
Ayudar a un hijo para que pueda comprar su primera vivienda es un gesto cada vez más habitual entre los autónomos que han logrado cierta estabilidad financiera. Pero lo que muchos no saben es que, si esa transferencia no se documenta correctamente, Hacienda puede considerarla una donación encubierta y reclamar el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
El riesgo no es solo teórico. Una abogada especializada en herencias, Susana Sánchez, acaba de poner un ejemplo real: una madre prestó 240.000 euros a su hija con un contrato sin intereses y un plazo de devolución. Años después ampliaron el plazo y Hacienda interpretó que no había intención real de devolver el dinero, así que lo trató como donación. El resultado: liquidación del impuesto, más recargos por extemporaneidad e intereses de demora.
El simple hecho de firmar un contrato de préstamo no basta: si no se cumple con la devolución, Hacienda verá una donación.
Lo que muchas familias pasan por alto es que cualquier entrega de dinero entre padres e hijos debe pasar por Hacienda. Si se hace mal, el riesgo fiscal puede borrar de un plumazo la ventaja buscada por el autónomo o la pequeña empresa familiar que quiere transmitir patrimonio sin sustos.
Cuándo Hacienda ve una donación encubierta
La clave está en el artículo 618 del Código Civil: una donación es un acto de liberalidad por el que una persona dispone gratuitamente de una cosa a favor de otra. Si un padre transfiere 50.000 euros a un hijo y no se documenta la operación como un préstamo real, Hacienda aplica la presunción de donación. Y cuando eso ocurre, el hijo debe presentar la autoliquidación del ISD en un plazo de 30 días hábiles desde que recibe el dinero.
Si no lo hace y la Agencia Tributaria detecta la transferencia en una comprobación posterior —algo habitual cuando se cruzan datos de notarios o bancos—, exigirá la cuota defraudada más un recargo de hasta el 20% del importe no ingresado, más intereses de demora y, en función de la gravedad, sanciones.
El impuesto varía según la comunidad autónoma, pero en general los hijos pueden beneficiarse de reducciones en la base imponible cuando el dinero se destine a la adquisición de vivienda habitual. Eso sí, la reducción exige formalizar la donación en escritura pública y presentar el modelo 651.
Cómo documentar el préstamo para que Hacienda lo acepte
La vía más segura para evitar la tributación por donación es formalizar un contrato de préstamo entre padres e hijos y cumplirlo. No basta con un simple reconocimiento verbal. El contrato debe constar en un documento privado con fecha cierta —vale una póliza ante notario o incluso un simple papel firmado por ambas partes— en el que se fijen el importe, el plazo de devolución y los intereses, aunque estos sean al 0%.
A continuación hay que comunicar la operación a Hacienda. Para préstamos entre particulares, el hijo debe presentar el modelo 600 de actos jurídicos documentados si el préstamo supera los 3.000 euros y no se formaliza en escritura pública, aunque la mayoría de las comunidades autónomas eximen de tributación a los préstamos sin intereses. Lo fundamental es que la intención real de devolución quede acreditada y se cumpla.
El error que más cuesta: no devolver el préstamo o ampliar el plazo sin criterio
El caso real mencionado por Sánchez refleja el fallo más común. Un contrato impecable puede perder toda validez si después se alarga el plazo de devolución sin una justificación económica sólida. Hacienda interpreta que, cuando un préstamo se renueva continuamente sin que el deudor demuestre capacidad de pago, en realidad se trata de una liberalidad. La consecuencia es la misma: la operación se recalifica como donación y salta el ISD.
Para un autónomo esto tiene una lectura adicional. Si el hijo es el autónomo y recibe el préstamo, debe poder acreditar que el dinero se ha invertido en la actividad o que se está devolviendo según lo pactado. Si no, además del ISD puede haber problemas en la declaración de IRPF por incrementos patrimoniales no justificados.
Y a la inversa: si el autónomo es el padre que presta, debe anotar la salida de fondos correctamente en su contabilidad o en su libro de ingresos y gastos, para evitar que Hacienda la considere un desembolso no deducible y, de paso, una donación enmascarada.
Por qué a los autónomos les afecta especialmente
Los autónomos tienden a tener rentas irregulares y, a menudo, ahorros acumulados en épocas de bonanza que quieren destinar a sus hijos sin que el fisco lo castigue. Sin embargo, la combinación de IRPF por estimación directa y la autoliquidación del ISD puede convertir una buena intención en un problema fiscal doble. No es extraño que inspectores de la AEAT revisen con lupa las transferencias a familiares cuando el declarante ha obtenido rendimientos netos elevados y, de repente, aparece un descenso injustificado de saldo.
Aquí la doctrina administrativa ha sido cada vez más clara: el Tribunal Económico-Administrativo Central ha confirmado que la simple regularización de saldos bancarios sin contrato suficiente basta para presumir la donación. Por tanto, la documentación escrita y el seguimiento real del préstamo son la única defensa eficaz.
Los autónomos y pequeños empresarios que quieran ayudar a sus hijos a comprar una vivienda deben tratar esta ayuda como cualquier otra operación financiera: con papeleo, plazos y trazabilidad. No hacerlo puede salir muy caro.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: 30 días hábiles desde la recepción del dinero para presentar el modelo 651 si se opta por la donación; el plazo para comunicar un préstamo sin necesidad de tributar depende de la comunidad autónoma.
- ✅ Requisitos clave: Contrato escrito con fecha, importe, plazo de devolución y tipo de interés; cumplir la devolución real y periódica; si es donación, escritura pública y reducción por vivienda habitual.
- 🌐 Dónde solicitarlo: La autoliquidación del ISD se presenta en la sede electrónica de la comunidad autónoma correspondiente a la residencia del donatario. El modelo 600, en la oficina de Hacienda autonómica.
- 💰 Importe o coste: El ISD varía según la comunidad y la base imponible; las reducciones para donaciones a hijos pueden superar los 60.000 euros en algunas regiones. Sin reducción, el tipo medio ronda el 7-8% para importes moderados.
- ⚠️ Error a evitar: No documentar el préstamo por escrito y, sobre todo, no devolverlo según lo pactado: Hacienda ve una donación y reclama el impuesto más recargos.




