Si cumples estos requisitos, tendrás una pensión no contributiva

La pensión no contributiva puede ser una buena opción para algunos mayores que reúnan una serie de requisitos. Este tipo de paga se puede cobrar también por invalidez o por hijos, y no solo por edad. Además, son un derecho para aquellas personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad social.

Es un beneficio que no debes confundir con la pensión contributiva, que es totalmente diferente a ésta. En el caso de la no contributiva, es una prestación económica a los ciudadanos incluso si no han cotizado nunca o no han cumplido el tiempo suficiente para recibir una pensión contributiva.

Claves y requisitos para cobrar una pensión no contributiva

Diferencias con una pensión contributiva

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Como sabes, la Seguridad Social tiene un sistema de cobertura para todos los beneficiarios del país. Un sistema de reparto para que el dinero ingresado por los contribuyentes se les pueda devolver de algún modo a los ciudadanos, ya sea por asistencia sanitaria si lo necesitan, o por una pensión para aquellos que no tienen ingresos.

Los que han contribuido durante el tiempo suficiente y se han jubilado tienen derecho a las llamadas pensiones contributivas, es decir, la jubilación tradicional. Mientras que los que no entran en ese rango pueden acogerse a una pensión no contributiva con los requisitos que se mostraban en el apartado anterior. Esa es la diferencia principal entre ambas, y de ahí su nombre.

Como he comentado, una pensión no contributiva cubren también supuestos de jubilación sin haber cotizado o la invalidez. Y eso incluye, no solo la paga mensual, también una cobertura farmacéutica y médica para poder ser atendidos en caso de ser necesario y recibir medicamentos recetados de forma gratuita.

En el caso de la pensión contributiva, sería igual. Se percibe una prestación económica mensual, y también cobertura médica y farmacéutica. Pero en este caso, al haber contribuido a las arcas de la Seguridad Social, la cuantía mensual será superior, tendrá pagas extra, y no tendrá que cumplir ciertos requisitos de los de la no contributiva. En este caso solo se debe cumplir la edad y años cotizados…

Además, la contributiva también cubren incapacidad permanente (total, absoluta o con un grado muy elevado), y fallecimientos (viudedad y orfandad). Algo que no es así en las no contributivas.

Isaac R. P.
Isaac R. P.
Escritor y blogger, blogger y escritor. Las letras en libros o en WordPress son mi vida actual. Siempre intentando contar la verdad, evitando la manipulación y el clickbait. Apasionado por contar historias, por escribir artículos de interés y por ayudar.