Reclamar multa radar A-7: error de la DGT permite recuperar hasta 300 euros

El radar de tramo sancionaba con hasta 300 euros a conductores que circulaban dentro del límite señalizado de 100 km/h. La DGT ya anula las sanciones y devuelve el dinero a quienes reclamen.

La Dirección General de Tráfico ha empezado a anular de oficio las multas impuestas por un radar de tramo en la A-7, entre San Roque y Algeciras (Cádiz). El motivo: una contradicción entre la señalización visible y la velocidad configurada en el sistema, que ha permitido sancionar a conductores que circulaban dentro del límite legal. Quienes hayan pagado ya la sanción pueden reclamar la devolución de hasta 300 euros.

Qué ha ocurrido con el radar de tramo de la A-7

El caso saltó a la luz pública gracias a Alfonso García, ‘Motorman’, en el programa ‘Poniendo las Calles’ de la COPE. Según su denuncia, existía «una contradicción entre la señalización vertical y la velocidad configurada en el sistema de control de radares». La señal fija indicaba un límite de 100 km/h, mientras el radar de tramo sancionaba a partir de 80 km/h.

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Los radares de tramo miden la velocidad media entre dos puntos: una cámara registra la matrícula y la hora de entrada, y otra hace lo mismo al final del recorrido. Si el promedio supera el umbral almacenado, se emite la sanción. En este caso, el umbral interno no coincidía con la señalética, por lo que muchos conductores fueron multados sin haber infringido realmente la norma.

Uno de los afectados, un empleado de Arreza Seguros, recibió dos multas en el mismo punto: 300 euros el 22 de septiembre de 2025 y 100 euros el 15 de octubre. Tras recurrir, la DGT reconoció el error y revocó ambas sanciones el 5 de marzo de 2026. En su resolución, el organismo concluyó que no procedía imponer la multa y acordó su anulación.

La DGT ha ordenado tapar los indicativos de velocidad de los radares afectados para evitar que se repita este fallo de configuración.

Por qué se anularon las multas y desde cuándo se puede reclamar

La revocación de oficio comenzó tras las primeras reclamaciones, pero el error afecta a todas las sanciones impuestas en ese tramo desde agosto de 2025. La DGT ya está dejando sin efecto los expedientes, aunque los conductores que hayan abonado la multa pueden iniciar el trámite de devolución.

El límite real para los vehículos era de 100 km/h, y circular a esa velocidad no constituye infracción. Solo quienes sobrepasaran esa cifra habrían cometido una falta. La multa de 300 euros se reserva para excesos superiores a 30 km/h (en este caso, más de 130 km/h), mientras que la de 100 euros corresponde a un exceso de entre 20 y 30 km/h (entre 100 y 110 km/h reales). Por tanto, miles de sanciones se basaron en un cálculo incorrecto.

Cómo reclamar la devolución de la multa paso a paso

Si recibiste una sanción en la A-7 entre San Roque y Algeciras a partir de agosto de 2025, puedes presentar una reclamación ante la DGT. El proceso no requiere abogado y se puede iniciar por vía electrónica o presencial:

  1. Revisa el expediente sancionador. Localiza la fecha, el punto kilométrico y verifica si corresponde al tramo afectado.
  2. Escribe un recurso de reposición. Explica la contradicción entre la señalización de 100 km/h y la velocidad de 80 km/h usada por el radar. Puedes citar la resolución del 5 de marzo de 2026 como precedente.
  3. Aporta documentación. Adjunta copia de la multa, el justificante de pago (si abonaste) y el informe del radar si lo tienes.
  4. Envía el recurso a la Jefatura Provincial de Tráfico de Cádiz o utiliza la sede electrónica de la DGT.
  5. Sigue el estado del expediente. La administración dispone de tres meses para responder. Si no contesta, se entiende desestimado por silencio administrativo, pero puedes recurrir entonces a la vía judicial.

Alfonso García recomienda no dejarse llevar por el descuento del 50% por pronto pago sin revisar antes el caso: «Si pagas, luego es más difícil recuperar el dinero».

Un fallo que pone en duda la fiabilidad de los controles automáticos

Que un radar de tramo mantenga durante meses una configuración errónea no es un hecho aislado; revela una debilidad en los sistemas de verificación automática. Los radares se revisan periódicamente, pero el desajuste entre la señalización física y el software del cinemómetro solo se detectó gracias a la denuncia de un particular.

La DGT ha actuado con rapidez al revocar las sanciones, pero el daño ya está hecho. Muchos conductores pagaron multas injustas, perdieron días de permiso retribuido para trámites o vieron su saldo de puntos mermado sin haber cometido infracción.

Lo cierto es que este episodio demuestra que el conductor no está indefenso: la ley de tráfico y el propio reglamento sancionador prevén la revisión de oficio cuando se constata un error material. Quienes hayan sufrido una multa en ese tramo tienen ahora la oportunidad de recuperar su dinero. Eso sí, conviene actuar cuanto antes, porque el derecho a reclamar caduca a los cuatro años desde la notificación de la sanción.

En definitiva, revisar las multas antes de pagar y no fiarse a ciegas de la tecnología puede ahorrar más de un disgusto y, en este caso, hasta 300 euros.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: Error de configuración del radar de tramo de la A-7 (San Roque-Algeciras), que sancionaba a partir de 80 km/h cuando la señal indicaba 100 km/h.
  • Sanción económica: Reembolso de hasta 300 euros de la multa pagada, o anulación de la sanción pendiente.
  • Puntos del carnet: Los puntos descontados (si los hubo) se recuperan automáticamente con la revocación de la sanción.
  • Entrada en vigor: La anulación de oficio está en marcha desde el 5 de marzo de 2026; las reclamaciones pueden presentarse para sanciones emitidas desde agosto de 2025.

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