De la universidad al mando militar: la guía definitiva para entrar de oficial en el Ejército con carrera

Acceder a la escala de oficiales con una carrera universitaria no es una versión ampliada del ingreso por tropa y marinería: es un proceso propio, regulado por el Real Decreto 309/2021 y desarrollado después, cuerpo a cuerpo, por la Orden DEF/462/2022. Cada ejército, escala y especialidad fundamental fija sus propios requisitos, así que una misma persona puede encajar en un destino y quedar descartada en otro por una cuestión de edad, de titulación o de idioma.

Esta guía ordena esos filtros según el orden en que deciden: la edad y el grado exigido, el nivel de inglés fijado en un B2 del MCER, el cuadro médico de exclusiones de la Orden PCI/6/2019 y las pruebas físicas unificadas por la Orden DEF/15/2026. Distingue además lo que ha dejado de ser un obstáculo —estatura, tatuajes, embarazo— de lo que sigue vigente, como el tope de 27 años en los Cuerpos Generales, a partir de la normativa publicada y de las convocatorias en vigor.

Publicidad

8
Tatuajes y estatura: las trabas históricas que ya han caído

black and brown tribal tattoo
Foto de Seyi Ariyo en Unsplash

El límite de estatura fue durante décadas uno de los filtros más cuestionados del acceso militar. El cuadro médico de exclusiones de la Orden PCI/6/2019 fijaba una talla mínima en bipedestación de 160 centímetros para hombres y 155 para mujeres, además de un máximo de 203 centímetros. La Orden PCM/444/2023, de 30 de abril, suprimió con carácter general esos topes para todos los cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas, incluida también la Escala de Oficiales de la Guardia Civil. El objetivo declarado fue avanzar en la igualdad de oportunidades y captar talento, y la medida se aplicó desde las convocatorias de 2023. Solo se mantienen excepciones para destinos concretos donde la altura constituye un requisito esencial y determinante —como determinados puestos con exigencias ergonómicas de cabina de aeronaves—, que cada ejército puede fijar mediante instrucción.

El otro veto histórico, el de los tatuajes, también se ha rebajado. La normativa anterior impedía acceder a quien portara tatuajes visibles con las uniformidades no especiales, con independencia de su contenido. El Real Decreto 309/2021 cambió el criterio: ahora solo se exige carecer de inserciones o tatuajes contrarios a los valores constitucionales o que atenten contra la imagen de las Fuerzas Armadas, sin vetarlos por su visibilidad. El cambio se acompañó de la readmisión de opositoras excluidas por un tatuaje en el tobillo, visible únicamente con el uniforme de falda, para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres. Entre 2017 y 2024 solo constan tres exclusiones por tatuajes en tropa y marinería. Persiste, no obstante, la contradicción con normas internas de la Armada o del Ejército del Aire que aún obligan a ocultar los visibles.

Publicidad

Publicidad