Circula un bulo que anuncia la ITV cada seis meses para los coches de más de diez años. Es falso: la inspección sigue siendo anual y la multa por circular con la revisión caducada es de 200 euros.
El contenido se difunde estos días con forma de noticia y cita un supuesto BOE que endurecería la periodicidad de la inspección técnica. La afirmación no tiene respaldo oficial: ni la DGT ni el Boletín Oficial del Estado han publicado cambio alguno que reduzca el plazo a medio año.
La confusión se apoya en una lectura deformada del Real Decreto 920/2017, la norma que regula la inspección técnica de los vehículos en España. Ese real decreto es el vigente y no incorpora ninguna obligación de revisar un turismo de más de diez años cada seis meses.
El bulo de la ITV semestral que vuelve a circular
El mensaje juega con el miedo a quedarse sin cobertura legal y anuncia una supuesta inspección bianual para los coches antiguos. Los bulos de este tipo suelen mezclar titulares, fechas, y organismos oficiales para hacerse creíbles, pero no superan una comprobación básica.
No hay rastro de una modificación del reglamento en el BOE. Tampoco lo hay en la sede de la DGT, donde cualquier cambio de periodicidad tendría que publicarse con su correspondiente periodo de entrada en vigor.
No existe ninguna publicación oficial que obligue a pasar la ITV cada seis meses a los coches de más de diez años.
La periodicidad real para un coche de más de diez años
La norma mantiene la revisión anual para los turismos que superan la década de antigüedad. Así lo recoge el Real Decreto 920/2017, que unifica el régimen de inspección tras derogar las normas anteriores que separaban el funcionamiento de las estaciones y las características de la inspección.
- Turismos de más de diez años: revisión anual, no semestral.
- Vehículos con ITV caducada: no pueden circular salvo para ir al taller o a la inspección.
- Fuente fiable: solo el BOE o la DGT confirman cambios de periodicidad.
Multa de 200 euros por circular con la ITV caducada
La sanción económica que tanto se repite en el bulo es, en cambio, real: circular con la ITV caducada se considera infracción grave y se castiga con 200 euros. La conducta no resta puntos del carnet.
Eso sí, la multa no se aplica por tener la revisión al día, sino por mover el coche con la inspección vencida. Un turismo estacionado sin ITV no es sancionable por ese hecho.
Por qué conviene comprobar el BOE antes de compartir la cadena
El bulo de la ITV semestral se extiende porque combina una norma existente con un dato inventado. El conductor reconoce la sanción de 200 euros y asume que el resto del titular es cierto, pero la periodicidad no se toca.
Conviene mirar la tarjeta de inspección del vehículo: ahí figura la fecha exacta de la siguiente cita. Si algo cambia, la DGT lo comunica por sus canales oficiales y el BOE publica la norma con su entrada en vigor. Todo lo demás es ruido.
En la práctica, 200 euros es la cuantía habitual de las infracciones graves en materia de circulación, sin retirada de puntos. Mucha gente comparte una captura que mezcla la multa real con una periodicidad falsa; para no caer hay que leer el texto publicado, no el titular de la cadena.
La recomendación práctica es simple. Verifica tu fecha, paga la tasa si toca revisión y descarta cualquier cadena que cite una supuesta ITV cada seis meses.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: Circular con la ITV caducada sigue siendo una infracción grave; no existe la ITV semestral para coches de más de diez años.
- Sanción económica: 200 euros.
- Puntos del carnet: No aplica.
- Entrada en vigor: Ya vigente, según el Real Decreto 920/2017.




