7Móvil, cinturón y otras infracciones clásicas: qué NO cambia y por qué se está difundiendo mal
Entre las novedades del Reglamento General de Circulación que entra en vigor el 1 de octubre hay un bloque que, para el conductor medio, no cambia nada. La prohibición de sujetar el teléfono móvil con la mano —200 euros y 6 puntos— no es nueva: se aplica desde la reforma de la Ley de Tráfico de 2022. El texto que ahora llega se limita a reiterarla, a precisar que solo vale el sistema de manos libres, sin cascos ni auriculares, y a permitir que los motoristas usen intercomunicadores integrados en el casco para hablar o navegar. Con el cinturón ocurre algo parecido: la sanción clásica por no llevarlo, 200 euros y 4 puntos, se mantiene igual. La infracción de siempre sigue siendo la de siempre para quien conduce un turismo particular.
Lo que sí se modifica en el cinturón no es el importe, sino a quién obliga. La reforma suprime las exenciones que permitían ir sin él a taxistas, repartidores de mercancías y profesores de autoescuela, que pasan a las mismas condiciones que el resto. La confusión nace de ahí: mensajes virales mezclan normas ya vigentes con fechas inventadas. La DGT desmintió, según las verificaciones de Maldita.es y 20minutos, un vídeo que situaba nuevas multas y límites de velocidad en abril de 2026, cuando lo que había era una campaña de control de velocidad. La clave para no caer en el bulo es sencilla: un cambio legal real exige publicación en el BOE, referencia normativa y fecha de entrada en vigor. Una campaña de vigilancia o una medida de hace cuatro años no son una norma nueva.



