DGT: multa de 200 euros por adelantar por la derecha, no confundas ‘adelantar’ con ‘rebasar’

La confusión entre adelantar y rebasar provoca sanciones de 200 euros en vías interurbanas. La prohibición de adelantar por la derecha se aplica incluso si el otro coche ocupa el carril izquierdo sin motivo.

La DGT multa con 200 euros por adelantar por la derecha en vías interurbanas, una confusión habitual con el rebasamiento. La sanción no resta puntos del carnet, pero sí supone un desembolso considerable para una maniobra que muchos conductores ejecutan sin ser conscientes de su ilegalidad.

El origen del error está en asimilar como iguales dos términos que el Reglamento General de Circulación trata de forma distinta. Adelantar implica cambiar de carril para superar a un vehículo más lento y, en vías interurbanas, debe hacerse siempre por la izquierda. Rebasar, en cambio, significa sobrepasar a otro coche sin necesidad de efectuar un adelantamiento completo, una maniobra que sí está permitida en determinados escenarios.

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La DGT recuerda que, despues de completar un adelantamiento, el conductor debe volver al carril derecho. Sin embargo, muchos conductores consideran que si el vehículo que circula por la izquierda no se aparta, están legitimados para superarlo por la derecha. La legislación lo niega tajantemente.

Qué conducta sanciona exactamente la DGT

La infracción se produce cuando un turismo supera por la derecha a otro que circula delante en una autovía, autopista o carretera convencional de doble sentido. El hecho de que el coche adelantado permanezca en el carril izquierdo sin estar realizando un adelantamiento —el conocido como síndrome del carril izquierdo— no exime de responsabilidad a quien ejecuta la maniobra indebida. La DGT califica esta acción como adelantamiento prohibido, no como rebasamiento, y la sanciona con 200 euros.

El matiz es importante porque el propio Reglamento General de Circulación contempla situaciones en las que rebasar por la derecha sí es legal. La clave está en el tipo de vía y en las circunstancias del tráfico.

Cuándo se puede rebasar por la derecha y cuándo no

La normativa autoriza el rebasamiento por la derecha en los siguientes casos:

  • En vías urbanas con varios carriles para el mismo sentido de circulación, donde cada usuario puede elegir el carril que más le convenga según su destino.
  • En retenciones de tráfico, cuando una fila avanza a mayor velocidad que otra sin que exista un cambio de carril orientado a superar a un vehículo concreto.
  • En los carriles de aceleración y deceleración que sirven para acceder o abandonar una vía rápida.

Fuera de estas excepciones, cualquier superación por la derecha en una vía interurbana se considera adelantamiento indebido. La multa de 200 euros puede imponerse incluso si no se invade otro carril o si la señalización horizontal lo permite: lo que sanciona la DGT es, precisamente, la decisión de efectuar un adelantamiento por el lado no habilitado para ello.

Adelantar por la derecha en vías interurbanas te costará 200 euros, incluso si el otro coche ocupa el carril izquierdo sin motivo.

La confusión entre ambos conceptos es tan frecuente que la propia DGT ha difundido en sus canales oficiales recordatorios sobre la obligación de adelantar siempre por la izquierda fuera de poblado. Sin embargo, ni las campañas ni los mensajes de concienciación han logrado eliminar por completo la práctica, especialmente en tramos de autovía con tráfico denso donde el carril izquierdo está constantemente ocupado por vehículos que no están adelantando.

Una sanción que genera debate entre los conductores

La medida divide opiniones. De un lado, los partidarios de una vigilancia más estricta sobre el uso indebido del carril izquierdo consideran que la multa es un instrumento disuasorio necesario. De otro, numerosos automovilistas señalan que la conducta que debería perseguirse con más empeño es precisamente la de quien circula de forma continuada por la izquierda, ya que es esa ocupación la que fuerza a otros a buscar alternativas indebidas.

Lo cierto es que la sanción de 200 euros, aunque no conlleva pérdida de puntos, resulta lo suficientemente elevada como para hacer reflexionar a cualquiera que alguna vez haya dudado entre esperar pacientemente o rebasar por la derecha. La proporcionalidad de la multa, en comparación con otras infracciones que sí restan puntos, alimenta además la discusión sobre si debería endurecerse con la retirada de algún crédito del permiso.

Mientras tanto, la mejor estrategia para no sufrir la sanción es interiorizar la diferencia entre adelantar y rebasar y, en vías interurbanas, realizar siempre los adelantamientos por la izquierda. Si el carril izquierdo permanece ocupado, la vía legal es esperar a que el otro conductor se aparte, no improvisar una maniobra que la DGT ya ha dejado claro que considerará infracción.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: Adelantar por la derecha en vías interurbanas, aunque el vehículo superado ocupe el carril izquierdo sin estar adelantando.
  • Sanción económica: 200 euros.
  • Puntos del carnet: No aplica.
  • Entrada en vigor: Ya vigente, recogido en el Reglamento General de Circulación.

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