¿A partir de qué importe es obligatorio amortizar? El límite de 300 euros que Hacienda exige

Los autónomos pueden deducir íntegramente bienes nuevos de hasta 300 euros por unidad, con un tope anual de 25.000 euros. Si el bien cuesta más y su vida útil supera un año, la normativa obliga a repartir el gasto mediante amortización lineal aplicando los coeficientes oficiales

La Agencia Tributaria fija en 300 euros el umbral que convierte un gasto en inversión: si el bien dura más de un año y supera esa cifra, toca amortizarlo. Pero también ofrece una vía rápida para los bienes de escaso valor: puedes deducir su importe íntegro en el mismo ejercicio, siempre que sean nuevos y no rebases los 25.000 euros al año.

El criterio de los 300 euros: gasto corriente o inversión

La amortización no es otra cosa que repartir el coste de un bien durante su vida útil. Hacienda la exige para todos aquellos elementos que formen parte del inmovilizado de tu negocio: ordenadores, maquinaria, vehículos, mobiliario o herramientas que vayan a utilizarse más de doce meses. La diferencia con un gasto corriente (como los folios o la mensajería) es que no se consume de inmediato, sino que se deprecia poco a poco.

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El límite de los 300 euros por unidad marca la frontera práctica. Los bienes nuevos de inmovilizado material cuyo precio unitario no exceda esa cantidad pueden acogerse a la libertad de amortización, lo que equivale a deducir el 100 % en el mismo período impositivo. Así lo recoge la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y la Agencia Tributaria traslada el mismo criterio al IRPF en estimación directa.

Eso sí, la excepción tiene letra pequeña. El bien tiene que ser nuevo, estar afecto de forma exclusiva a la actividad y no superar, junto al resto de elementos acogidos a este régimen, un importe conjunto de 25.000 euros al año. Si compras diez sillas de 250 euros cada una, todas pueden amortizarse de golpe porque el límite de 300 euros se mira por unidad, no por factura. Pero si ese mismo año adquieres otros elementos que sumen más de 25.000, el exceso ya tendrá que seguir el método lineal de las tablas oficiales.

El umbral de 300 euros es por pieza, no por pedido; si lo superas, la deducción completa se acaba y empieza la amortización forzosa.

Tablas de amortización: los porcentajes que aprueba Hacienda

Cuando el bien cuesta más de 300 euros y tiene una vida útil larga, el autónomo está obligado a aplicar las tablas de amortización oficiales. La Agencia Tributaria publica un cuadro de coeficientes lineales máximos y periodos para cada tipo de activo, que se usa tanto en el Impuesto sobre Sociedades como en el IRPF de estimación directa.

Un ejemplo claro: un ordenador de 1.000 euros. Se encuadra dentro de los ‘equipos para el tratamiento de la información’, con un coeficiente máximo del 26 %. Eso te permite deducir 260 euros cada año durante, como mínimo, cuatro ejercicios, hasta completar los 1.000. Un vehículo de empresa puede amortizarse al 16 % anual (15.000 euros darían 2.400 euros al año), mientras que el mobiliario de oficina se mueve en torno al 10 %.

La amortización empieza desde el momento en que el bien está en condiciones de funcionar, no desde que recibes la factura. Si compras una máquina en noviembre y la pones en marcha en diciembre, solo podrás amortizar la parte proporcional de ese mes. Y, salvo casos muy concretos de incentivos fiscales, no se permite deducir el importe total de golpe cuando el bien supera los 300 euros. La depreciación debe ser real y justificarla no es optativo.

amortización autónomos

La doctrina de Hacienda y los tribunales: no todo vale

La Agencia Tributaria insiste en que la amortización tiene que responder a una depreciación efectiva y estar vinculada al funcionamiento del negocio. En comprobaciones recientes, los inspectores han rechazado deducciones íntegras de equipos informáticos cuando el autónomo no demostraba un uso exclusivo para la actividad o confundía un gasto corriente con una inversión. La jurisprudencia del Tribunal Supremo recuerda que el contribuyente debe acreditar el nexo entre el bien y los ingresos, sin dar por supuesto que todo elemento fijo genera gasto fiscal automático.

Por eso, la clave no está solo en el importe del bien, sino en cómo se usa en el día a día. Un portátil de 500 euros que empleas tanto para facturar como para ocio personal exigirá que solo amortices la parte proporcional afecta al negocio. Y si algún ejercicio dejas de usar el equipo, la amortización debe interrumpirse. Son detalles que, sin un registro contable ordenado, acaban en regularización y recargo.

Guía rápida del trámite

  • 📅 Plazos: La amortización se aplica en cada declaración del IRPF (modelo 100) correspondiente al ejercicio, desde la fecha de puesta en funcionamiento del bien.
  • Requisitos clave: El bien debe estar afecto a la actividad, tener una vida útil superior a un año y un coste unitario superior a 300 euros (salvo que se acoja a la libertad de amortización). Es necesario contar con factura y registro contable.
  • 🌐 Dónde solicitarlo: No se pide en un trámite independiente; se incorpora como gasto deducible en la casilla correspondiente del modelo 100 (estimación directa). Para consultar las tablas oficiales, se puede acceder a la sede electrónica de la AEAT.
  • 💰 Importe o coste: El gasto fiscal anual se calcula según el porcentaje máximo de amortización (26 % para equipos informáticos, 16 % para vehículos, 10 % para mobiliario, etc.). Para bienes nuevos de hasta 300 euros por unidad es posible la deducción íntegra, con un límite conjunto de 25.000 euros al año.
  • ⚠️ Error a evitar: Deducir de golpe bienes que superan los 300 euros sin aplicar las tablas de amortización, o empezar a amortizar antes de la puesta en funcionamiento. También es frecuente no separar la parte de uso personal del bien y atribuir todo el gasto a la actividad.

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