El Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado una ordenanza municipal que endurece las condiciones de circulación para patinetes eléctricos, con multas de hasta 500 euros por las infracciones más graves y la exigencia de casco, seguro de responsabilidad civil y certificado de circulación. La nueva regulación entra en vigor este mismo año y afecta a todos los vehículos de movilidad personal (VMP) que rueden por la capital hispalense.
Qué obligaciones trae la nueva normativa de patinetes en Sevilla
La ordenanza no deja resquicio a la improvisación. Los conductores deben tener al menos 15 años cumplidos y llevar el casco siempre abrochado, con independencia del tipo de vía o la distancia del trayecto. Además, cada VMP tiene que contar con un seguro de responsabilidad civil y un certificado de circulación que acredite que cumple las características técnicas exigidas.
La velocidad máxima se fija en 25 km/h y, en los carriles bici, solo pueden circular modelos con una potencia inferior a 250 W. Queda expresamente prohibido transportar pasajeros: son vehículos unipersonales. Tampoco se permite el uso de auriculares, el teléfono móvil al volante ni la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas.
Dónde se puede circular y dónde no
Los patinetes deben usar preferentemente los carriles bici, las vías ciclistas y, en su defecto, la calzada, siguiendo criterios similares a los de las bicicletas. Circular por aceras y zonas peatonales está terminantemente prohibido, una de las conductas que más sanciones genera. En tramos compartidos con peatones, la velocidad debe reducirse y, si hay mucha afluencia, el conductor puede verse obligado a bajarse del patinete.
El estacionamiento también está regulado: no se puede aparcar en aceras, anclar el vehículo a farolas o señales, ni bloquear el paso. Solo están permitidos los espacios habilitados específicamente para VMP.
- Casco obligatorio: siempre, sin excepciones.
- Seguro de responsabilidad civil: documento que cubra daños a terceros.
- Certificado de circulación: acredita que el patinete cumple los requisitos técnicos.
- Velocidad máxima 25 km/h y potencia limitada a 250 W en carriles bici.
- Prohibido el alcohol y las drogas al manillar, así como el móvil y los auriculares.
De cuánto son las multas: hasta 500 euros
La sanción económica varía según la infracción. No llevar casco, circular siendo menor de 15 años o incumplir las limitaciones técnicas puede costar hasta 200 euros. En cambio, las conductas más peligrosas —como pilotar bajo los efectos del alcohol o las drogas, o provocar un accidente por una infracción grave— pueden acarrear multas de 500 euros.
Las sanciones no solo afectan al bolsillo: acumular varias infracciones o cometer un hecho muy grave puede derivar en la inmovilización del vehículo. Además, hay que recordar que la Dirección General de Tráfico (DGT) también está a punto de estrenar una normativa nacional para VMP, que entrará en vigor el próximo 1 de octubre de 2026 y que comparte muchos puntos con la ordenanza sevillana.
Sin casco, sin seguro y sin certificado, tu patinete no podrá circular por Sevilla. La multa puede llegar hasta los 500 euros en los casos más graves.
Análisis Merca2.es: una ordenanza necesaria pero de difícil control
Desde Merca2.es Movilidad valoramos que Sevilla dé un paso hacia una movilidad más segura. Obligar a tener seguro y certificado homologa los VMP al resto de vehículos y otorga una protección real al conductor y a los peatones. Sin embargo, la letra pequeña deja dudas.
La obligación de contar con un certificado de circulación supone que cada propietario debe acudir a un organismo autorizado para homologar su patinete. Hoy, la red de puntos de inspección para estos vehículos es muy escasa. ¿Se van a habilitar suficientes centros antes de que la policía local empiece a multar? La experiencia de ciudades que han implantado normas similares indica que los primeros meses suelen estar llenos de recursos y confusión.
Otro punto delicado es la prohibición total de circular por aceras. En muchos barrios, los carriles bici no llegan a todas las calles y el conductor se ve forzado a elegir entre la calzada (a menudo con tráfico denso) o la acera. La norma es clara, pero su cumplimiento masivo requerirá una red ciclista mucho más tupida de la que tiene Sevilla hoy.
Por último, la convivencia con los peatones en zonas compartidas es un reto. La ordenanza obliga a reducir la velocidad y, en caso de aglomeración, a desmontar. Es una medida sensata, pero difícil de vigilar sin agentes sobre el terreno. Confiar en la buena voluntad de los usuarios puede no ser suficiente cuando las sanciones solo se imponen si hay denuncia o presencia policial.
En definitiva, la nueva regulación supone un avance en seguridad vial, pero su éxito dependerá de los medios que el Ayuntamiento ponga para hacerla cumplir y de la rapidez con que se habilite la infraestructura de certificación y la red de carriles bici.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: Ordenanza municipal de Sevilla que obliga a usar casco, tener seguro, certificado de circulación y prohíbe circular por aceras o bajo los efectos del alcohol en patinetes eléctricos.
- Sanción económica: Hasta 200 euros por infracciones leves (sin casco, menor de 15 años, incumplimiento técnico) y hasta 500 euros por infracciones graves (alcohol, drogas, conducción temeraria).
- Puntos del carnet: No aplica (los VMP no restan puntos del permiso de conducir, aunque pueden derivar en otras consecuencias si se cometen con un vehículo que sí exija carnet).
- Entrada en vigor: Aprobada en 2026; las sanciones se aplican ya en las calles de Sevilla.




