La Intervención General de la Seguridad Social convoca un concurso específico para que los funcionarios de carrera de la Administración General del Estado puedan cambiar de destino. El Boletín Oficial del Estado publica este 3 de agosto las bases de un proceso que permite cubrir vacantes y resultas en el organismo, en una oportunidad poco habitual para mejorar el puesto de trabajo sin pasar por una oposición.
¿Por qué se convoca ahora este concurso específico?
El concurso responde a la necesidad de cubrir puestos vacantes en la Intervención General de la Seguridad Social, un organismo clave en el control financiero y de gestión de las prestaciones. La provisión de puestos mediante movilidad voluntaria está prevista en el artículo 20 de la Ley 30/1984 y en el Reglamento General de Provisión de Puestos, y su publicación en el BOE llega tras la preceptiva negociación en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado. La convocatoria actual no especifica un número cerrado de plazas, sino que contempla tanto las vacantes dotadas presupuestariamente como las resultas que puedan generarse durante el proceso, lo que de hecho amplía las posibilidades reales de adjudicación.
Se trata de un concurso dirigido exclusivamente a personal funcionario de carrera, en cualquier situación administrativa —salvo suspensión firme— y siempre que se cumpla el requisito de permanencia mínima en el destino actual. El III Plan para la igualdad de género en la AGE también permea la convocatoria, que garantiza el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres.
Un concurso específico como este es una de las pocas vías para que un funcionario mejore su destino sin volver a opositar; el plazo, de solo quince días hábiles, exige una reacción rápida.
Requisitos para participar
La convocatoria establece un filtro claro: no puede concurrir cualquier funcionario en cualquier momento. Estos son los puntos críticos que debes revisar antes de presentar la solicitud.
- Personal funcionario de carrera. Quedan excluidos los interinos y el personal laboral.
- Permanencia mínima de dos años en destino definitivo. Salvo que se esté en la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones, en cuyo caso el requisito se flexibiliza.
- Situación administrativa compatible. Se permite participar a quienes están en servicio activo, servicios especiales con reserva de puesto, excedencia por cuidado de familiares (si han transcurrido dos años desde el último destino definitivo) y excedencia voluntaria por interés particular o agrupación familiar (si han pasado al menos dos años desde el inicio de esa situación).
- Procedencia de otros cuerpos o escalas. Quienes pertenezcan a dos o más cuerpos solo pueden concursar desde uno de ellos. Los funcionarios de cuerpos con puestos reservados en exclusiva necesitan autorización previa del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
- Adscripción provisional. Si ocupas un puesto en adscripción provisional estás obligado a solicitar, al menos, ese mismo puesto en el concurso. De lo contrario, si se adjudica a otra persona, no tendrás derecho a otro destino en la misma localidad.
Además, las funcionarias y funcionarios con discapacidad pueden pedir adaptación del puesto, siempre que presenten un informe oficial que acredite la compatibilidad con las funciones. También se contempla la petición condicional por razones de convivencia familiar: dos personas que cumplan los requisitos pueden condicionar sus solicitudes a que ambas obtengan destino en el mismo municipio.
Cómo se valora la solicitud y qué méritos puntúan
El concurso es de carácter específico, por lo que no basta con cumplir los requisitos: se valora el perfil de cada candidato con un baremo que combina méritos generales y específicos. La fecha de referencia para el cómputo de méritos es la del cierre del plazo de presentación de instancias.
Los méritos generales incluyen, entre otros, la antigüedad y el grado personal consolidado. Los méritos específicos se recogen en el anexo V de la convocatoria y deben ser acreditados mediante el certificado de tareas del anexo VI. La documentación incompleta o la falta de los anexos obligatorios puede ser causa de exclusión directa, así que conviene revisar con lupa los modelos oficiales antes de enviar la instancia.
Análisis: ¿merece la pena presentarse a este concurso específico?
Desde el punto de vista de la carrera profesional, un concurso específico dentro de la Intervención General de la Seguridad Social supone una oportunidad real de mejora. No es una convocatoria masiva —no se publican cientos de plazas como en una OPE—, pero la movilidad voluntaria dentro de la Administración sigue siendo una herramienta eficaz para escapar de una plaza estancada o acercarse a otra localidad sin tener que superar un nuevo proceso de oposición. Además, las vacantes que se cubran ahora son de carácter definitivo, lo que consolida la posición del adjudicatario.
Sin embargo, hay dos riesgos que conviene no subestimar. El primero es el plazo tan ajustado de solo quince días hábiles: un periodo muy corto para reunir toda la documentación de méritos, especialmente si necesitas certificados oficiales que no siempre se emiten con rapidez. El segundo es la exigencia de permanencia de dos años en destino definitivo para la mayoría de los candidatos, que deja fuera a quienes acaban de tomar posesión de un puesto hace menos de ese tiempo, salvo las excepciones previstas. Quien esté en adscripción provisional, además, está obligado a participar si quiere conservar la plaza que ocupa de manera interina.
En definitiva, este concurso está pensado para funcionarios con cierta experiencia que ya hayan consolidado los dos años de permanencia y que dispongan de un perfil de méritos sólido. Si cumples esos parámetros, es probablemente una de las pocas ocasiones del año para dar un salto sin salir de la caja de la Seguridad Social.
📨 Cómo presentar la solicitud
La tramitación es electrónica y exige certificado digital. Estos son los pasos que debes seguir:
- Paso 1: Accede al Portal Funciona con tu DNI electrónico o certificado de la FNMT.
- Paso 2: Descarga los anexos oficiales (III al VII) de la resolución publicada en el BOE. El modelo más importante es el anexo III, donde indicas tus datos personales y las peticiones de puestos.
- Paso 3: Cumplimenta todos los anexos siguiendo las instrucciones. No olvides el certificado de tareas (anexo VI) para justificar los méritos específicos y, si alegas razones de conciliación, el anexo VII.
- Paso 4: Presenta la solicitud por vía telemática en el Portal Funciona antes de la fecha límite. Si por imposibilidad técnica justificada no puedes, puedes hacerlo en los registros presenciales previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, aportando la documentación que acredite esa imposibilidad.
- Paso 5: Si presentas más de una instancia, solo se tendrá en cuenta la última. Guarda el justificante de registro una vez completado el trámite.
📋 Ficha de la Convocatoria
- Organismo / País: Intervención General de la Seguridad Social (Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones).
- Número de plazas: Las vacantes dotadas y resultas que figuran en los anexos I y II de la convocatoria (sin cifra cerrada).
- Sueldo estimado: El correspondiente al nivel y complemento del puesto adjudicado, según el catálogo de la Intervención General.
- Fecha límite de inscripción: 15 días hábiles desde el 4 de agosto de 2026; aproximadamente el 26 de agosto de 2026.
- Dónde inscribirse: Portal Funciona (acceso con certificado digital); en casos excepcionales, registros presenciales.




