Dos sentencias ratifican la nulidad del IRPH y dan a elegir entre anular el contrato o cambiar al euríbor

El Juzgado de Primera Instancia 7 de Pamplona ha fallado dos nuevas sentencias que anulan el IRPH-Cajas y que permiten al afectado elegir la mejor opción para «resarcir el perjuicio económico causado», según ha indicado Asufin a través de un comunicado.

En concreto, explica que el juez ha preguntado al afectado por el «camino a seguir»: por un lado, está la posibilidad de anular todo el contrato, con la devolución por parte de la entidad financiera de los intereses cobrados; o la sustitución del índice por el euríbor.

La asociación señala que, de esta forma, se sigue la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su último auto sobre el índice IRPH, de 17 de noviembre de 2021, por la cual el juez debe dar a elegir al consumidor si este opta por la nulidad del contrato, «con todas sus consecuencias», o que el juez aplique un sustitutivo.

La presidenta de Asufin, Patricia Suárez, señala que estas sentencias son «ejemplares», ya que «dan la palabra al afectado y le permiten elegir lo que más le conviene». «Una vez declarado nulo el IRPH, el juez da la posibilidad al cliente de elegir cómo ser resarcido», concluye.

José María Lanseros
José María Lanseros
José María. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Redactor especializado en el sector financiero, en especial lo relacionado con banca y seguros. Me encanta mezclar y empresa y deporte y estoy empezando a tomarle el pulso al sector de las telecos.