Estado de alarma: esto es lo podrás hacer y lo que no

El domingo pasado se decretó un nuevo estado de alarma, el segundo que se decreta en este año 2020. Esta figura es un régimen excepcional que permite limitar la circulación, requisar bienes o limitar el uso de servicios o consumo de artículos, entre otras cosas. Eso sí, esto no significa que se vayan a hacer todas las medidas, ya que solamente se harán algunas y las cosas no serán como en marzo.

Como al escuchar la frase “estado de alarma” la gente se confunde, vamos a explicar en qué consiste esta vez y en qué te afecta. Vamos a ver lo que puedes y lo que no puedes hacer, la duración que tendrá y si habrá o no un confinamiento, entre otras cosas.

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El papel de las comunidades autónomas

Estado de Alarma

En esta ocasión, el estado de alarma no solamente será una competencia estatal, ya que las comunidades autónomas tendrán más poder de decisión. Por ejemplo, son las comunidades autónomas las que regularán el tema de las reuniones sociales y los confinamientos perimetrales, como veremos después.

De hecho, todo dependerá de las comunidades autónomas a partir del 9 de noviembre, ya que serán ellas las que tomarán el mando con respecto al toque de queda. La figura de la alarma es simplemente para garantizar que las comunidades puedan tomar medidas sin tener que hacer modificaciones permanentes de la ley. Esto se hace porque algunos tribunales estaban tumbando confinamientos, ya que no había una garantía legal para aplicarlos.

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