Cómo rebajar la factura de septiembre sin cambiar tus horas de consumo: las tarifas fijas sin permanencia que triunfan

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Cuándo pedir el cambio de comercializadora para que el ahorro llegue ya a la factura de septiembre

Coins falling into a white piggy bank
Foto de Sasun Bughdaryan en Unsplash

El cambio de comercializadora no se activa el día que se firma, y de ese margen depende que el ahorro entre o no en la factura de septiembre. El trámite es gratuito, no implica corte de suministro y lo gestiona íntegramente la nueva compañía: ella cursa la baja con la anterior y coordina el traspaso con la distribuidora, dueña del contador. El plazo legal máximo es de 21 días desde la solicitud, según recuerda la CNMC, aunque la media real se ha quedado muy por debajo: en torno a cinco días en electricidad en el último año supervisado, con los tiempos técnicos de las distribuidoras por debajo de un día. Lo decisivo no es ese plazo, sino el ciclo de facturación: la tarifa nueva empieza a contar desde la fecha en que se cierra el periodo y se lee el contador, y es a partir de esa lectura cuando empieza a facturar la nueva empresa.

Por eso, para que la rebaja se note ya en el recibo de septiembre, lo prudente es lanzar la solicitud con dos o tres semanas de antelación sobre la fecha de cierre del ciclo. Si el suministro se factura cada dos meses, la normativa permite además optar por que el paso se ejecute dentro de los 15 días siguientes a la petición. Antes conviene comprobar dos cosas: que el contrato vigente no arrastre permanencia, cuya penalización máxima es del 5 % de la energía estimada pendiente, y que la lectura no sea estimada, porque distorsiona el cálculo. Aun así, hay que asumir que el ahorro de ese primer recibo puede ser parcial: la comercializadora saliente emite su factura de cierre, con hasta 42 días de margen para liquidar el consumo, y la entrante solo cobra los días transcurridos desde el cambio hasta la siguiente lectura.


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