domingo, 15 diciembre 2024

El Tribunal de Cuentas pide a las empresas públicas examinar con auditorías sus controles de riesgos penales

El Tribunal de Cuentas quiere que las sociedades mercantiles estatales realicen periódicamente auditorías externas o internas, independientes del órgano de vigilancia, sobre el efectivo funcionamiento de sus sistemas de prevención de delitos y de ética.

Así lo plantea el órgano fiscalizador en su ‘Informe de Fiscalización del grado de implementación de los modelos de prevención de delitos y de comportamientos contrarios a la ética en las sociedades mercantiles estatales en el ejercicio 2018’.

En el documento se insta las sociedades a incorporar estos sistemas a su planificación estratégica, incorporar los riesgos de estos comportamientos a los procedimientos de gestión, a simplificar los canales de comunicación y promover el conocimiento de estos sistemas y aportar claridad a los manuales con el fin de facilitar su aplicación práctica, como por ejemplo una política de regalos expresamente detallada.

También pide que los órganos de vigilancia estén integrados por personal de diferentes niveles de la sociedad y que los trabajadores de estas sociedades participen en la elaboración y revisión de los códigos éticos.

SISTEMAS PARA EVITAR DELITOS Y PROMOVER UNA CULTURA ÉTICA

Esta fiscalización aborda por primera vez las medidas adoptadas por las principales empresas estatales como consecuencia de la extensión de la responsabilidad penal a las personas jurídicas, recogida en la modificación del Código Penal en 2010 y ampliada en 2015 a todas las sociedades mercantiles públicas.

Y es que la ley prevé eximir la responsabilidad penal a la sociedad del delito que se le imputa si tiene implantado un sistema eficaz para evitarlo (sistemas o modelos de cumplimiento normativo penal). Este tipo de sistemas, señala el Tribunal, tiene como objetivo no solo evitar la posible sanción, sino promover una verdadera cultura ética empresarial, basado en principios como la integridad, la independencia, la objetividad, la competencia, la profesionalidad y la transparencia.

La fiscalización no se ha extendido a todas las sociedades estatales, sino a aquellas más relevantes. En total, 30 sociedades que emplean a un total del 80% de toda la plantilla del sector público empresarial, constatando un esfuerzo por poner en marcha estos sistemas de prevención, y «un importante nivel de concienciación» al respecto, con más recursos destinados a este tipo de modelos.

En la redacción del informe, el Tribunal advierte de que «ha primado el enfoque positivo, resaltando los logros y buenas prácticas observadas en algunas de las sociedades», con el fin de «exportar las mejores prácticas al resto de sociedades» e «impulsar y fomentar la prevención de comportamientos delictivos o contrarios a la ética».

De las 30 sociedades, todas menos una había aprobado a 31 de diciembre de 2018 sus planes de prevención de riesgos penales, la mayoría de ellas –23 de las 29– recurriendo a empresas externas para su elaboración, y 27 contaban con códigos éticos y/o de conducta aprobados (9 de ellas con empresas externas). El coste externo para ambos documentos supuso 1,5 millones de euros para 27 sociedades.

EL ÓRGANO DE VIGILANCIA DEPENDE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

En cuanto al nivel de implantación de los sistemas de prevención de riesgos penales, se considera que 11 sociedades tenían implementado el sistema en grado evolucionado; 14 lo tenían implementado pero en grado inicial; tres estaban en fase de desarrollo; y dos contaban con un grado de desarrollo incipiente. Entre las once que contaban con un sistema más evolucionado, hay que destacar a Aena, Ineco, Isdefe, Navantia, Loterías y el Grupo Tragsa.

Por lo que respecta al grado de implantación de sistemas de ética o integridad, en 13 sociedades el sistema estaba implementado en grado inicial; en 14 el sistema se encontraba en fase de desarrollo; en una su desarrollo era incipiente; y en dos la implementación era inexistente. Hay que destacar, por contar con los sistemas cuyo grado de implantación estaba más avanzado, a Ineco, Enusa y el Grupo ENSA, que habían alcanzado ya un cierto grado de desarrollo.

La mayoría de los sistemas analizados preveían directa o indirectamente que el Órgano de Vigilancia dependiera orgánicamente del Consejo de Administración de la propia Sociedad o de la Entidad matriz del Grupo al que aquella pertenecía, sin perjuicio de la independencia del órgano en el ejercicio de sus funciones.

179 DENUNCIAS POR CANALES DE ALERTA

Todas las sociedades tenían, en general, canales de alerta, denuncia y/o consulta y regímenes sancionadores establecidos. Se formularon a través de estos canales un total de 75 denuncias en 2017 y 104 en 2018. El 75% de estos canales tenían prevista su utilización por terceros, lo que potencia su grado de eficacia.

La planificación estratégica de las sociedades no incluía objetivos relacionados con ambos sistemas. Sin embargo, un aspecto muy positivo apreciado por el Tribunal en el caso de Aena y de las sociedades del Grupo Renfe, es que han incorporado la gestión de los riesgos por incumplimientos de la normativa penal en su sistema global de gestión de riesgos, lo que aporta una visión estratégica del conjunto de riesgos a los que se enfrentan, resulta más eficaz y promueve una aplicación más eficiente de los recursos de esas Sociedades.


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