Autónomos: el límite de rentas del subsidio del SEPE sube a 915,75 €/mes en 2026

El SEPE actualiza el umbral de ingresos que un autónomo puede tener sin perder la prestación por cese de actividad. Ahora el tope mensual está en 915,75 euros, equivalente al 75 % del salario mínimo. Superarlo puede costarte el subsidio, así que atento si tienes ingresos extra.

santander autonomos

Si estás cobrando el paro de los autónomos o el subsidio por desempleo, atento. El SEPE ha elevado el límite de rentas que puedes tener sin perder la prestación a 915,75 euros al mes en 2026. Superar esa cifra te puede costar la ayuda. Vamos al grano.

De 850 a 915,75 euros: el límite que marca la diferencia

La actualización anual del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) arrastra consigo el tope de ingresos para el subsidio por desempleo, incluido el que perciben los autónomos cuando han agotado la prestación contributiva por cese de actividad. El nuevo umbral equivale al 75 % del SMI y, con la subida aprobada para 2026, pasa de unos 850 euros mensuales a los actuales 915,75 euros. Según consta en la página del SEPE, el cambio se aplica ya a todos los perceptores.

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En la práctica, eso significa que si un autónomo que cobra el subsidio tiene ingresos netos mensuales superiores a esa cantidad, la ayuda se extingue. No se reduce parcialmente: se pierde por completo y hay que devolver lo cobrado indebidamente. El control es trimestral, pero el SEPE cruza datos con Hacienda y con la Seguridad Social, así que más vale llevarlo al día.

Salario, alquileres, ventas… qué cuenta como renta y qué no

No solo cuenta lo que facturas como autónomo. El SEPE computa la práctica totalidad de los rendimientos netos: nóminas de un trabajo por cuenta ajena, beneficios de actividades profesionales, alquileres, ganancias patrimoniales (venta de acciones o similares) e incluso pensiones compensatorias. Se suman todos, se dividen entre los meses del periodo y si el promedio supera los 915,75 euros, la prestación se corta.

Quedan fuera las prestaciones familiares, las becas de estudios no laborales y, en algunos casos, las indemnizaciones por despido que no estén en pago único. Pero ojo: un pequeño trabajo esporádico que apenas te dé 200 euros al mes suma, y puede ser lo que te haga saltar el límite.

El error más frecuente es pensar que solo cuentan los ingresos laborales: cualquier renta computa, incluso la de un familiar que conviva contigo si tienes responsabilidades familiares.

El despiste que te deja sin subsidio y con deuda

Muchos autónomos pierden la ayuda por no comunicar un cambio en sus ingresos a tiempo. El plazo para informar al SEPE es de 15 días hábiles desde que se produce la variación. Si te retrasas, puedes verte obligado a devolver lo cobrado de más y, en casos graves, te pueden sancionar por infracción leve (hasta 225 euros) o grave.

Otro clásico: creer que los ingresos no cotizados en el RETA no cuentan. Da igual si los percibes en negro o sin emitir factura: si Hacienda los detecta, el SEPE te reclamará el subsidio. Y con la facturación electrónica y Verifactu, cada vez es más difícil esconder un ingreso. La recomendación de los gestores es llevar un control mensual de todos los ingresos, no solo los laborales, y compararlos con el límite.

También conviene revisar si la prestación que estás recibiendo es realmente un subsidio o una prestación contributiva. En el caso del cese de actividad (el paro de los autónomos), la modalidad contributiva no tiene un límite de rentas como tal, pero sí la obligación de cesar totalmente la actividad. Sin embargo, la reforma que entró en vigor en 2024 unificó criterios y en muchos supuestos se aplica el mismo tope de ingresos.

Un colchón necesario, pero con la letra pequeña de siempre

La subida del límite de rentas es una buena noticia para los autónomos que compatibilizan una pequeña actividad con el subsidio. En 2025, con el SMI pisándole los talones, el margen era mínimo y muchos se veían obligados a elegir entre trabajar unas horas o perder la ayuda. Ahora, los 915,75 euros dan un respiro: permiten, por ejemplo, aceptar un contrato a tiempo parcial de 800 euros sin peligro.

Con todo, los colectivos de autónomos llevan años reclamando que el subsidio por cese de actividad tenga reglas propias, adaptadas a la irregularidad de los ingresos de un negocio. El sistema actual, heredado del subsidio por desempleo de los asalariados, no casa bien con la realidad de quien un mes factura 200 euros y al siguiente 1.500. El nuevo real decreto de protección social del autónomo, aún en trámite, apunta a revisar estos límites vinculados a la unidad familiar, pero de momento nos quedamos con la subida del 75 % del SMI.

Guía rápida del subsidio

  • 📅 Plazos: El nuevo límite de 915,75 €/mes está vigente desde enero de 2026. No hay fecha de fin; se actualiza anualmente con el SMI.
  • Requisitos clave: Estar percibiendo el subsidio por desempleo (o cese de actividad en su modalidad subsidiada) y que la suma de tus rentas netas mensuales no supere los 915,75 €.
  • 🌐 Dónde solicitarlo: La prestación se pide en el SEPE con cita previa o telemáticamente mediante Cl@ve o certificado digital. La comunicación de cambios de rentas se hace en la misma sede electrónica.
  • 💰 Importe o coste: La cuantía del subsidio ronda los 480 €/mes (80 % del IPREM). No tiene coste de tramitación.
  • ⚠️ Error a evitar: No comunicar un aumento de ingresos en los 15 días siguientes. El SEPE lo detecta cruzando datos y te exigirá la devolución.

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