Préstamo entre autónomos y familiares sin contrato: Hacienda lo ve como donación y multa hasta el 34%

Si prestas dinero a un familiar sin firmar un contrato, Hacienda puede considerar que ha sido una donación y reclamarte hasta un 34% del importe más multa. Formalizar el préstamo con un documento y presentar el modelo 600 en los 30 días siguientes evita el problema.

santander autonomos

Transferir dinero a un familiar o un socio sin un papel que lo acredite como préstamo puede salir caro. Hacienda tiene la potestad de considerar esa operación como una donación y aplicarle un impuesto que oscila entre el 7% y el 34%, además de una multa. La clave para evitarlo está en formalizar el préstamo con un contrato y notificarlo correctamente.

El asesor fiscal Andrés Millán ha alertado en su cuenta de Instagram sobre este riesgo cotidiano para autónomos y particulares. Según Millán, «si no lo haces bien, Hacienda cruza movimientos bancarios y, si detecta un ingreso sin justificar, van a considerar que es una donación y te van a cobrar impuestos y sanción». El problema es especialmente grave para los autónomos, que pueden recibir ayudas de familiares para arrancar un negocio y acabar con un problema tributario inesperado.

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Por qué Hacienda confunde un préstamo con una donación

En España, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) grava las transferencias gratuitas entre personas. Si no hay un documento que pruebe que el dinero entregado tiene que devolverse, la Agencia Tributaria asume que se ha regalado. El tipo aplicable va del 7,65% al 34%, dependiendo de la comunidad autónoma y del parentesco entre las partes. A eso se suma una multa por no haber declarado la donación, que puede ser de hasta el 150% de la cuota no ingresada.

Un autónomo que recibe un préstamo de su padre para comprar una furgoneta de reparto, por ejemplo, podría enfrentarse a un pago de varios miles de euros si no deja constancia del préstamo. La ausencia de contrato transforma un simple apoyo familiar en un regalo fiscalmente muy gravoso.

Cómo formalizar el préstamo sin que Hacienda lo vea como un regalo

La solución es sencilla y no requiere notario. Basta con seguir estos tres pasos:

Primero, redactar y firmar un contrato de préstamo entre ambas partes a tipo 0% (o un interés simbólico, si se quiere). El documento debe incluir el importe, el plazo de devolución y la finalidad del dinero. No hace falta que sea un documento público: un papel firmado por ambas personas y fechado tiene validez.

Segundo, documentar la transferencia bancaria. El dinero debe salir de la cuenta del prestamista y llegar a la cuenta del prestatario, de forma única y directa. Nada de efectivo ni de cuentas de terceros, porque entonces Hacienda podría interpretar que hay opacidad.

Y tercero, el que recibe el dinero debe presentar el modelo 600 en la comunidad autónoma donde reside. Es un escrito informativo que comunica la existencia del préstamo y lo deja registrado. El plazo para hacerlo es de 30 días hábiles desde la recepción de los fondos. Si no se presenta, el riesgo de que Hacienda lo califique como donación crece exponencialmente.

El modelo 600 es la herramienta que certifica que ese dinero no es un regalo, sino un préstamo que debe devolverse.

Millán sostiene que este trámite es el mismo que se exige cuando un autónomo presta dinero a su propia empresa, lo que lo convierte en una práctica habitual y bien conocida por las gestorías. «Así estás evitando un impuesto inesperado y cualquier sanción por ingresos no justificados», sentencia.

El riesgo silencioso para el autónomo: un vacío que puede costar caro

Los autónomos acuden con frecuencia a la familia para financiar sus proyectos, ya sea para comprar material, cubrir un pago de IVA o simplemente aguantar un bache de liquidez. La confianza hace que muchos olviden el papeleo, pero la Administración no perdona. Las inspecciones suelen detectar estos casos al cruzar datos de cuentas corrientes, y la carga de la prueba recae sobre el contribuyente: si no puede demostrar que el dinero es un préstamo, se presume donación.

La jurisprudencia avala esta postura. El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha reiterado que la falta de un contrato privado de préstamo impide desvirtuar la presunción de donación, y que el modelo 600 es la vía correcta para acreditar la operación. Aunque algunos asesores recomiendan además fijar un tipo de interés de mercado para evitar que Hacienda considere que el préstamo sin interés esconde una donación del coste del dinero, lo cierto es que con el modelo 600 bien presentado, el riesgo se reduce al mínimo.

Lo sensato es hacer el contrato y el modelo 600 antes de que Hacienda llame a la puerta, porque cuando eso ocurre ya es tarde para enmendar el error sin coste.

Guía rápida del trámite

  • 📅 Plazos: El receptor del préstamo dispone de 30 días hábiles desde la recepción del dinero para presentar el modelo 600.
  • Requisitos clave: Contrato de préstamo firmado por ambas partes (importe, plazo, finalidad). Transferencia bancaria directa. Presentación del modelo 600.
  • 🌐 Dónde solicitarlo: El modelo 600 se presenta en la comunidad autónoma de residencia del prestatario, normalmente en la consejería de Hacienda o a través de su sede electrónica. No requiere Cl@ve para la presentación, pero sí identificación.
  • 💰 Importe o coste: El trámite no tiene coste, pero el impuesto de donación evitado puede alcanzar del 7% al 34% del importe prestado, más multas.
  • ⚠️ Error a evitar: Olvidar presentar el modelo 600 dentro de los 30 días hábiles. Ese plazo es el talón de Aquiles de la operación.

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