Consumo abre expediente a una empresa de autobuses por precios y cláusulas presuntamente engañosos

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto, a través de la Dirección General de Consumo, un expediente sancionador a una empresa de autobuses. La decisión se produce tras recabar indicios de posibles prácticas desleales: la compañía estaría indicando de forma engañosa el precio de los billetes y aplicando cláusulas que impedirían devolver íntegramente el importe de viajes cancelados.

En el caso de los precios, Consumo señala que los gastos de gestión se añadirían al final de la contratación, en lugar de incluirse desde el inicio. Esta práctica, conocida como precio por goteo o drip pricing, puede dificultar que los usuarios comparen las tarifas y elijan entre compañías.

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Posibles sanciones

La Ley de Servicios de Atención a la Clientela, aprobada el año pasado, modificó la normativa de defensa de consumidores y usuarios para establecer que los gastos de gestión, si los hubiera, forman parte del precio final y deben incluirse desde el inicio de una comunicación comercial. La presunta publicidad engañosa podría conllevar una multa de hasta 100.000 euros o de entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.

El expediente también examina la posible falta de reembolso de los gastos de gestión cuando se cancela un viaje. Según Consumo, las cláusulas utilizadas para justificar que no se devuelvan podrían ser abusivas. La introducción o existencia de cláusulas abusivas puede sancionarse con hasta 1.000.000 de euros o con una multa de entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido.

Segundo expediente por precios

Este es el segundo expediente sancionador abierto por Consumo este año por una posible práctica engañosa en la indicación de precios de transporte. En verano, el organismo inició otro procedimiento contra una compañía que comercializa billetes de avión, tren, ferri y autobús por no indicar el precio final desde el principio.

La Dirección General de Consumo recuerda que la apertura de estos expedientes no prejuzga el resultado final del procedimiento sancionador.

Más información: Consumo.


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