El radar de tramo más temido de España, el cinemómetro de Saltocaballo en la A-8, confirma su récord de denuncias durante su primer año de funcionamiento. Los conductores que superan la velocidad media en ese tramo se enfrentan a multas de entre 100 y 400 euros y hasta 4 puntos del carnet.
La DGT ha publicado el balance anual de este control instalado entre Ontón y Castro Urdiales, en Cantabria. Y los datos confirman su fama: más de 30.000 denuncias en doce meses, lo que equivale a 82 conductores sancionados cada día. Un ritmo que lo mantiene como uno de los radares más activos de la red viaria estatal.
No se trata de un radar fijo al uso. Mide la velocidad media en un tramo de 6,5 kilómetros, en ambos sentidos, con un límite rebajado a 100 km/h. Ese detalle, sumado a un tránsito diario superior a 50.000 vehículos, explica por qué genera tantas multas.
Muchos conductores atraviesan el tramo sin darse cuenta de que la velocidad máxima baja de 120 a 100 km/h. La pendiente y el trazado, además, invitan a mantener una velocidad alta. El radar no avisa en el último segundo; calcula la media entre los puntos de entrada y salida.
El radar de tramo no perdona una punta de velocidad: calcula la media en 6,5 kilómetros y no sirve frenar al llegar al pórtico.
El balance de la DGT revela que el 94% de las multas se impusieron por exceder el límite hasta en 20 km/h. Ese exceso se sanciona con 100 euros, reducibles a la mitad por pronto pago y sin pérdida de puntos. El 6% restante superó los 30 km/h, con multas de 300 euros y 2 puntos del carnet.
Los casos más graves, por encima de 151 km/h en un tramo limitado a 100, acarrean una sanción de 400 euros y 4 puntos. Según el balance, la mayoría de las infracciones se concentraron en sentido Vizcaya, con el 58% de las denuncias, y entre las 06.00 y las 16.00 horas.
La DGT defiende que el radar no solo multa. En su primer año, los accidentes en este tramo de de la A-8 bajaron un 13%. Los heridos se redujeron a la mitad: de 21 a 12. El jefe provincial de Tráfico de Cantabria, José Miguel Tolosa, ha destacado que la circulación es ahora más fluida y homogénea, sin frenazos bruscos ni maniobras evasivas.
Un radar bidireccional en la A-8 con límite rebajado a 100 km/h
El radar de Saltocaballo controla el trayecto entre los kilómetros 140 y 147 de la autopista A-8, en ambos sentidos. Es un radar de tramo, no un cinemómetro puntual. Suma el tiempo que tardas en recorrer los 6,5 kilómetros y calcula tu velocidad media.
La ubicación es clave. Se trata de uno de los corredores más transitados del norte peninsular: más de 50.000 vehículos diarios. Y el límite en ese tramo no es de 120 km/h, como en el resto de la autopista, sino de 100 km/h. Ese desfase de 20 km/h coge por sorpresa a muchos conductores.
La particularidad del control es que no hay escapatoria. Da igual que frenes antes del pórtico de salida. Si tu velocidad media ha superado el límite, la denuncia llega igual. Eso elimina la clásica frenada brusca ante el radar fijo, que era precisamente uno de los objetivos de la DGT.

Multas y puntos: qué sanción te espera según el exceso
El importe de la multa depende del exceso sobre la velocidad media permitida. Estas son las horquillas recogidas en el balance anual:
- Hasta 20 km/h de exceso: 100 euros de multa y sin puntos del carnet.
- Más de 30 km/h de exceso: 300 euros y 2 puntos.
- Superar 151 km/h: 400 euros y 4 puntos.
Conviene recordar que el pago anticipado voluntario permite reducir la cuantía en un 50%. Eso sí, la pérdida de puntos no se negocia: una vez notificada la sanción firme, se descuenta del saldo del carnet.
La DGT insiste en que el objetivo no es recaudar. De hecho, los datos de siniestralidad respaldan esa tesis. Durante el primer año, los heridos en el tramo bajaron de 21 a 12 y no se registró ningún fallecido. La vía sigue sin muertes por accidente en ese recorrido.
El balance de la DGT: menos accidentes y más fluidez
El jefe provincial de Tráfico de Cantabria, José Miguel Tolosa, valora de forma positiva el radar. Según sus declaraciones, «la circulación en la zona es más fluida, más homogénea, no hay tantas diferencias de velocidad entre vehículos, ni maniobras bruscas evasivas de los controles».
El radar nació para corregir una situación peligrosa: los frenazos bruscos al llegar a los radares fijos provocaban alcances y pequeñas colisiones. Con el control por tramo, desaparece la frenada de última hora. Y los datos de accidentalidad parecen darle la razón: 13% menos de siniestros y la mitad de heridos.
Análisis: ¿Un radar necesario o un cazador de despistes?
La cifra de 30.000 denuncias en un año asusta. Pero conviene leerla con contexto. El 94% de esas multas son de 100 euros, sin puntos, por excesos de hasta 20 km/h. Es decir, la mayoría de los sancionados no circulaban a velocidades temerarias; simplemente no adaptaron su ritmo al límite rebajado.
Ese desajuste entre la percepción del conductor y el límite real es el corazón del problema. Si la autopista A-8 permite 120 km/h en la mayor parte de su trazado, bajar a 100 en un tramo concreto sin señalización extraordinaria genera un efecto «cazador de despistes». No es ilegal; es la norma. Pero conviene que la DGT refuerce la señalización vertical y la información en paneles.
Pese a ello, la reducción de accidentes es el argumento más sólido. Pasar de 21 a 12 heridos en un año, sin fallecidos, justifica mantener el control. Y el radar de tramo, a diferencia del puntual, cambia el comportamiento en todo el recorrido, no solo ante el pórtico.
Mi lectura es clara: el radar no va a desaparecer. Mientras el límite siga en 100 km/h, la mejor defensa del conductor es activar el control de crucero adaptativo, respetar la señal y no confiarse con la frenada de último momento. La media no se engaña con un frenazo.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: Circular superando la velocidad media en el radar de tramo de Saltocaballo (A-8, entre Ontón y Castro Urdiales).
- Sanción económica: Desde 100 euros (exceso de hasta 20 km/h) hasta 400 euros (superar 151 km/h).
- Puntos del carnet: De 0 a 4 puntos según el exceso (2 puntos por más de 30 km/h; 4 puntos por más de 151 km/h).
- Entrada en vigor: Ya está vigente; activo desde agosto de 2025.




