
Si naciste en 1974 o antes y te has quedado sin trabajo, puedes cobrar un subsidio de 480 euros al mes hasta que cumplas la edad de jubilación. El SEPE lo reconoce siempre que acredites al menos 15 años cotizados y reúnas el resto de condiciones. Vamos por partes.
Quién puede pedirlo y qué requisitos exige el SEPE
El subsidio para mayores de 52 años —oficialmente la prestación por desempleo para mayores de esa edad— está pensado para quienes agotan el paro o una prestación anterior y tienen edad suficiente para que buscar empleo sea especialmente difícil. Los nacidos en 1974 cumplen los 52 en 2026, así que desde este año ese grupo ya puede acceder.
El requisito de edad se mira en la fecha del hecho causante, es decir, cuando agotas la prestación contributiva o el subsidio previo. Junto a él hay que sumar otros cinco puntos clave:
- Estar en desempleo total e inscrito como demandante de empleo.
- Haber cotizado por jubilación al menos 15 años, de los cuales al menos dos deben estar dentro de los últimos 15 años.
- Carecer de rentas propias superiores al 75% del SMI.
- No haber llegado a la edad ordinaria de jubilación ni tener derecho a pensión contributiva.
- Haber agotado la prestación contributiva o un subsidio anterior y mantener la inscripción.
La cotización por la contingencia de jubilación es el dato que más consultas genera: los 15 años se cuentan sumando todos los días cotizados, no solo los de la última empresa. Si la vida laboral suma ese mínimo, el SEPE lo computa aunque haya periodos sin actividad.
Cuánto se cobra, durante cuánto tiempo y cómo se pide
La cuantía mensual es el 80% del IPREM vigente, que en 2026 se mantiene en 600 euros al mes, así que el ingreso bruto es de 480 euros. Se cobra hasta la edad ordinaria de jubilación, sin límite máximo de meses; de ahí que muchos lo llamen “el paro hasta la jubilación”.
Hay que solicitarlo dentro de los 15 días hábiles siguientes al agotamiento de la prestación anterior. Si te pasas de plazo, el SEPE deniega la solicitud y tendrías que volver a pedirlo cuando se cumplan de nuevo los requisitos, con el riesgo de perder meses de cobro.
El trámite se hace en la sede electrónica del SEPE, con certificado digital o Cl@ve, o de forma presencial en la oficina de empleo con cita previa. La resolución suele llegar en menos de 15 días y el pago se abona a mes vencido al mismo número de cuenta donde recibías la prestación anterior.
El dato que cambia todo: por qué el SEPE vigila cada año
Este subsidio no es nuevo. Lleva décadas protegiendo a los parados con más edad y menos posibilidades de recolocación, pero se revisa cada cierto tiempo. La última gran reforma, en 2024, unificó las reglas para todos los subsidios del nivel asistencial y mantuvo la exigencia de los 15 años de cotización. El colectivo más directamente beneficiado son los nacidos entre 1972 y 1974 que ahora pierden su empleo. Según los datos del SEPE, más de 400.000 personas perciben cada mes esta ayuda.
Conviene tener presente que Hacienda no la exime de declaración en la Renta: al superar los 14.000 euros anuales de ingresos brutos (incluyendo el SMI) puede que tengas que presentar el IRPF, aunque por su cuantía modesta rara vez salga a pagar. Además, el SEPE actualiza la cuantía automáticamente cuando sube el IPREM, sin necesidad de nueva solicitud.
El horizonte a corto plazo es de estabilidad: el sistema de protección por desempleo se revisó con vocación de permanencia, pero la edad de jubilación se va retrasando y el subsidio se estira con ella. Para quien hoy tiene 52 años, la ayuda puede rondar los 60.000 euros en total hasta los 67.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: 15 días hábiles desde el agotamiento del paro o subsidio anterior. Sin fecha de cierre una vez iniciado.
- ✅ Requisitos clave: Tener 52 años o más (en 2026, nacidos en 1974 o antes), 15 años cotizados a jubilación, carecer de rentas elevadas y estar inscrito como demandante de empleo.
- 🌐 Dónde solicitarlo: Sede electrónica del SEPE (sede.sepe.gob.es) con certificado digital o Cl@ve; también presencial en la oficina de empleo con cita previa.
- 💰 Importe o coste: 480 euros al mes (80% del IPREM). Se cobra hasta la edad de jubilación.
- ⚠️ Error a evitar: Presentar la solicitud fuera de los 15 días hábiles; el SEPE la deniega y hay que reiniciar el proceso.





