La nueva multa por adelantamiento: hasta 200 euros y 6 puntos desde el 1 de octubre

El nuevo Reglamento General de Circulación endurece los adelantamientos a ciclistas y a vehículos averiados. La norma fija una reducción obligatoria de 20 km/h y sanciones de hasta 200 euros.

La nueva multa por adelantamiento llega el 1 de octubre: hasta 200 euros y 6 puntos.

El grueso de la reforma del Reglamento General de Circulación, publicado ya en el Boletín Oficial del Estado, entra en vigor el próximo 1 de octubre. El Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, actualiza las normas de adelantamiento para proteger a los usuarios vulnerables de la carretera.

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La sanción más repetida en el nuevo texto es de 200 euros y 6 puntos del carnet. No es la única: la nueva norma de circulación obliga a reducir 20 km/h por debajo del límite de la vía al rebasar a ciclistas y regula los adelantamientos a vehículos averiados, a motoristas y con nieve en la calzada.

Qué cambia y a quién afecta

Desde el 1 de octubre, todo conductor que adelante a un ciclista en carretera interurbana deberá hacerlo al menos 20 km/h por debajo del límite máximo de la vía. Si la carretera limita a 90 km/h, la maniobra debe ejecutarse por debajo de 70 km/h. Si el límite es de 70 km/h, la velocidad máxima durante el adelantamiento será inferior a 50 km/h. La infracción se considera grave: 200 euros y 6 puntos.

Además, si la calzada tiene más de un carril por sentido, el conductor deberá cambiar por completo de carril para adelantar. La separación lateral mínima de 1,5 metros se amplía a peatones, animales, ciclomotores y vehículos de movilidad personal. En ciudad, la distancia de seguridad con las bicicletas que circulan delante será de al menos 5 metros. La multa es de 200 euros y 6 puntos.

Frenar 20 km/h antes de rebasar a un ciclista no es una recomendación: desde octubre es la velocidad máxima legal de la maniobra.

Los motoristas también estrenan una excepción. Podrán circular por el arcén derecho en carreteras congestionadas solo si el tramo está habilitado, la circulación está detenida y circulan a un máximo de 30 km/h en columna de a uno. Fuera de esas condiciones, la multa por usar indebidamente el arcén asciende a 200 euros, sin pérdida de puntos.

Cuándo entra en vigor y qué excepciones tiene

La norma entra en vigor el 1 de octubre de 2026. No hay periodo de adaptación. Las sanciones podrán comenzar a tramitarse ese mismo día. La multa es inmediata.

  • Motoristas en arcén: solo con retención, a 30 km/h y en tramo señalizado.
  • Vehículo averiado: puedes pisar la línea continua si no viene nadie de frente y mantienes 1,5 metros de separación.
  • Nieve en autopista: queda prohibido adelantar y los carriles izquierdos deben quedar libres para quitanieves y emergencias.

En autopistas y autovías con nieve, la infracción por adelantar se considera grave: 200 euros sin retirada de puntos. La prohibición busca facilitar el paso de máquinas quitanieves y vehículos de emergencia por el carril izquierdo.

Cómo evitar la multa y circular dentro de la norma

Lo primero: revisa el límite de la vía antes de adelantar. Calcula que tu velocidad durante la maniobra sea al menos 20 km/h inferior. Lo segundo: si hay más de un carril, cambia de carril por completo. Lo tercero: en ciudad, mantén 5 metros con la bicicleta que va delante.

Para rebasar un vehículo averiado, desplázate íntegramente al carril contiguo y deja 1,5 metros. Si hay línea continua, puedes pisarla solo si no viene nadie de frente. En nieve, no adelantes y deja libres los carriles izquierdos.

Cabe recordar que la DGT endurece, no flexibiliza, desde 2026. El conductor que vea un ciclista en carretera debe anticiparse y reducir velocidad antes de llegar a su altura. La evaluación de un agente puede basarse en la velocidad media de la maniobra.

La letra pequeña que conviene vigilar

La reforma tiene un punto de fricción evidente. La obligación de reducir 20 km/h por debajo del límite al adelantar ciclistas es estricta, pero deja margen a interpretaciones: el conductor debe calcular la velocidad de la vía y restarle 20 km/h en segundos. En carreteras con límite de 90 km/h, la maniobra debe hacerse por debajo de 70 km/h. Es fácil de cumplir en rectas con visibilidad, pero en puertos de montaña o con tráfico denso puede provocar retenciones y adelantamientos frustrados. El margen es mínimo.

Conviene comparar: la sanción de 200 euros y 6 puntos es proporcional a la gravedad de la maniobra, pero es el mismo importe que circular con el móvil en la mano, aunque no la misma pérdida de puntos. El legislador protege a los ciclistas con una medida que encarece el error. La clave está en que el reglamento obliga a cambiar de carril cuando hay más de uno, algo que pocos conductores hacían de forma sistemática.

Otro riesgo es el arcén. Los motoristas solo pueden usarlo en retenciones, a 30 km/h y con el tramo señalizado. Fuera de esas condiciones, la multa de 200 euros es casi automática si un agente observa la maniobra. Lo mismo en nieve: adelantar en autovía con la calzada afectada no solo multa, sino que puede colapsar a los quitanieves.

Hoy, lo más práctico es memorizar tres cifras: 20 km/h menos, 1,5 metros y 5 metros en ciudad. Quedan menos de dos semanas para que la DGT empiece a sancionar.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: Adelantamientos indebidos a ciclistas y vehículos averiados, y uso indebido del arcén por motoristas.
  • Sanción económica: Hasta 200 euros.
  • Puntos del carnet: 6 puntos (excepto arcén y nieve, sin puntos).
  • Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026.

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