DGT avisa: el 1 de octubre cambia todo el Reglamento de Circulación y estas son las multas de 200 euros que llegan

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Móvil, cinturón y otras infracciones clásicas: qué NO cambia y por qué se está difundiendo mal

Dos personas usando una aplicación de navegación en un smartphone durante un viaje por carretera

Entre las novedades del Reglamento General de Circulación que entra en vigor el 1 de octubre hay un bloque que, para el conductor medio, no cambia nada. La prohibición de sujetar el teléfono móvil con la mano —200 euros y 6 puntos— no es nueva: se aplica desde la reforma de la Ley de Tráfico de 2022. El texto que ahora llega se limita a reiterarla, a precisar que solo vale el sistema de manos libres, sin cascos ni auriculares, y a permitir que los motoristas usen intercomunicadores integrados en el casco para hablar o navegar. Con el cinturón ocurre algo parecido: la sanción clásica por no llevarlo, 200 euros y 4 puntos, se mantiene igual. La infracción de siempre sigue siendo la de siempre para quien conduce un turismo particular.

Lo que sí se modifica en el cinturón no es el importe, sino a quién obliga. La reforma suprime las exenciones que permitían ir sin él a taxistas, repartidores de mercancías y profesores de autoescuela, que pasan a las mismas condiciones que el resto. La confusión nace de ahí: mensajes virales mezclan normas ya vigentes con fechas inventadas. La DGT desmintió, según las verificaciones de Maldita.es y 20minutos, un vídeo que situaba nuevas multas y límites de velocidad en abril de 2026, cuando lo que había era una campaña de control de velocidad. La clave para no caer en el bulo es sencilla: un cambio legal real exige publicación en el BOE, referencia normativa y fecha de entrada en vigor. Una campaña de vigilancia o una medida de hace cuatro años no son una norma nueva.


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