La jubilación flexible con complemento del 25% entra en vigor el 28 de agosto: podrás cobrar pensión y sueldo

El complemento llega con jornadas parciales de entre el 33% y el 80% y desaparece el periodo de espera. Los autónomos podrán sumarse si no estuvieron de alta en el RETA los tres años previos.

Si ya te has jubilado y quieres volver a trabajar, desde el 28 de agosto la jubilación flexible premia con un complemento del 25% la parte de la pensión que sigas cobrando.

He estado leyendo la letra pequeña del real decreto aprobado por el Consejo de Ministros y te adelanto una conclusión: la norma no crea un complemento automático para todos, pero abre una vía que antes no existía para sumar ingresos sin renunciar a la pensión.

Publicidad

Qué cambia en la jubilación flexible desde el 28 de agosto

La jubilación flexible permite que una persona ya jubilada vuelva al mercado laboral parcial y cobre una parte de la pensión. Hasta ahora, la jornada compatible se movía entre el 25% y el 75% de la jornada ordinaria y había un periodo de espera antes de poder solicitarla. Con el nuevo marco, ese abanico se amplía y el acceso se agiliza.

La Seguridad Social pinta un escenario cada vez más cargado: en enero de 2026 había 10.452.674 pensiones en España, con una pensión media de 1.363 euros al mes, y solo en julio el gasto en pensiones superó los 14.400 millones de euros, un 6,2% más que un año antes. Por eso la reforma premia a quien alarga su vida laboral.

Complementos, jornadas y autónomos: la letra pequeña

Aquí está lo importante. El nuevo complemento se calcula sobre la parte de pensión que te queda mientras trabajas, no sobre la pensión completa. La letra pequeña dice así:

El complemento es temporal: desaparece cuando vuelves a la jubilación plena, así que conviene calcular cuánto ganas en neto durante ese periodo, no solo el porcentaje.

  • Si trabajas entre el 55% y el 80% de la jornada ordinaria: el complemento es del 25% adicional sobre la parte de la pensión que percibes.
  • Si trabajas entre el 33% y menos del 55%: el complemento es del 15% adicional.
  • El complemento es temporal: cuando dejas el empleo y vuelves a la jubilación plena, desaparece.

Dicho de otro modo: si tienes una pensión de 1.372 euros al mes y compatibilizas con una jornada del 60%, cobras el 40% de la pensión, 548,80 euros, más un 25% extra sobre esa base, 137,20 euros. En total, 686 euros de pensión más el sueldo del trabajo parcial.

Jornada o modalidadComplemento sobre la pensiónCondición
Del 55% al 80% de jornada25% adicionalEmpleo parcial compatible
Del 33% a menos del 55%15% adicionalEmpleo parcial compatible
AutónomosHasta el 25% de la pensiónNo estar de alta en autónomos los tres años previos

jubilación activa 2026

También hubo un giro importante para los autónomos. Hasta ahora quedaban fuera; desde el 28 de agosto podrán acceder a la jubilación flexible y cobrar hasta el 25% de su pensión mientras desarrollan la actividad. La condición es no haber estado de alta en el RETA durante los tres años anteriores a la fecha de jubilación. Se busca evitar que alguien se jubile y siga exactamente igual facturando con la misma sociedad. Si cotizaste como autónomo hace poco, no podrás beneficiarte: el RETA mira los tres ejercicios previos a la jubilación, no los anteriores.

Otra mejora relevante: desaparece el periodo de espera que existía hasta ahora. Una vez reconocida la pensión, podrás solicitar la jubilación flexible sin esperar un plazo determinado. Y para quienes llegaron a la jubilación mediante una anticipada involuntaria, las cotizaciones generadas durante la etapa flexible se podrán usar después para recalcular y mejorar la prestación al volver a la jubilación completa. Podrás revisar la jornada, el salario neto, y el impacto fiscal antes de pedirla.

Qué conviene hacer antes de pedirla (y qué no te juegas)

No estamos ante un regalo. El complemento se aplica solo durante el tiempo que compatibilizas. El día que vuelvas a la jubilación plena, la pensión regresa a su cuantía ordinaria sin el extra. Por eso la decisión no es solo de cuánto cobras mientras trabajas, sino de si el sueldo parcial compensa el esfuerzo y si tu salud y tu plan de vida quieren ese ritmo.

Desde el punto de vista financiero, si tu pensión ronda la media de 1.372 euros, un complemento del 25% sobre una parte reducida puede no ser más que un buen bocado en términos absolutos. Pero aquí viene lo importante: la reforma elimina el periodo de espera y en la práctica te permite negociar con tu empresa con más margen. Y para los autónomos, la vía se abre si no estuviste en el RETA los tres años previos; conviene comprobar tu vida laboral antes de mover ficha.

Conviene mirar el impacto en el IRPF: los ingresos del trabajo y la pensión tributan conjuntamente en la declaración, así que parte del complemento puede quedar en manos de Hacienda. El neto real es la cifra que de verdad importa antes de firmar un contrato parcial.

No todos los pensionistas alcanzan las mínimas. Para estos existe el complemento a mínimos, y si percibes rentas adicionales superiores a 9.442 euros anuales puedes perderlo. La reforma no toca ese límite; conviene revisarlo antes de sumar ingresos por un trabajo compatible.

A efectos prácticos, revisa tu vida laboral en la web de la Seguridad Social, calcula el efecto neto de la jubilación flexible y consulta con un asesor de tu confianza si tu caso tiene aristas.

💶 El Impacto en tu Bolsillo

  • Qué hacer hoy: Descarga tu vida laboral en la web de la Seguridad Social y comprueba tu base reguladora, jornada posible y si cumples el requisito de autónomos.
  • Qué vigilar: La publicación final del real decreto en el BOE y las instrucciones de la Seguridad Social antes del 28 de agosto.
  • El error a evitar: Calcular el 25% sobre toda la pensión: se aplica solo sobre la parte de pensión que cobras mientras trabajas.

Publicidad