5Qué hacer si el trámite no aparece, si ya has facilitado datos o si tu cuenta está bloqueada
El primer indicio de que ese trámite no es lo que dice ser es que no existe en tu banca: el Banco de España no envía SMS ni correos personalizados con cuenta atrás, y ninguna entidad legítima resuelve una verificación de seguridad desde un enlace recibido. Abre la aplicación tecleando tú la dirección o llama al número que figura en el reverso de tu tarjeta; si el aviso no aparece en los canales oficiales, se trata de un fraude de smishing y lo procedente es no pinchar, reportarlo al buzón de incidentes y borrarlo. Si ya has facilitado datos o claves, contacta de inmediato con tu banco para bloquear tarjeta y banca digital, cambia las contraseñas, revisa los movimientos y conserva capturas, correos, enlaces y registros de llamada: son la prueba con la que podrás reclamar. Las operaciones no autorizadas cuentan con un régimen favorable al cliente, y la denuncia ante las Fuerzas de Seguridad y el asesoramiento de INCIBE (017) son los pasos siguientes.
Si lo que tienes es la cuenta realmente restringida, el origen habitual es una medida de diligencia debida de la Ley 10/2010: la entidad puede limitar la operativa mientras no actualices datos, pero los criterios del Banco de España y Sepblac exigen proporcionalidad y gradualidad, aviso previo —también por canales adicionales como el correo electrónico—, permitir los pagos necesarios para atender recibos y préstamos y considerar desproporcionado bloquear por un DNI caducado. Pide por escrito el motivo y la lista exacta de documentos, solicita que liberen fondos para gastos esenciales y presenta reclamación formal en el Servicio de Atención al Cliente, que dispone de 15 días hábiles en servicios de pago. Si no responde o desestima, eleva el caso al Banco de España (900 545 454); un bloqueo legítimo nunca se levanta pagando una tasa ni entregando claves por mensaje.



