Los 50 radares que más multan en España
La Asociación de Automovilistas Europeos (AEA) ha publicado el ranking de los 50 radares que más multas emitieron en España durante 2025. Este grupo reducido de cinemómetros, de los más de mil que desplegó la Dirección General de Tráfico (DGT), acumuló 1.342.285 denuncias, lo que supone cerca de la mitad de todas las sanciones por exceso de velocidad.
El radar más activo del país se encuentra en el kilómetro 326 de la autovía A-7, a la altura de La Canyada (Valencia), con 90.766 denuncias. Le sigue el cinemómetro del kilómetro 7 de la CV-905, en Alicante, con 72.557 multas. Entre los más prolíficos también figuran el de la A-15 en Navarra (67.445 denuncias) y el de la TF-2 en Santa Cruz de Tenerife (49.641).
Los datos de la AEA revelan que los excesos de velocidad generaron 246,8 millones de euros en 2025, un 14 % más que el año anterior, y que las provincias con mayor recaudación fueron Valencia (18,9 millones), Madrid (17,9 millones) y Cádiz (16,5 millones).
Cuánto cuesta una multa por exceso de velocidad
La sanción económica por circular por encima del límite legal oscila entre 100 y 600 euros, dependiendo de la gravedad del exceso. Además, casi todas las infracciones llevan aparejada la pérdida de puntos del carnet de conducir.
- 100 euros, sin puntos, para los excesos más leves.
- 300 euros y 2 puntos.
- 400 euros y 4 puntos.
- 500 euros y 6 puntos.
- 600 euros y 6 puntos, la sanción máxima prevista.
Cuando el exceso supera los 60 km/h en vías urbanas o los 80 km/h en interurbanas, la infracción pasa a ser un delito contra la seguridad vial, con penas de prisión de tres a seis meses, trabajos en beneficio de la comunidad y la retirada del carnet hasta cuatro años, según el artículo 379 del Código Penal.
Solo 50 radares acumulan casi la mitad de las denuncias: conocer sus ubicaciones puede ahorrarte la multa, pero también aviva el debate sobre si priman la seguridad o la recaudación.
Margen de error y cómo recurrir las sanciones
Todos los radares aplican un margen de error que, según el tipo de dispositivo, se sitúa entre el 3 % y el 7 %. Eso significa que en una autopista limitada a 120 km/h, un radar fijo normalmente no denunciaría hasta que la velocidad real ronde los 127 km/h.
No obstante, no todas las multas son inatacables. El abogado Ilán Paños, autor de la Guía práctica para recurrir multas de tráfico, explica que existen defectos formales que pueden invalidar una sanción: el certificado de verificación periódica del radar puede estar caducado, la fotografía es borrosa y no se aprecia la matrícula, o no se respeta adecuadamente el margen de error. Cada expediente debe analizarse de forma individual, pero conviene revisar la notificación antes de pagar sin más.
¿Seguridad vial o afán recaudatorio? La lectura de la AEA
El presidente de la AEA, Mario Arnaldo, pone el foco en la distribución de los cinemómetros. Señala que la mayor parte de las denuncias se producen en autopistas y autovías, mientras que alrededor del 70 % de los accidentes con víctimas tienen lugar en carreteras convencionales, donde la presencia de radares es mucho menor.
Esta discordancia alimenta la percepción de que muchos dispositivos obedecen más a un criterio recaudatorio que a una estrategia de prevención de siniestros. La DGT siempre defiende que el control de velocidad reduce la siniestralidad, pero el incremento de los ingresos —el 41,5 % del total por sanciones de tráfico ya procede de multas de velocidad— y la concentración de denuncias en apenas cincuenta puntos sugieren que el diseño del sistema podría ser más eficaz.
Conocer cuáles son los radares que más multan permite al conductor extremar la precaución en esos tramos. Pero también plantea una pregunta incómoda: si solo medio centenar de dispositivos generan tantas sanciones, ¿están colocados en los puntos de mayor riesgo o en los de mayor tránsito? La respuesta, para la AEA, es clara.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: Exceso de velocidad detectado por radar, tanto fijo como móvil, en vías interurbanas y urbanas.
- Sanción económica: De 100 a 600 euros, según el exceso; en supuestos delictivos, penas de prisión y multas judiciales.
- Puntos del carnet: De 0 a 6 puntos, en función de la gravedad de la infracción administrativa.
- Entrada en vigor: Ya vigente (Reglamento General de Circulación y Código Penal).




