La Dirección General de Tráfico (DGT) prepara la implantación de un nuevo tipo de radar móvil con ruedas, denominado radar remolque, que sancionará los excesos de velocidad en las carreteras españolas. Estos dispositivos, que recuerdan a una lavadora por su forma, pueden vigilar hasta seis carriles de forma simultánea y son más difíciles de percibir por los conductores infractores.
Qué son los radares remolque y cómo funcionan
La DGT quiere incorporar una herramienta que ya se utiliza en Francia desde hace tiempo: los radares remolque. Se trata de pequeños trailers equipados con la última tecnología de detección de velocidad que se acoplan a un vehículo y se desplazan con gran facilidad, lo que permite ubicarlos en distintos puntos de la red viaria sin necesidad de instalaciones fijas.
Una de sus principales diferencias frente a los radares fijos o los cinemómetros convencionales es que no necesitan estar previamente identificados. Esta característica los hace mucho más difíciles de localizar por quienes conducen por encima de los límites permitidos. Según fuentes de la DGT, el sistema es capaz de detectar decenas de vehículos a la vez incluso en zonas con hasta seis carriles de circulación.
Dónde empezarán a multar estos radares y cuándo
La intención inicial de Tráfico es desplegar los radares remolque en tramos en obras, donde los excesos de velocidad y los adelantamientos peligrosos son especialmente frecuentes. Posteriormente se ampliará su presencia a otras vías interurbanas —autovías, autopistas y carreteras convencionales— en función de los datos de siniestralidad.
No hay una fecha oficial de entrada en funcionamiento. La DGT, a través de sus canales habituales, ha confirmado el proyecto pero no ha concretado el calendario. Se espera que los primeros dispositivos empiecen a sancionar a lo largo de este mismo año, sin fase de aviso previo a los conductores.
El radar remolque no multa por una punta de velocidad, sino que puede sancionar a todos los vehículos que circulen por encima del límite en un tramo completo sin que el conductor identifique su presencia.
Las multas por exceso de velocidad que te pueden caer
Las sanciones serán exactamente las mismas que las que aplica cualquier radar en España, tal y como establece la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación. Las cuantías varían según el exceso de velocidad cometido:
- Exceso de hasta 20 km/h sobre el límite: multa de 100 euros, sin pérdida de puntos.
- Exceso de 21 a 30 km/h: 300 euros y 2 puntos del carnet.
- Exceso de 31 a 40 km/h: 400 euros y 4 puntos.
- Exceso de 41 a 50 km/h: 500 euros y 6 puntos.
- Exceso superior a 50 km/h: 600 euros y 6 puntos (puede acarrear además responsabilidad penal).
Además, el hecho de que el dispositivo no esté señalizado no exime de la sanción: la normativa vigente no obliga a preavisar la ubicación de los radares móviles.
¿Son más seguros estos radares o una nueva forma de recaudar?
En los países donde ya se utilizan, como Francia, los radares remolque han demostrado su eficacia para reducir la velocidad media en tramos conflictivos. Su ventaja disuasoria es evidente: al no saber el conductor si el pequeño remolque aparcado en el arcén es un radar o un vehículo de mantenimiento, se refuerza la prevención durante todo el trayecto.
Sin embargo, la falta de identificación genera dudas entre los conductores. La DGT defiende que el objetivo es exclusivamente la mejora de la s eguridad vial, especialmente en zonas de obras donde cada año se producen decenas de accidentes con víctimas. En mi lectura, la medida es razonable siempre que se limite a esos tramos y se acompañe de campañas de información claras. De lo contrario, el riesgo es que el conductor perciba el radar como un simple afán recaudatorio.
Mientras se concreta el despliegue, la recomendación es sencilla: respeta los límites de velocidad, sobre todo en los tramos de obras señalizados. El radar remolque no avisa y, cuando quieras darte cuenta, ya te habrá cazado.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: Implantación de radares remolque móviles que sancionan excesos de velocidad sin necesidad de estar previamente identificados.
- Sanción económica: Dependerá del exceso de velocidad cometido (entre 100 y 600 euros, según la Ley de Seguridad Vial).
- Puntos del carnet: De 0 a 6 puntos, en función de la gravedad de la infracción.
- Entrada en vigor: Prevista a lo largo de 2026, sin fecha oficial confirmada. Empezará en tramos de obras.




