede consultarse en el Boletín Oficial del Estado.

La letra pequeña importa, y mucho. Los guantes solo se exigen en vías interurbanas, no en ciudad. El calzado cerrado, en cambio, se aplica en cualquier vía. Y el chaleco solo entra en juego cuando el motorista ocupa la calzada o el arcén fuera de poblado.

  • Guantes de protección: obligatorios en vías interurbanas.
  • Calzado cerrado: obligatorio en todo tipo de vías, urbana incluida.
  • Casco homologado: ya no vale solo la certificación.
  • Chaleco reflectante: al bajar de la moto en calzada o arcén interurbano.
  • Repartidores: casco y chaleco permanentes sobre bici, VMP, ciclomotor o moto.

Hay además un cambio que pocos motoristas han interiorizado. El Reglamento abre la puerta a circular por el arcén derecho cuando hay congestión, pero con dos condiciones acumulativas: que exista señalización previa del tramo y que no se superen los 30 km/h. Sin señal, el arcén sigue prohibido.

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Cómo evitar la multa de 200 euros

La revisión se hace en dos minutos y evita un disgusto caro. Antes de salir, comprueba que el casco lleva la homologación visible, que los guantes están en el bolsillo o en la guantera y que llevas calzado cerrado aunque el trayecto sea de tres calles.

Sin excusas de temporada.

El chaleco debe ir accesible, no enterrado bajo el asiento. Si te quedas tirado en una interurbana, te lo pones antes de bajarte. Y si el reparto es tu oficio, el casco y el chaleco no se quitan ni en la puerta del cliente. La DGT publica las claves del nuevo texto en su página oficial.

La cuantía base son 200 euros, aunque el importe final depende del tipo de infracción. Las autoridades insisten en que la prevención sigue saliendo más barata que la sanción y en que conocer las obligaciones del reglamento protege también al resto de usuarios de la vía.

Análisis: una reforma razonable con deberes pendientes

La obligación de guantes y calzado cerrado tiene lógica técnica. En una caída a 50 km/h las manos y los pies son lo primero que toca el asfalto, y unas manos sin protección convierten un raspón en una baja de semanas. El problema no es la norma, es la pedagogía: buena parte del colectivo sigue creyendo que esta reforma solo afecta a los ciclistas.

El punto discutible es el casco homologado. Muchos motoristas circulan con cascos comprados fuera de la Unión Europea, con etiquetas que que parecen oficiales y no lo son. La norma exige la homologación, pero no explica cómo verificarla en el momento de la compra, y ahí la sanción puede pillar a un conductor de buena fe.

Hay un tercer frente, el del arcén. La autorización para circular a menos de 30 km/h en atascos solo opera con señalización previa, y esa señal no está en todas las vías donde hay congestión real. Confundir un permiso puntual con una norma general sale caro. Para hoy, la medida rentable es simple: revisar el equipamiento antes de arrancar y no fiarlo todo al casco.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: Circular sin el equipamiento obligatorio para motoristas tras la reforma del Reglamento General de Circulación: guantes en interurbana, calzado cerrado, casco homologado y chaleco reflectante al bajarse.
  • Sanción económica: 200 euros, con importe variable según la infracción.
  • Puntos del carnet: No aplica.
  • Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026, ya vigente.

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