Batacazo del Tribunal Supremo a los hijos que trabajan con sus padres autónomos

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La situación para los padres autónomos que quieren introducir en su negocio a las nuevas generaciones no es nada fácil. Y menos ahora, que una nueva sentencia del Tribunal Supremo ha determinado que los hijos que trabajen como asalariados para sus padres dados de alta en el RETA no tendrán derecho a cobrar la prestación por desempleo si conviven con ellos.

Este fallo reafirma la decisión que el Alto Tribunal ya recogió en una sentencia del año 2019, por lo que crea jurisprudencia. La prestación por desempleo solo será posible en aquellos casos en los que el hijo viva de forma independiente de su progenitor.

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Se pretende evitar fraudes

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La contratación de familiares por parte del autónomo es un tema bastante complejo. Si la regulación es tan estricta es porque se pretende evitar fraudes. Que una persona supuestamente tenga a un familiar colaborando en su negocio y unos meses después se produzca el fin de la relación laboral solo con la finalidad de poder acceder a una prestación pública de desempleo.

Sin embargo, una regulación tan estricta deja desamparados a aquellos que han establecido una relación de colaboración o de trabajo con sus familiares y, por cualquier circunstancia, acaban quedándose sin empleo, porque se pueden ver privados de su derecho a cobrar el paro. Lo que supone un grave agravio comparativo con respecto a cualquier otro asalariado.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.