El motivo por el que deberías firmar el contrato de arras ante notario

El contrato de arras es un documento privado que se firma previamente a la compraventa de un inmueble y a la solicitud de una hipoteca. Tanto el comprador como el vendedor firman este contrato para, establecer un compromiso por ambas partes y, poder llevar a cabo con seguridad la operación. De esa manera el inmueble deja de estar a la venta y el comprador cierra su periodo de búsqueda particular. Normalmente el comprador entrega una señal del precio de venta al vendedor, para garantizar que se va a realizar posteriormente la transacción completa. Todos estos datos quedan recogidos en el contrato de arras.

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Las arras pueden ser de carácter confirmatorio, penitencial o penal pero en cualquier caso ante el incumplimiento del contrato se debe hacer frente a una cuantía monetaria, al cumplimiento del mismo o a una indemnización por daños y perjuicios.

Ventajas de firmar el contrato de arras ante notario

Legalmente el contrato de arras tiene la misma validez tanto si se firma ante notario como si no. Por este motivo no es obligatorio hacerlo de esta manera, pero sí recomendable. El motivo por el que deberías firmar este documento ante notario es por la seguridad y la garantía que obtendrás tras ser supervisado por un experto. El contenido del contrato de arras es revisado y explicado de forma detallada a cada una de las partes con las implicaciones que conlleva. Tanto el comprador como el vendedor adquieren una responsabilidad, de la que deben asumir las consecuencias en caso de incumplir con su parte.

Llevar a cabo este procedimiento ante notario permite añadir cláusulas adicionales. El profesional especificará, en la firma del contrato de arras, los factores que son importantes a tener en cuenta y deben quedar reflejados en el documento. Es una de las grandes ventajas que se obtienen al hacerlo ante notario, ya que así evitarás dejar fuera aspectos que condicionen la compraventa inmobiliaria. Los gastos que implique la firma del contrato de arras ante notario normalmente corren a cargo del comprador, al igual que el cambio de registro de la propiedad.

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Si este proceso no se realiza ante notario, suele ser la agencia inmobiliaria la encargada de facilitar el contrato de arras, para la firma de ambas partes implicadas, ya que es la intermediaria que gestiona la compraventa del inmueble.

Partes de un contrato de arras

En este documento deben quedar detallados tanto los pactos a cumplir como los plazos en los que deben llevarse a cabo. La información principal que debe recoger este contrato preparatorio incluye:

  • Datos personales: las partes implicadas en la compraventa deben aportar la documentación necesaria para firmar el contrato en todos los ámbitos vinculantes.
  • Identificación de la propiedad: el contrato debe indicar todos los aspectos relevantes que caractericen la valoración del inmueble.
  • Cargas económicas, limitaciones u otras circunstancias.
  • Precio tanto de la propiedad como de la señal que se pacta previa a la compraventa. Suele establecerse un porcentaje entre un 5% y un 10% del precio de venta en concepto de arras .
  • Plazo para el otorgamiento de la escritura pública del contrato de compraventa.
  • Fijación de gastos que conlleve la operación.
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Debes tener en cuenta que estos puntos tan solo son los mas relevantes del contrato de arras, pero no necesariamente los únicos. De hecho cada caso concreto cuenta con especificaciones que un notario puede realizar detalladamente.