La DGT y la Guardia Civil ya multan con 200 euros las conductas que estrena el nuevo reglamento de circulación. La reforma, en vigor desde el 1 de octubre, afecta a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes.
No hay periodo de gracia. Tampoco lo habrá. Tráfico no ha anunciado margen de adaptación alguno y, desde el primer día de octubre, las policías locales y la Agrupación de Tráfico sancionan igual en vía urbana que en carretera.
El texto que cambia las reglas es el Real Decreto 518/2026, una modificación del Reglamento General de Circulación centrada en la protección de los usuarios vulnerables de la vía. Es decir, los que no circulan dentro de una carrocería. La horquilla sancionadora va de los 30 euros de las conductas más leves a los 200 euros fijos que la Ley de Tráfico reserva a las infracciones graves.
Qué cambia el nuevo reglamento de circulación y a quién afecta
Los patinetes eléctricos son los que salen peor parados. El reglamento fija una edad mínima de 15 años para conducirlos, impone casco y obliga a llevar chaleco o prendas reflectantes visibles a 150 metros de noche o con visibilidad escasa. Prohíbe, además, su circulación por aceras, travesías, autopistas, autovías y túneles urbanos.
El patinete deja de ser un juguete: 15 años mínimos, casco obligatorio y reflectante visible a 150 metros cuando cae la luz.
En bicicleta, el casco deja de ser opcional en vías interurbanas para todos los ciclistas y también para quien pedalea por trabajo en cualquier tipo de vía. Al adelantar, el conductor de un vehículo a motor debe reducir al menos 20 km/h respecto al límite de la vía, dejar 1,5 metros de separación lateral y cambiar de carril entero cuando la calzada tenga más de uno por sentido.
En zona urbana la lógica se invierte: la bici circula preferentemente por el centro del carril y el coche que va detrás debe mantener cinco metros de distancia de seguridad.
Las motos y ciclomotores afrontan dos obligaciones de vestuario y una excepción. Calzado cerrado que cubra todo el pie, en todo tipo de vías. Guantes de protección, solo en interurbanas. Y una novedad que muchos motoristas llevaban años pidiendo: pueden circular por el arcén derecho a un máximo de 30 km/h en los tramos señalizados durante retenciones.
El resto de medidas se reparten así:
- Repartidores y riders: casco y chaleco reflectante de alta visibilidad en todo momento y en cualquier vía cuando usen bici, patinete, ciclomotor o moto por trabajo.
- Peatones: prioridad ratificada en aceras y calles de plataforma única, estatus jurídico para los caminos escolares seguros y prohibición de que el ámbar intermitente de vehículos coincida con el verde fijo de peatones.
- Nieve y retenciones: en autopistas y autovías con atasco hay que orillarse para abrir un carril de emergencia central; con nieve en la calzada, prohibido adelantar y carril izquierdo despejado para las quitanieves.
- Autocaravanas: se regula el estacionamiento y se prohíbe desplegar elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo o verter fluidos.
- Cinturón: desaparecen las exenciones para taxistas, repartidores de mercancías y profesores de autoescuela en circulación urbana.
Cuánto cuesta la multa y cuántos puntos resta

El régimen sancionador distingue poco. El grueso de estas obligaciones tiene la consideración de infracción grave y, según la Ley de Tráfico, eso significa una cuantía fija de 200 euros, reducible a 100 si se abona en periodo voluntario con pronto pago. No hay margen para la interpretación del agente: la cifra no sube ni baja según el caso.
Los puntos son otra historia. Adelantar a un ciclista sin la separación de 1,5 metros o poniendo en peligro su integridad resta 6 puntos. No usar el casco en moto o el cinturón de seguridad resta cuatro. Ahí está la diferencia entre un susto económico y un problema real de carnet.
Los usuarios de patinetes, eso sí, no pierden puntos porque no tienen permiso de conducir que detraer. Su sanción es solo económica. Y eso, en la práctica, rebaja el efecto disuasorio de la norma justo en el colectivo que más infracciones acumula en ciudad.
Cuándo entra en vigor y qué queda pendiente
La reforma ya está en vigor desde el 1 de octubre de 2026, tal y como recoge el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado. No hay cuenta atrás. La Dirección General de Tráfico confirmó que no habría periodo de gracia y los agentes empezaron a sancionar el mismo día.
Queda un segundo tramo. El real decreto escalona parte de las medidas hasta el 1 de octubre de 2027, aunque el texto no detalla públicamente qué bloque concreto se queda para esa fecha. Cabe recordar que las ordenanzas municipales pueden añadir restricciones propias en las ciudades con Zona de Bajas Emisiones, así que la norma estatal es el suelo, no el techo.
Análisis: una reforma razonable con dos agujeros prácticos
Proteger al vulnerable es la excusa correcta. Los datos de siniestralidad llevan años señalando al mismo grupo: quien no lleva carrocería pierde siempre. Por eso la distancia de 1,5 metros, el casco obligatorio en carretera y el límite de 30 km/h por el arcén en retenciones van en la dirección que marcan los informes técnicos, no en la del titular fácil. La medida es proporcionada si se compara con otras sanciones del catálogo: 200 euros por no dejar metro y medio es menos que los 500 euros de una infracción muy grave, y los seis puntos sí duelen de verdad.
Ahora bien, hay dos agujeros que conviene vigilar. El primero es de control. El chaleco reflectante visible a 150 metros solo se comprueba de noche, y de día la mayoría de las patrullas no va a detener a un patinete para medir la reflectancia de una prenda. La norma existe; la verificación es otra cosa.
El segundo es de medida. Los cinco metros de separación detrás de una bici en ciudad no se calculan a ojo. Ni el ciclista ni el conductor saben cuándo están por debajo del umbral. La multa es inmediata, pero el cálculo previo, imposible. Un límite que nadie puede medir acaba sancionando la sensación del agente más que el hecho.
El riesgo real para el conductor estos meses es la suma: la misma conducta puede caer con la norma estatal y con la ordenanza municipal, y las ciudades con ZBE son las que más están apretando. Lo práctico es sencillo. Casco siempre, guantes en carretera, 1,5 metros al adelantar y cuidado con el arcén, que ahora se comparte con las motos en retenciones señalizadas.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: Conductas del nuevo Reglamento General de Circulación (Real Decreto 518/2026): casco en bici interurbana, casco y reflectante en patinetes, 1,5 metros al adelantar y calzado cerrado en moto.
- Sanción económica: 200 euros fijos en las infracciones graves, reducibles a 100 por pronto pago; desde 30 euros en las conductas leves.
- Puntos del carnet: 6 puntos por adelantar a ciclistas sin la separación reglamentaria; 4 puntos por no usar casco en moto o cinturón.
- Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026, ya vigente; parte de las medidas llega el 1 de octubre de 2027.




