
La inspección de Hacienda a autónomos se guía por criterios que los propios inspectores quieren cambiar, y reclaman poder actuar de incógnito.
Lo ha dicho la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) en el congreso anual celebrado en Toledo. Su presidenta, Ana de la Herrán, sostiene que a la Agencia Tributaria le faltan medios contra el fraude y que la institución atraviesa la peor crisis de su historia. El diagnóstico es corporativo, pero deja al descubierto algo que te afecta: cómo se elige a quién se revisa.
Qué piden los inspectores y qué no está en vigor
Tres grietas que reconoce el propio colectivo. Primera: los objetivos de la Inspección se miden por número de actuaciones, así que la carga se ordena por expedientes abiertos y no por relevancia económica. Segunda: se ha perdido la especialización por sectores. Tercera: el reparto de plantillas entre provincias no sigue el censo de contribuyentes, un desajuste que ya recogía el Plan Estratégico 2024-2027.
De ahí sus tres peticiones: un único departamento de Control que integre todas las facultades de comprobación, reorientar el esfuerzo hacia el fraude más grave (tramas de IVA, facturas falsas, testaferros, paraísos fiscales, y blanqueo) y una suerte de policía fiscal con capacidad para actuar de incógnito. Sobre esto último, conviene ser claro: es una propuesta profesional, no una norma en vigor. Hoy no hay habilitación legal para que un inspector actúe sin identificarse, y la entrada en un domicilio exige consentimiento del titular o autorización judicial.
Quién acaba en la lista y qué te pueden pedir
Primero, una distinción que se pierde en casi todas las conversaciones: una inspección no es lo mismo que un requerimiento. La mayoría de los autónomos no recibe nunca la visita de un inspector en el local. Lo que llega al buzón electrónico son requerimientos de información o el inicio de una comprobación limitada, que se resuelve por escrito y sin personarse en el negocio.
El origen de casi todo son los cruces de datos. La Agencia compara lo que tú declaras en el modelo 303 —el IVA trimestral— con lo que declaran tus clientes y proveedores, y con el 347, la declaración anual de operaciones con terceras personas. Cuando una factura que tú deduces no aparece en la contabilidad del proveedor, salta la señal. Ahí no manda la plantilla: manda el número.
La selección depende hoy más del mapa de plantillas y de la cuota de expedientes que del riesgo real de cada contribuyente.
Y el territorio cuenta. El mapa de plantillas pesa más de lo que parece. Con oficinas que no siguen el censo, dos autónomos con la misma facturación y el mismo historial pueden tener probabilidades muy distintas de que les abran un expediente solo por la provincia donde tributan. No es una ciencia exacta ni hay lista pública, pero el desajuste que denuncian los propios inspectores apunta en esa dirección.
Cuando el requerimiento llega, pide cosas concretas: facturas, contratos, justificantes de pago, libros registro. Contesta dentro del plazo que marca el documento —suele fijarse en diez días hábiles— y cuenta desde la notificación, no desde que lo abres. El silencio no ayuda: si no respondes, Hacienda resuelve con los datos que ya tiene. Todo se notifica en la sede electrónica de la AEAT.

Facturas falsas y fraude de IVA: el riesgo que te salpica
Los inspectores quieren concentrar los medios en las tramas de IVA y en las facturas falsas. Esa prioridad tiene una cara incómoda para el autónomo: si deduces el IVA de una factura que resulta no ser real, la Agencia te reclama esa cuota con intereses de demora y puede abrirte un expediente sancionador. Y la prueba de que el servicio existió recae sobre ti, no sobre quien emitió la factura.
Por eso importa tanto el papeleo aburrido. Un contrato firmado, el albarán de entrega, el correo donde se encarga el trabajo y, sobre todo, el pago por transferencia valen más que la factura sola. Si el único rastro es un PDF con un número y un sello, el problema es tuyo.
Hay un segundo escenario, más silencioso: el proveedor que desaparece. Factura servicios inexistentes, cobra el IVA y no lo ingresa, mientras tú deduces la cuota. Cuando la trama se destapa, el que está enfrente con la factura en la mano eres tú. No basta con decir que no sabías: hay que demostrar que la operación fue real. Y ojo con las cuentas corrientes distintas de las que figuran en la factura.
Análisis: más control no siempre es mejor control
Conviene separar el interés corporativo del interés de quien paga la cuota. Los inspectores defienden su prestigio y su independencia frente al poder político, y eso es legítimo, pero sus recetas no van a recortar una sola hora de gestión al autónomo. Al contrario: un único departamento de Control con todas las facultades y más actuaciones sobre IVA dibujan un escenario con más cruces de datos y más requerimientos. Más control no siempre significa mejor control.
El diagnóstico, sin embargo, les da la razón en un punto que casi nadie subraya: si el objetivo es el número de expedientes y las plantillas no siguen al censo, estar en regla deja de ser una garantía. Un autónomo impecable puede recibir un requerimiento porque su oficina necesita sumar actuaciones o porque en su provincia sobran contribuyentes y faltan efectivos.
El precedente inmediato no invita al optimismo. El Plan Estratégico 2024-2027 ya recogía el desajuste entre plantillas y censo, y los propios inspectores lo siguen citando como asignatura pendiente. Sin refuerzo de personal, la reorganización se queda en el papel. La próxima pista real la dará el plan anual de control tributario, que se hace público cada ejercicio: ahí se ven las prioridades de verdad.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: El requerimiento fija el suyo y corre desde la notificación electrónica, no desde que lo abres.
- ✅ Requisitos clave: Estar al corriente y conservar facturas, contratos y justificantes de pago: la prescripción general es de cuatro años.
- 🌐 Dónde solicitarlo: En la sede electrónica de la AEAT, con certificado digital o Cl@ve, o de forma presencial en la delegación.
- 💰 Importe o coste: Cero si se contesta bien; si acaba en regularización, cuota más intereses y sanción del 50% al 100%.
- ⚠️ Error a evitar: No contestar o hacerlo tarde: Hacienda resuelve con los datos que ya tiene en su poder.




