Consumo sanciona a Avis con un millón de euros por cobrar gastos abusivos al tramitar multas de coche de alquiler. La resolución del Ministerio de Consumo confirma que identificar al conductor no es un servicio extra: es una obligación del titular del vehículo.
La cuestión ha vuelto al centro del debate después de que el Ministerio de Consumo haya sancionado a Avis con un millón de euros. ¿El motivo? Aplicar una tasa administrativa a clientes que recibieron multas mientras usaban un coche de alquiler.
La compañía aplicaba cargos de entre 33,88 y 45 euros por cada identificación. A la sanción impuesta a Avis se suman los artículos 82, 87.5 y 87.6 de la ley de defensa de los consumidores, los que regulan las cláusulas abusivas.
Qué cobraba Avis y por qué Consumo lo considera abusivo
La sanción a Avis no es una multa de tráfico al conductor. Es una sanción de consumo, y recae sobre la empresa por incluir cláusulas que transfieren al cliente un coste que no le corresponde. La diferencia es importante a la hora de reclamar.
En su resolución, Consumo considera que identificar al conductor forma parte de una obligación legal del titular del vehículo. Por eso ha declarado abusiva la cláusula y ha impuesto la sanción, amparándose en los artículos 82, 87.5 y 87.6 de la ley que protege a los consumidores.
La multa de tráfico la paga quien estaba al volante; el gasto de identificación, en cambio, no puede cobrarse como un extra automático.
Quién paga la multa cuando el coche es de alquiler

Existe una idea equivocada bastante extendida: que la responsabilidad recae sobre la empresa de alquiler. No es así. La notificación llega primero al titular del vehículo, que suele ser la compañía de alquiler. A partir de ahí, la empresa está obligada a identificar a la persona que tenía arrendado el coche para que la Administración dirija la sanción al conductor responsable.
Por tanto, el importe de la sanción nunca se traslada al propietario por ser propietario. Lo paga siempre quien cometió la infracción, conduzca un coche propio, prestado o alquilado.
La clave está en separar dos conceptos. El pago de la multa corresponde al conductor infractor. La identificación formal, en cambio, es una carga administrativa del titular y no debería facturarse de forma indiscriminada.
Qué puedes hacer si te cargan un gasto de gestión por una multa
Lo primero es revisar el contrato firmado. Muchas compañías especifican estos gastos en sus condiciones generales, pero eso no valida automáticamente el cargo. Si consideras que el cobro es indebido, sigue estos pasos:
- Solicita a la compañía una una explicación detallada del cargo y su base contractual.
- Presenta una reclamación formal por escrito ante el servicio de atención al cliente.
- Conserva el contrato, la factura y cualquier justificante de la multa tramitada.
- Acude a la administración de consumo o a una asociación de consumidores si no hay respuesta satisfactoria.
Además, estas cantidades suelen cargarse directamente a la tarjeta con la que se pagó la reserva. Por eso conviene revisar los movimientos bancarios después de devolver el coche, sobre todo si durante el alquiler se recibió una notificación de multa.
Límites al cobro: obligación del titular y efecto disuasorio
La sanción de un millón de euros a Avis no es solo una multa a una compañía. Fija un criterio para todo el sector de los coches de alquiler. Quien identifica al conductor no está prestando un servicio complementario, está cumpliendo una obligación legal. Trasladar ese coste al cliente como un suplemento automático distorsiona el precio final del alquiler y castiga dos veces al conductor: primero con la sanción de tráfico y después con la factura de gestión.
Los 33,88 y 45 euros que cobraba Avis pueden parecer una cantidad pequeña. Sin embargo, aplicada a miles de contratos, se convierte en un ingreso recurrente sin contraprestación real. La sanción de Consumo busca disuadir esa práctica antes de que se normalice en el resto de empresas. Es, en mi lectura, una medida proporcionada.
Eso sí, conviene leer la letra pequeña. Muchas empresas mantienen cláusulas de gastos de gestión en sus contratos. El hecho de que estén escritas no garantiza que sean válidas. Si te cargan una cantidad por identificar al conductor, pide el desglose y compáralo con la resolución de Consumo.
La mejor defensa del conductor es exigir por escrito el detalle de cualquier recargo. Así se evita pagar por una gestión que Consumo ya ha declarado abusiva y se conserva el contrato firmado.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: Consumo sanciona a Avis por aplicar gastos de gestión abusivos al tramitar multas de coches de alquiler.
- Sanción económica: Un millón de euros impuestos a la compañía, no al conductor.
- Puntos del carnet: No aplica a esta sanción administrativa.
- Entrada en vigor: Ya vigente tras la resolución del Ministerio de Consumo.





