Cuando alguien muere y deja todos sus bienes a sus herederos no es algo agradable. Aunque en algunos casos, algunas personas lo vean como un gran momento en el que adquirir propiedades y riqueza (personalmente me estoy acordando ahora de la película El Último Regalo, que te recomiendo ver). La persona fallecida debió dejar un testamento en vida para que las cosas no se compliquen y las posesiones no terminen en las manos de quien no debieran. Por eso, es importante que todos dejen un testamento bien definido.
Algunas leyes, que no son iguales en todas las Comunidades Autónomas, como el Impuesto de Sucesiones, ha generado una gran controversia. Las cantidades que se tenían que pagar en algunos casos eran extremadamente abusivas, y estaban haciendo que los herederos renunciasen en algunos casos a su herencia por no poder pagarlo. Algo lamentable, teniendo en cuenta que algunas familias trabajaron duro para reunir su único patrimonio y que luego no pudiera pasar a sus seres queridos por este impuesto injusto.
Lo que necesitas saber sobre cómo cobrar un testamento
Herencia sin dueño

Aunque no es lo habitual, puede que en algunas ocasiones no haya un dueño ni un testamento dejado por el difunto. Estas herencias sin dueño al final terminan en dueños distintos a los previstos inicialmente.
En ocasiones, puede ser que los herederos también hayan fallecido, o que se nieguen a heredar los bienes, etc. La ley establece que en esos casos hereden los hijos si existen. En caso de no haber, serán los padres, los abuelos u otros ascendientes si siguen vivos.
De no existir, se irá a los hermanos del fallecido y sobrinos. Si no existen es cuando todo se complica. Es aquí cuando todo pasa a disposición del Estado, pero éste no heredará las deudas si existiesen.
Herencia sin testamento

No es lo mismo una herencia sin testamento. Con testamento, el fallecido puede dejar sus posesiones a cualquier persona que quiera, incluso si no es de la familia. Su voluntad es la que debe cumplirse.
Pero cuando el fallecido no lo deja establecido en vida por su juventud, por una muerte inesperada, etc., entonces irá para los herederos inmediatos por ley. Y esos van en este orden:
- Hijos: los hijos del fallecido serán los que tienen prioridad al cobrar una herencia.
- Padres, abuelos y otros ancestros: en caso de no haber hijos que heredan, el patrimonio del fallecido puede ser heredado de forma legal por sus padres u otros antepasados si existen.
- Cónyuge: si tiene pareja, ésta heredaría los bienes en caso de que los dos anteriores no existan.
- Hermanos y sobrinos: en caso de que no haya tampoco una pareja del fallecido, pasarán a hermanos del fallecido y sobrinos.
- Si por algo no hay, entonces pasa el Estado como he dicho en el apartado anterior…
Otros aspectos que debes saber

Cuando se tiene localizado al heredero y se ha dejado todo bien atado en el testamento, todo se facilita, aunque es precisamente sencillo, ya que implica visitas al notario, papeleos, impuestos que pagar, etc.
En caso de haber testamento todo es mucho más sencillo. Y debería seguir estos 5 pasos básicos para cobrarlo sin problemas:
- Certificado de defunción: lo primero será obtener un certificado de defunción para demostrar que la persona que dejó el testamento está realmente muerta.
- Certificado de últimas voluntades y los contratos de seguros: sus últimas voluntades del testamento y si tenía algún seguro de vida o de algún tipo, también se debe tener todo ese papeleo presente para iniciar el trámite. Las compañías de seguros no tienen obligación de informar a los herederos sobre los seguros de vida o de ahorro, así que de no saberlo podrías perderlo.
- Testamento y notario: si existe testamento, debes tenerlo presente. Además, debes solicitar al notario una copia autorizada. Este trámite solo lo pueden hacer sus herederos legales.
- Inventario de bienes y deudas: debes realizar también un inventario. De lo contrario, una herencia se podría transformar en un problema al heredar deudas importantes que tendrás que pagar si la aceptas. En algunos casos, las deudas son tales que los herederos tienen que rechazar la herencia porque no pueden hacerse cargo de ellas.
- Liquidación y adjudicación: es el siguiente paso para liquidar y adjudicar finalmente la herencia.
- Pagar el Impuesto de Sucesiones: tienes 6 meses para pagar este impuesto de la herencia que has cobrado por el testamento. Si lo necesitas podrías ampliar los plazos, pero Hacienda te cobrará intereses.
Recuerda tener siempre a la vista el Impuesto de Sucesiones según donde vivas. Debes consultar bien estas cuestiones con un profesional. En algunos casos podrían dispararse mucho. También tienes que tener presente la reducción si existe una minusvalía. Además, por el tipo de bien heredado podría cambiar también el impuesto a pagar, por ejemplo en los seguros de vida se aplica una reducción del 100% cuando es hasta 9.195,49€. Algo parecido ocurre cuando se traspasa una empresa o negocio a un hijo o cónyuge, que se reduce en un 95% siempre que lo mantengan 10 años.
Por último, en cuanto al impuesto a la Agencia Tributaria por lo heredado, varía desde el 7.65% hasta el 34% en función de la cantidad heredada.



























































Seguro que ésta se llega a convertir en uno de los regalos favoritos para cualquiera a quien estés dispuesto a ofrecer. Y si se trata de alguien que es asiduo a jugar a la Playstation y a las consolas, todavía mejor.




