2Las multas de 200 euros, una a una: las conductas que las llevan aparejadas
La reforma del Reglamento General de Circulación que entra en vigor el próximo 1 de octubre convierte en infracción grave, con 200 euros de multa, varias conductas hasta ahora toleradas o sin castigo específico. La más citada es el rebaso de ciclistas en vías interurbanas: obliga a reducir la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite del tramo, a mantener 1,5 metros de separación lateral y, cuando la calzada tiene más de un carril por sentido, a cambiar de carril por completo. En este supuesto la sanción llega acompañada de la retirada de seis puntos del carné. En ciudad, quien circule detrás de una bicicleta compartiendo el mismo carril tendrá que dejar cinco metros de distancia.
La misma cuantía se aplica al rebaso de vehículos inmovilizados por avería o accidente, grúas, ambulancias, bomberos, policía y vehículos de conservación: exige aminorar 20 km/h respecto al límite y respetar 1,5 metros laterales, en este caso sin pérdida de puntos. También cuesta 200 euros no formar el carril de emergencia cuando se aproxima un vehículo prioritario en una retención, y adelantar o no circular por la derecha en autopistas y autovías cuando la nieve dificulta el tráfico.
Los motoristas concentran varios de los supuestos nuevos. Desde el 1 de octubre son obligatorios los guantes de protección para conductor y pasajero en vías interurbanas, y el calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía, lo que excluye sandalias y chanclas. Los profesionales que trabajan sobre la moto, los conocidos como riders, deben llevar puesto el chaleco reflectante de alta visibilidad durante toda su jornada. Circular por el arcén derecho fuera de los supuestos permitidos —solo en atascos reales, en tramos señalizados, a un máximo de 30 km/h y en fila de a uno— también se castiga con 200 euros.
Entre los usuarios de patinetes y vehículos de movilidad personal, la misma cifra se aplica a quien circule sin casco, sin luces encendidas o sin elementos reflectantes visibles a 150 metros en condiciones de baja visibilidad, además de fijarse en 15 años la edad mínima para conducirlos. Los ciclistas se enfrentan a idéntica sanción si no llevan casco en vías interurbanas o si los repartidores no usan chaleco reflectante. En todos los casos, si no hay alegaciones y el pago se realiza en los 20 días siguientes a la notificación, la multa se reduce a la mitad, hasta 100 euros.


