El TSJ de Madrid ha avalado el primer ERE por inteligencia artificial que resuelve un tribunal superior. La sentencia 864/2026, de 8 de octubre, llega después de que un estudio de videojuegos despidiera a 13 de sus 83 trabajadores. El fallo, eso sí, no dice que la IA sirva para despedir sin más. Dice algo más estrecho y, a la vez, más aprovechable para las empresas: la automatización encaja como causa cuando va atada a un cambio de modelo productivo y a números rojos acreditados.
El contexto económico pesa tanto como la tecnología. La compañía pasó de ganar 646.297 euros en 2023 a perder 3.546.027 euros en 2024. Su cifra de negocio se hundió de 7,99 a 4,60 millones de euros. En octubre de 2024 comunicó su insolvencia a un juzgado de Madrid y activó un expediente que afectó a 13 de sus 83 empleados.
Qué resolvió el TSJ de Madrid sobre el ERE por inteligencia artificial
La Sala de lo Social resolvió el recurso de una guionista que consideraba nulo su despido dentro de ese ERE. El juzgado de instancia ya lo había declarado improcedente y ella reclamaba la nulidad y una indemnización por daños morales. En su carta de despido no había una sola mención a la inteligencia artificial. Ese detalle, aparentemente menor, ordena toda la sentencia.
La segunda pieza del caso es una modeladora de gráficos 3D del mismo estudio, sujeta al mismo expediente. Su carta sí citaba la IA. Y aquí llega el matiz que conviene retener: el juzgado de instancia declaró procedente ese despido, nadie lo recurrió y el TSJ no llegó a examinarlo. La resolución del tribunal superior no valida, por tanto, un despido por IA en sentido estricto. Constata que existía y que quedó firme.
La IA no es aquí la causa del despido, sino la consecuencia visible de un cambio de proceso productivo que la empresa necesitaba para no desaparecer.
Las dos cartas de despido que fijan la doctrina
El Estatuto de los Trabajadores distingue cuatro causas en su artículo 51: económicas, técnicas, organizativas y productivas. La técnica afecta a los medios de producción. La organizativa, a los métodos de trabajo. La productiva, a la demanda de productos. Colocar la IA en una u otra casilla cambia el resultado del pleito.
La carta de la modeladora hablaba de un «cambio en la forma de trabajar» y sostenía que las imágenes generadas por inteligencia artificial mejoraban la calidad visual y permitían «ser más ágiles y eficientes», hasta el punto de que bastaban dos artistas 3D sénior. Eso es una causa productiva, no la incorporación de una herramienta. La empresa presentó la IA como una exigencia de sus clientes y como consecuencia de una situación económica límite, no como el motivo autónomo del despido.
La Inspección de Trabajo aceptó las causas económicas, organizativas y productivas. El tribunal superior no reconstruyó ese relato.

Qué significa para tu puesto de trabajo
La diferencia entre este caso y otros parecidos está en los motivos. Una sentencia del Tribunal de Instancia de Bilbao declaró improcedente el despido de un empleado cuyo puesto había sido sustituido por una IA, sin causas económicas ni organizativas que lo acompañasen. Sustituir a una persona por un modelo y nada más sale caro. Cambiar el modelo productivo por pérdidas reales y que el puesto desaparezca en el proceso, de momento, no.
La empresa necesitó reunir tres condiciones: pérdidas acreditadas, una explicación de negocio verificable ante los clientes y un cambio de proceso documentado. Si falta cualquiera de las tres, el despido objetivo se cae.
Tampoco conviene leer la resolución como una luz verde general. El fallo no convierte la automatización en causa autónoma y deja intacta la vía de la nulidad cuando median derechos fundamentales o indicios de discriminación. En el lado del trabajador, la recomendación práctica es sencilla: revisa tu carta de despido y comprueba qué causa invoca. Si cita la IA como motivo único, sin números detrás, hay argumentos. Si cita pérdidas y reorganización, el margen se estrecha.
El sector que más va a mirar esta sentencia es el de la creación digital: videojuegos, publicidad, ilustración, doblaje. Son ámbitos donde la IA generativa sustituye tareas completas y donde el contrato temporal es la norma. Con este precedente, el debate se desplaza: la pregunta ya no es si la IA puede justificar un despido, sino cuántas empresas sabrán documentar el cambio de modelo que lo acompaña.
📝 Cómo enviar el currículum
Si tu puesto está en el punto de mira de una automatización, el primer paso es tener el perfil actualizado y localizable por los servicios públicos de empleo. La inscripción se hace en el portal del SEPE y no cuesta nada.
- Paso 1: Entra en el portal del SEPE y accede con certificado digital, Cl@ve o usuario propio.
- Paso 2: Revisa tu demanda de empleo y actualiza la ocupación que buscas: añade competencias en herramientas de IA aplicadas a tu sector.
- Paso 3: Adjunta un CV de dos páginas con resultados medibles, no con una lista de tareas.
- Paso 4: Activa el envío de ofertas por provincia y por ocupación para recibir avisos automáticos.
- Paso 5: Guarda el justificante de renovación de la demanda: es el documento que acredita tu situación ante la empresa y ante el juzgado.
Plazo de inscripción: abierto de forma indefinida, con renovación obligatoria de la demanda cada tres meses. Requisito mínimo: estar inscrito como demandante de empleo y mantener el currículum actualizado.




