El periodo de prueba del contrato laboral: el Gobierno aprueba el real decreto que exige justificación y regula los algoritmos

La norma obliga a justificar por convenio cualquier periodo de prueba superior a seis meses y fija qué información debe constar en los contratos. También reconoce el derecho a conocer los algoritmos que condicionan salarios, ascensos o despidos.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que transpone la directiva europea de condiciones laborales transparentes y endurece el periodo de prueba en los contratos: cualquier ampliación más allá de seis meses deberá estar justificada por convenio y constar por escrito.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha explicado que la norma persigue combatir el fraude en ese periodo, donde la Inspección de Trabajo ha detectado irregularidades en el 75% de las empresas revisadas, según recoge Europa Press.

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El periodo de prueba no puede ser un contrato temporal encubierto.

Por qué se endurece el periodo de prueba

La reforma obliga a que los convenios colectivos que permitan superar los seis meses indiquen las situaciones concretas en las que cabe la ampliación. Los ejemplos citados por el Ministerio de Trabajo son la ausencia del trabajador por enfermedad o permiso y la naturaleza del puesto, como ocurre en posiciones directivas.

Además, el contrato tendrá que reflejar la duración del periodo de prueba y las pruebas que debe superar el empleado. Según Yolanda Díaz, se busca causalizar este mecanismo y que sirva de palanca ante posibles reclamaciones individuales frente a la empresa.

El Gobierno llama a las cosas por su nombre: en el 75% de las empresas inspeccionadas hubo irregularidades ligadas a un periodo de prueba alargado para enmascarar contratos temporales.

Qué datos debe incluir ahora el contrato de trabajo

La norma detalla los elementos centrales que no pueden remitirse genéricamente a un convenio. Deberán figurar la vigencia del contrato, el domicilio social, el centro de trabajo, la categoría profesional, el salario base y los complementos, el cálculo de conceptos variables, la jornada, las horas extra y su retribución, las vacaciones y el plan de igualdad, entre otros.

Nada de ‘según convenio’.

En los contratos temporales habrá que justificar la causa; si interviene una ETT, se incluirá la identidad de la empresa usuaria y la causa de cada puesta a disposición. También habrá que detallar los periodos de preaviso y los momentos de actividad e inactividad para los fijos-discontinuos.

Los trabajadores con contratos en vigor podrán solicitar la información esencial que no conste, y la empresa dispondrá de un máximo de 30 días para facilitarla. En los nuevos contratos, toda la información deberá entregarse antes del inicio de la relación laboral. El Ministerio de Trabajo publicará un modelo informativo en un plazo máximo de 20 días coincidiendo con la entrada en vigor.

El análisis: por qué importa la transparencia algorítmica

El real decreto incorpora el derecho a conocer las reglas de funcionamiento de los algoritmos en materia laboral. Se aplica cuando las empresas los usan para seleccionar personal, decidir despidos, repartir tareas o recortar jornadas. La ministra lo ha resumido en una idea: la disputa por el poder está en la gobernanza algorítmica.

La obligación de informar con exhaustividad sobre la fórmula matemática o la instrucción que afecta a cada puesto supone un giro de poder hacia el trabajador. Hasta ahora, muchas decisiones salariales o de asignación se excusaban en el sistema. Con el nuevo texto, dejan de ser una caja negra.

En mi lectura, el cambio es relevante pero no instantáneo. La información debe entregarse de manera accesible y también adecuada para personas con discapacidad, y el alcance completo dependerá de cómo se interprete en los convenios de de empresa.

La norma afecta a todas las relaciones laborales de más de cuatro semanas, incluidas las especiales y el personal público. Se regulan además tres supuestos específicos: contratos para trabajar en el extranjero, pesca y marina mercante.

📝 Cómo enviar el currículum

Esta norma no abre una convocatoria de empleo, pero cambia lo que debes controlar si estás enviando currículums y aceptando ofertas. Aplica estos pasos antes de firmar un nuevo contrato.

  1. Paso 1: Pide el borrador del contrato antes de firmar; la información esencial debe entregarse antes del inicio.
  2. Paso 2: Revisa que figuren salario base, complementos, jornada y duración del periodo de prueba.
  3. Paso 3: Si la relación incluye una ETT, exige la identidad de la empresa usuaria y la causa del contrato de puesta a disposición.
  4. Paso 4: Si ya trabajas y tu contrato no recoge estos datos, solicita la información por escrito; la empresa tiene 30 días.
  5. Paso 5: Guarda copia firmada y consulta a la Inspección de Trabajo o a la representación sindical ante dudas.

Plazo de inscripción: No aplica: es una reforma normativa y no una oferta de empleo. Requisito mínimo: tener una relación laboral de más de cuatro semanas o ser candidato a un nuevo contrato.


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