6¿Obliga la V-27 a reducir la velocidad? Lo que dice el reglamento
La respuesta corta es que la señal V-27, por sí misma, no obliga a reducir la velocidad. Regulada como «triángulo virtual» en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos a partir del Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, es una alerta de carácter informativo que solo se muestra en los coches conectados a la plataforma DGT 3.0 cuando un tercero ha comunicado una incidencia, normalmente tras activarse una baliza V-16. El aviso aparece en el cuadro de instrumentos o en la pantalla para que el conductor anticipe el peligro, modere la marcha y extreme la precaución, pero el BOE no le atribuye eficacia normativa ni sanción propia: no hay ningún dispositivo que comprar ni instalar, y no existe multa por carecer de él. Quien no recibe la alerta, sencillamente no la ve; quien la recibe no se enfrenta a una orden concreta de velocidad, sino a un recordatorio tecnológico de que hay un riesgo por delante.
Lo que sí obliga a reducir la velocidad es una norma muy anterior a la V-27: el Reglamento General de Circulación ya impone a todo conductor adecuar su velocidad a las circunstancias del momento y, fuera de poblado, circular a velocidad moderada, deteniéndose si es preciso, al acercarse a un vehículo inmovilizado en la calzada. La V-27 no crea esa obligación: lo que hace es anticipar que concurre la circunstancia que la activa, extendiendo el aviso a curvas, cambios de rasante o tramos sin visibilidad donde el obstáculo aún no se percibe. Por eso, ignorar la alerta y mantener la marcha ante un peligro real sí puede acabar en sanción, pero la multa no llegaría «por desobedecer la V-27», sino por no adecuar la velocidad a la situación, una infracción que el propio reglamento tipifica como grave. Ahí reside el interés de esta señal: no añade un mandato nuevo, sino que digitaliza uno que ya existía.



