Arranca la campaña de la Renta: claves para hacer bien la Declaración

La Campaña de la Renta de 2019 arranca este miércoles 1 de abril y el plazo se prolonga hasta el próximo 30 de junio. La Agencia Tributaria mantiene el calendario previsto pese a la crisis sanitaria del Covid-19.

¿QUIÉN DEBE DE HACERLA?

Tendrán que declarar los contribuyentes que hayan ganado el año pasado 22.000 euros anuales o más cuando procedan de un solo pagador. También aquellos que ingresaron 14.000 euros anuales de más de un pagador, siempre que la suma de del segundo y el resto de pagadores, superen en su conjunto los 1.500 euros anuales.

Además, deben presentar la declaración los beneficiarios de pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades alimenticias no exentas, y aquellos cuyo pagador no está obligado a retener o cuando se perciban rendimientos sujetos a tipo fijo de retención.

¿CÓMO LA HAGO?

Hacienda estima que cerca del 88% de las declaraciones se harán por Internet, y desde hace unos días están disponibles los datos fiscales, a los que se puede acceder desde la aplicación móvil de la Agencia tributaria y la página web de la AEAT, a través del sistema REN0, el certificado o la Cl@ve PIN.

Aunque también pueden solicitar el número de referencia desde el pasado 6 de marzo por las mismas vías. Desde este miércoles los usuarios pueden gestionar sus declaraciones por Internet, a través del servicio de tramitación Renta Web, y de la app.

Igualmente, sigue disponible como otros años el servicio telefónico (el Plan ‘Le Llamamos’) de información tributaria de Renta, a través de los números 901 33 55 33 o 91 554 87 70, estos permanecen todo el año.

¿SE PUDE HACER PRESENCIAL?

La Declaración de la Renta se puede hacer de forma presencial, aunque hay que pedir cita previa por teléfono y esta se ha retrasado al 5 de mayo y hasta el 29 de junio. Una vez que se tenga la cita, se podrá acudir a la institución correspondiente a partir del 13 de mayo.

Estas puede ser las oficinas de la AEAT y otras entidades colaboradoras como como comunidades autónomas, ayuntamientos o registros.

¿CUÁNDO ME DEVUELVEN?

A partir del viernes 3 de abril, los contribuyentes comenzarán a recibir sus devoluciones en los caos que corresponda. En este sentido, la Agencia Tributaria estima que cerca del 70% de las declaraciones salen a devolver.

Los que tienen que pagar empezarán a hacerlo en junio, cuando la campaña acabe. Si se opta por hacerlo de una vez se abonará el día que se presente (hasta el 30 de junio). Los contribuyentes que quieran fraccionar (sin interés ni recargo), pueden hacerlo en dos partes.

La primera, del 60% de su importe, en el momento de presentar la declaración, y la segunda, del 40% restante, hasta el 5 de noviembre de 2020, inclusive.

¿HAY NOVEDADES?

Si, este año hay novedades. En el borrador de la Renta ya figura una simplificación respecto al modelo de años anteriores respecto a la identificación del domicilio fiscal del contribuyente. Este apartado se ofrece de forma separada al resto de la declaración, para que el contribuyente ratifique el último domicilio fiscal disponible o, en su caso, lo modifique.

Otra novedad es que se ha consolidado en un único apartado toda la información relacionada con los inmuebles de los que es titular el contribuyente, ya sea como propietario o usufructuario. En el caso de arrendamiento de bienes inmuebles o de constitución de derechos o facultades de uso o disfrute sobre los mismos, se desglosan todos los conceptos necesarios para ayudar al contribuyente en el cálculo del principal gasto deducible.

Tras cumplimentar estas casillas, Renta Web calculará el importe de la amortización deducible y, en el próximo ejercicio, el contribuyente podrá obtener este importe directamente.

Respecto a los rendimientos de actividades económicas en estimación directa, se ha modificado la relación de ingresos computables y gastos deducibles. En el caso de los ingresos, se persigue que la relación de ingresos declarados sea más acorde a la naturaleza de los ingresos obtenidos.