La Dirección General de Tráfico ha vuelto a sacar a relucir los datos de su campaña especial de vigilancia en tramos de obras: el helicóptero Pegasus cazó a un conductor a 168 km/h en una zona limitada a 40 km/h. El infractor se enfrenta a una multa de 600 euros, la pérdida de 6 puntos del carné y, además, a un proceso penal por un delito contra la seguridad vial.
El operativo de la DGT en los tramos de obras
Durante siete días, la DGT desplegó una campaña centrada exclusivamente en los tramos de carretera afectados por trabajos de mantenimiento. Los resultados son demoledores: nueve de cada diez infracciones detectadas fueron excesos de velocidad. En total, 13.904 conductores rebasaron el límite señalizado —a menudo 40 km/h— en esas zonas degradadas. El caso más flagrante lo protagonizó un Mazda CX-90, captado el 14 de junio por el radar del helicóptero Pegasus mientras circulaba a 168 km/h por un corte de obra. Es decir, superaba en 128 km/h el máximo permitido.
El helicóptero Pegasus pertenece a la flota de vigilancia aérea de Tráfico y está equipado con un cinemómetro capaz de medir la velocidad de cualquier vehículo desde el aire, incluso a larga distancia. Su precisión está homologada y sus capturas tienen plena validez legal como prueba de la infracción.
A 168 km/h el tiempo de reacción es nulo y la distancia de frenado supera los 150 metros. En una zona de obras, cada metro puede ser la diferencia entre un susto y una tragedia.
Las consecuencias para el conductor del Mazda
La sanción administrativa es contundente: 600 euros y 6 puntos menos en el saldo del carné. Sin embargo la gravedad del exceso —128 km/h por encima del límite— convierte la conducta en un ilícito penal. El artículo 379.1 del Código Penal tipifica como delito contra la seguridad vial superar en 80 km/h el límite en vías interurbanas, y aquí se ha duplicado ese umbral. Las penas posibles incluyen:
- Prisión de tres a seis meses.
- Multa económica de seis a doce meses (cuota diaria a fijar por el juez).
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período de uno a cuatro años.
Por qué el límite de 40 km/h no es negociable
Los tramos en obras no son una carretera convencional con carriles reducidos; son entornos donde la infraestructura deja de comportarse como el conductor espera. La señal de 40 km/h responde a condiciones de seguridad degradadas: carriles más estrechos, desvíos provisionales, firme irregular, balizamientos y, sobre todo, la presencia de operarios trabajando a pocos metros de los vehículos. Circular a 168 km/h anula por completo la capacidad de reacción ante cualquier imprevisto y multiplica la energía del impacto.
Según el Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico, en 2025 se produjeron 154 siniestros relacionados con trabajos de mantenimiento, en los que 26 operarios resultaron afectados mientras trabajaban o caminaban por la calzada. En la mayoría de esos accidentes, el exceso de velocidad fue el factor determinante de la gravedad de las consecuencias.
Análisis: ¿Es proporcionada la sanción de 600 euros y cárcel?
La combinación de sanción administrativa y procedimiento penal puede parecer excesiva, pero el legislador ha querido que los castigos reflejen la especial peligrosidad de la conducta. No es lo mismo rebasar el límite en una autovía despejada que hacerlo en un entorno con operarios expuestos. De hecho, el Código Penal sitúa el umbral del delito en 80 km/h por encima del máximo, una cifra que este conductor casi duplica. La respuesta penal no es automática —depende de la decisión judicial— pero la instrucción del caso como delito contra la seguridad vial es prácticamente inevitable a la vista de la velocidad registrada.
En la práctica, la defensa del conductor podría centrarse en demostrar que no existió peligro concreto para los operarios porque en ese momento no había nadie trabajando junto a la calzada; sin embargo el tipo penal se aplica por el mero hecho de conducir a una velocidad que «objetivamente» genera un riesgo, no exige que se produzca un daño real. La jurisprudencia menor ha sido uniforme al respecto, por lo que la condena parece muy probable.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: Circular a 168 km/h en un tramo de obras limitado a 40 km/h, superando en 128 km/h el límite y en más de 80 km/h el umbral que convierte la infracción en delito.
- Sanción económica: Hasta 600 euros de multa administrativa y una posible pena de multa de seis a doce meses (a razón de cuota diaria fijada judicialmente) en el ámbito penal.
- Puntos del carnet: 6 puntos, más la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años que imponga la sentencia penal.
- Entrada en vigor: Vigente (artículo 379.1 del Código Penal y Ley de Tráfico y Seguridad Vial).





