Nuevo Reglamento de Circulación octubre 2026: multas de 200 euros y pérdida de puntos desde el día 1

La reforma del Reglamento General de Circulación entra en vigor el 1 de octubre con cambios cruciales para motoristas, usuarios de VMP y adelantamientos a ciclistas. Las sanciones alcanzan los 200 euros y restan puntos del carnet.

El 1 de octubre de 2026 entra en vigor el nuevo Reglamento General de Circulación, una reforma de calado que toca los límites de velocidad, los adelantamientos y la protección de los usuarios más vulnerables. Si circulas a diario, te interesa: la DGT activa desde esa fecha multas de 200 euros y pérdida de puntos del carnet para quien incumpla las nuevas reglas.

Qué cambia con el nuevo Reglamento General de Circulación

El Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, modifica el texto anterior para reforzar sobre todo la seguridad de ciclistas, peatones, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP). Las principales novedades son:

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  • Adelantamientos en vías interurbanas: cuando rebases a un ciclista, peatón, ciclomotor o VMP fuera de poblado, deberás reducir tu velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. La separación lateral mínima de 1,5 metros se mantiene, pero ahora sin margen de interpretación: es obligatorio pisar el freno.
  • Límites de velocidad: el Reglamento establece una rebaja general en carreteras convencionales para turismos y motocicletas, fijando el máximo en 100 km/h en tramos sin separación física entre carriles. La medida busca frenar la siniestralidad en vías secundarias.
  • Uso del móvil: la reforma endurece la prohibición de sujetar el teléfono, incluso con el coche parado en un semáforo. Se multará con 200 euros y la pérdida de tres puntos.
  • VMP y bicicletas: los menores de 15 años no podrán conducir patinetes eléctricos ni otros VMP. El casco será obligatorio para todos los usuarios de estos vehículos.
  • Motoristas: deberán llevar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía. Además, el chaleco reflectante pasa a ser parte del equipo obligatorio y tendrán que vestirlo si bajan de la moto en calzada o arcén fuera de poblado.

Cuándo entra en vigor y a qué conductores afecta

La fecha está más que clara: 1 de octubre de 2026. No habrá periodo de gracia oficial, por lo que las sanciones serán efectivas desde el primer día. La norma no distingue entre conductores noveles o veteranos; afecta a todos los titulares de un permiso de conducir y también a quienes circulan con VMP o bicicleta, aunque no necesiten carnet.

Los conductores que ya tienen el carnet en vigor no reciben una comunicación personalizada de la DGT, así que la responsabilidad de conocer la reforma recae en cada uno. Las autoescuelas y asociaciones de seguridad vial llevan semanas advirtiendo de que el mayor riesgo no está en los coches más viejos, sino en la falta de información de quien conduce a diario.

Cómo evitar las nuevas multas y circular conforme a la norma

Para no llevarte un susto en los primeros días de octubre, la receta es sencilla: informarte y cambiar pequeños hábitos. En adelantamientos, no basta con abrir espacio: reduce la velocidad. Si llevas un patinete eléctrico, asegúrate de que tu hijo tiene al menos 15 años cumpleaños y de que ambos usáis casco. Los motoristas tendrán que comprobar que el calzado cubre el pie completo y que los guantes están a mano para las salidas a carretera.

En cuanto al móvil, la DGT recuerda que ni apoyarlo en el regazo ni llevarlo en la mano mientras el coche está detenido en un semáforo es legal. Si necesitas manipular el GPS, para el motor y estaciona en un lugar seguro.

El nuevo Reglamento no solo cambia las reglas para los coches: motoristas y usuarios de patinetes eléctricos también tendrán que actualizar su equipamiento y su forma de circular si no quieren exponerse a sanciones inmediatas.

Análisis: ¿una reforma necesaria o un nuevo frente para el conductor?

En la práctica, muchas de estas medidas ya eran recomendaciones o formaban parte de normativas autonómicas. Lo novedoso es que ahora el texto nacional las convierte en obligaciones con sanción económica directa. La reducción de los límites de velocidad en carreteras convencionales a 100 km/h es, probablemente, el punto más polémico. La DGT justifica la cifra con datos de siniestralidad, pero algunos colectivos de conductores consideran que penaliza sin distinción a vehículos modernos que frenan mejor y equipan sistemas de asistencia.

Por otro lado, la obligación de reducir 20 km/h al adelantar a ciclistas es un avance claro en seguridad vial, aunque exige un hábito nuevo al volante: no basta con mover el codo, hay que levantar el pie del acelerador. En ciudad, los cambios para VMP y motoristas van en la línea de lo que ya funcionaba en capitales europeas, pero pillan a muchos usuarios desprevenidos.

Mi lectura es que la reforma es coherente en su objetivo de proteger al vulnerable, pero su comunicación debería ser mucho más intensa. Que la ley entre en vigor sin un periodo de adaptación informado puede convertir los primeros días en un goteo de multas que poco tendrán que ver con la conducción temeraria. Si circulas con frecuencia, revisa hoy mismo el BOE y adapta tus rutinas: los 200 euros y los puntos ya están sobre el asfalto.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: Incumplir la reducción de velocidad de 20 km/h al adelantar a ciclistas, peatones, ciclomotores o VMP en vías interurbanas.
  • Sanción económica: 200 euros.
  • Puntos del carnet: 3 puntos.
  • Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026.

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