La Guardia Civil extrema la vigilancia de la multa por exceso de velocidad: 200 euros y hasta seis puntos. No reducir 20 km/h al adelantar a un ciclista o a un vehículo parado en la vía ya es infracción grave desde el pasado 1 de octubre.
La reforma del Reglamento General de Circulación que entró en vigor ese día es la mayor de las últimas dos décadas en protección de usuarios vulnerables. Cinco semanas después, buena parte del censo sigue conduciendo con el manual viejo. Y ahí está el problema.
No hay periodo de gracia, ni campaña informativa previa, ni carta en el buzón. El agente que ve la maniobra levanta acta. La sanción llega semanas más tarde, cuando el conductor ya ni se acuerda de aquel ciclista.
Qué cambia exactamente y a quién afecta
La norma obliga a reducir la velocidad 20 km/h respecto al límite de la vía cuando se adelanta a un ciclista en carretera. Sobre una vía limitada a 90 km/h, la maniobra solo es legal si el velocímetro marca 70 km/h o menos. Ni uno más.
La segunda pata afecta a los vehículos inmovilizados en la calzada, por avería o por trabajos de mantenimiento. Al rebasarlos hay que dejar 1,5 metros de separación lateral y, de nuevo, levantar el pie hasta 20 km/h por debajo del límite. En ciudad se suma una tercera regla: cinco metros de distancia con el ciclista que circula delante. La cifra no es orientativa; se aplica igual que se aplica la prioridad de paso.
La multa no llega por adelantar, llega por hacerlo sin bajar el pie: 20 km/h menos o seis puntos del carnet menos.
El argumento de fondo es físico. La diferencia de velocidad entre un turismo y un ciclista genera un rebufo que desestabiliza al más frágil. A 90 km/h frente a 25 km/h, la persona que va sobre la bici nota una succión lateral capaz de llevarla al suelo. El metro y medio no es cortesía: es la distancia que evita ese efecto.
Desde cuándo se multa y qué conductores quedan dentro
La bajada de velocidad obligatoria está vigente desde el 1 de octubre y no contempla moratoria. La sanción llega por dos vías: no guardar la separación de 1,5 metros al rebasar a un ciclista o a un vehículo inmovilizado, y no reducir la velocidad al adelantar a un ciclista en vía interurbana. Ambas se castigan con 200 euros y la retirada de seis puntos del carnet. La pérdida de seis puntos es la más alta que contempla la ley por una sola maniobra de este tipo.
El alcance es amplio: turismos, motocicletas, furgonetas, camiones y autobuses.
- Turismos y motos: obligación plena en carretera y en ciudad.
- Furgonetas y camiones: sin excepción por peso ni por tipo de carga.
- Autobuses: la reducción de 20 km/h también les alcanza.
- Grúas y vehículos de mantenimiento: cuando están parados en la vía, obligan a la misma maniobra.
La letra pequeña ayuda a circular tranquilo. La obligación nace con la maniobra: si no se adelanta, no hay velocidad que reducir, y al ciclista que va delante en ciudad se le siguen guardando cinco metros de aire. Tampoco conviene apurar el hueco: cuando el arcén no deja 1,5 metros de holgura, la salida correcta es esperar detrás del vehículo inmovilizado o cambiar de carril, nunca colarse.

Cómo evitar la multa en la próxima maniobra
- Lea el límite de la vía antes de iniciar el adelantamiento y reste 20. Si el resultado no aparece en el velocímetro, no adelante.
- Señalice, mire el retrovisor y ejecute la maniobra con margen: la sanción se mide por la velocidad mantenida mientras se rebasa.
- Deje 1,5 metros de aire al vehículo inmovilizado y cinco metros al ciclista en ciudad.
- Reincorpórese al carril solo cuando vea el vehículo adelantado completo en el retrovisor interior.
Parece poco. Son seis puntos.
Seis puntos: la sanción más dura del catálogo por una maniobra
Con la tabla de puntos en la mano, seis es el techo: solo los excesos de velocidad más graves y las tasas de alcohol más altas se llevan tanto de una sola vez. Que un adelantamiento comparta castigo con esos supuestos dice mucho de cómo ha cambiado la jerarquía de riesgos en la DGT, y también del hueco que ocupa ahora el ciclista en esa escala.
Hay un riesgo práctico que conviene vigilar. Frenar 20 km/h en una carretera convencional obliga a mirar el velocímetro en plena maniobra, y ese segundo de atención al cuadro se le quita al arcén. La alternativa tampoco es cómoda: sin espacio para 1,5 metros, toca esperar detrás de la grúa o del coche averiado mientras el de atrás aprieta el morro.
Mi lectura es que la norma acierta en el objetivo y falla en la pedagogía. Un mes después, nadie ha recibido una explicación clara de la resta, y el mensaje solo llega con la propuesta de sanción. Si el conductor no ha interiorizado la cuenta antes de ver el triángulo del ciclista, la acaba pagando su carnet.
Conviene además saber dónde consultar. Las campañas de control y el texto aplicable se publican en la web oficial de la DGT, y el detalle de la reforma está en el Reglamento General de Circulación. No hay margen para la duda razonable: la resta se hace antes de adelantar, no después de la multa.
Para esta semana, una rutina sencilla: límite menos 20, metro y medio de aire y cinco metros en ciudad. Si la cuenta no sale, se levanta el pie y se espera. Ese es todo el secreto.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: No reducir 20 km/h al adelantar a un ciclista o no dejar 1,5 metros al rebasar un vehículo inmovilizado.
- Sanción económica: 200 euros.
- Puntos del carnet: 6 puntos.
- Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026, ya vigente.




