Plan Hacienda 2026: rentas ocultas en el exterior, neobancos y cripto bajo lupa

La Inspección estrecha el cerco sobre cuentas en neobancos y criptoactivos fuera de España. Si tienes más de 50.000 euros en el extranjero y no has presentado el modelo 720, las sanciones arrancan en 5.000 euros por dato omitido. Regularizar voluntariamente ahora puede librarte d

santander autonomos

La Inspección de Hacienda ha girado el foco hacia las cuentas en neobancos y las plataformas de criptoactivos. Si manejas ahorros en entidades como Revolut, N26, Wise o tienes inversiones en Binance, Coinbase o Kraken con fondos radicados fuera de España, la Agencia Tributaria ya tiene herramientas para detectar esas rentas ocultas y te puede caer una sanción por no haberlas declarado.

El mensaje de la AEAT es claro: el uso de plataformas digitales ha dejado de ser un agujero negro. Desde 2024, el intercambio automático de información financiera (CRS) y la directiva europea DAC7 obligan a los neobancos y plataformas de inversión a reportar los saldos y movimientos de residentes fiscales españoles. Y Hacienda ya cruza esos datos con lo que tú declaras.

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¿En qué se fija ahora Hacienda?

La estrategia 2026 que ha adelantado Expansión apunta a tres blancos concretos. El primero son los neobancos con IBAN extranjero (de Lituania, Alemania o Reino Unido, por ejemplo) que los contribuyentes usan como cuenta principal o secundaria sin informar a la AEAT. El segundo, las plataformas de criptoactivos que no residen en España y que, hasta ahora, escapaban fácilmente del radar fiscal. Y el tercero, los contribuyentes que han aflorado rentas en el exterior sin presentar el modelo 720 o sin incluirlas en su IRPF.

La Inspección recurre a procedimientos de comprobación limitada y a los datos recibidos automáticamente de más de 100 países. Si Hacienda detecta un saldo medio o un saldo a 31 de diciembre en el extranjero superior a 50.000 euros y tú no has presentado el modelo 720, la multa arranca en 5.000 euros por cada dato omitido (artículo 52 bis de la Ley General Tributaria). Y para los criptoactivos, la misma normativa de bienes en el exterior aplica desde 2023.

Cómo te afecta y qué debes hacer ya

El perfil más expuesto es el de cualquier contribuyente con cuentas o criptomonedas fuera de España que no haya incluido esas posiciones en su declaración de la renta. Puede tratarse de un inversor con algo de bitcoin en Binance, un autónomo que cobra por Wise o un jubilado que mantuvo una cuenta en un neobanco alemán heredada de su etapa como emigrante.

Lo primero es comprobar si superas los umbrales que obligan a informar:
Cuentas en entidades financieras en el extranjero: cuando el saldo a 31 de diciembre o el saldo medio del último trimestre rebasa los 50.000 euros (conjunto de todas las cuentas).
Criptoactivos situados en el extranjero: cuando su valor a 31 de diciembre supera los 50.000 euros.

Si estás por encima de esos límites y no has presentado el modelo 720 a tiempo (plazo entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año), la regularización voluntaria antes de que Hacienda te abra un expediente puede evitar sanciones muy duras. Presenta el modelo fuera de plazo, paga los recargos por extemporaneidad (entre el 1 % y el 15 % del valor de los bienes no declarados) y, sobre todo, regulariza las rentas que esos activos hayan generado en el IRPF de los últimos ejercicios no prescritos.

Ojo con el error más frecuente: pensar que los neobancos “no cuentan”. Cualquier IBAN que empiece por letras que no sean ES (LT, DE, GB…) es una cuenta en el extranjero a efectos fiscales. Y Hacienda lo sabe porque los neobancos ya reportan a las autoridades de su país, que a su vez transmiten esos datos a España.

Lo que pasa de verdad: Hacienda aprieta porque tiene los datos

Esta no es una campaña de avisos vacíos. Desde 2018, la AEAT recibe cada año más de 10 millones de registros financieros de contribuyentes españoles a través del CRS. La diferencia en 2026 es que ya ha terminado de integrar toda esa información en sus sistemas de cruce y ahora la usa activamente para abrir inspecciones en lugar de solo para requerimientos masivos.

En el caso de los criptoactivos, el salto lo dio la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude, que equiparó las monedas virtuales a los bienes en el exterior. El primer año en que se exigió el modelo 720 para cripto fue 2024 (con información a cierre de 2023) y los expedientes sancionadores por no presentarlo o por presentarlo mal están empezando a llegar ahora. Por eso la Inspección pone en su punto de mira a quienes han omitido estas obligaciones en los últimos dos años.

La Agencia Tributaria ha dejado claro que no busca solo recaudar: el objetivo es que ningún contribuyente pueda esconder patrimonio digital fuera del control fiscal. Para los afectados, la vía más sensata es anticiparse: regularizar voluntariamente antes de recibir la temida carta certificada con acuse de recibo. Las sanciones por no declarar el modelo 720 alcanzan los 10.000 euros por dato (5.000 euros por cada incumplimiento), sin contar los recargos del IRPF y los intereses de demora.

La semana que viene estaremos atentos a si Hacienda publica alguna nota oficial con más detalles sobre el plan de inspección de neobancos. Mientras tanto, revisar los extractos de tus cuentas y la valoración de tus criptoactivos a 31 de diciembre de 2025 es la medida más práctica que puedes tomar hoy.

Guía rápida del trámite

  • 📅 Plazos: La obligación de informar sobre bienes en el exterior (modelo 720) se presenta anualmente entre el 1 de enero y el 31 de marzo. Si no llegaste a ese plazo, la regularización voluntaria es posible en cualquier momento.
  • Requisitos clave: Debes presentar el modelo si el valor de tus cuentas o criptoactivos en el extranjero supera los 50.000 euros a 31 de diciembre. También estás obligado si el saldo medio del último trimestre sobrepasa esa cifra.
  • 🌐 Dónde solicitarlo: En la sede electrónica de la AEAT, con certificado digital o Cl@ve. El modelo se rellena y envía exclusivamente por esa vía.
  • 💰 Importe o coste: El modelo 720 no conlleva pago de impuesto, solo es informativo. La sanción por no presentarlo asciende a 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos omitidos, con un mínimo de 10.000 euros.
  • ⚠️ Error a evitar: Creer que los neobancos con IBAN extranjero no cuentan como cuentas en el exterior. Cualquier entidad financiera fuera de España obliga a informar si se superan los umbrales.

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